Derecho De Familia
Domenech9 de Septiembre de 2014
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DERECHO DE FAMILIA
Antes de analizar el tema del derecho familiar, es necesario hacer lo propio con el objeto de conocimiento llamado “familia”, porque el derecho familiar gira única y exclusivamente en torno a la protección, tutela, subsistencia, estabilidad y conformación de aquella. Dicho de otra manera, la familia es la razón de ser y el motivo para el cual ha sido creado el conjunto de figuras e instituciones jurídicas que conforman el derecho familiar en cuanto rama del derecho positivo.
La familia es el grupo social primario sobre el que descansa la organización social,
está conformada por un conjunto de las personas que se vinculan y enlazan en razón de la existencia de diversos tipos de relaciones, ya sea de naturaleza conyugal, de parentesco, u otras, como la adopción; ello con el objeto de conservar y transmitir a las generaciones venideras sus principios, valores, usos,
costumbres, religión, educación, cultura, lenguaje, escritura, etcétera, generando con esto la conformación de una sociedad sólida que es común a sus integrantes.
El concepto biológico de familia dice:
“(*) es la que se forma por la unión sexual de la pareja compuesta por un hombre y una mejor a través de la procreación, generando lazos de sangre; por lo tanto,
deberá entenderse como el grupo constituido por la pareja primitiva y sus descendientes, sin limitación alguna.”
La familia es el lugar por excelencia, el más propicio e irreemplazable para el reconocimiento y el desarrollo del ser personal en su camino hacia la plena dignidad. En ella da los primeros pasos del desarrollo humano. En ella se forja no
sólo en un útero materno, sino también, como indica Santo Tomás, como en un « útero espiritual ».18 En ese ámbito familiar y formativo es donde se inicia el
1
BAQUEIRO ROJAS, Edgar y Rosalía Buenrostro Báez; Derecho de Familia; Oxford; México; 2005; p. 5. proceso de la educación y la promoción del ser humano. El sujeto que no recibe
esta primera promoción familiar queda muy debilitado para lograr la plenitud de lo humano a la que está llamado por su condición de persona. « ¡El futuro de la humanidad se fragua en la familia!». Es por tanto en el tratamiento que los pueblos
dan a la familia, en el reconocimiento de su valor fundamental e insustituible o por
el contrario, en las formas variadas de descuido o de hostilidad y acoso que
dificultan su misión, donde se fragua el futuro de la humanidad.2
Otro concepto de familia es el sociológico que se divide en dos: en el de familia
mono parental y el de familia reconstituida. La primera es la compuesta
únicamente por uno de los padres (padre o madre) y sus hijos, como es el caso de
las madres o padres solteros, de los divorciados o viudos cuando no contraen
nupcias o se unen en concubinato. La segunda, es el resultado de la unión
(matrimonio y concubinato) de parejas en las que uno o ambos miembros, con
anterioridad ya habían formado familia; un ejemplo: es la familia compuesta de
padre y madre con hijos ya nacidos de uno y otro en virtud de otra unión.
3. Partes en que se divide.
El Derecho Familiar gira en relación a varias figuras jurídicas que constituyen su
objeto de estudio y contenido, entre ellas las siguientes:
I. Matrimonio. Requisitos para contraerlo; esponsales; derechos y
obligaciones que nacen del matrimonio; el matrimonio en relación con los bienes;
la sociedad conyugal; separación de bienes; donaciones antenupciales;
donaciones entre consortes; matrimonios lícito y nulos.
II. El divorcio.
III. El concubinato.
IV. El parentesco.
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