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Derecho De Familia


Enviado por   •  4 de Octubre de 2014  •  1.205 Palabras (5 Páginas)  •  192 Visitas

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TEMA 1._ EL DERECHO DE FAMILIA.

CONCEPTO

Es el conjunto de normas que regulan las relaciones personales y patrimoniales dentro de la familia, en concordancia con los diversos deberes y derechos que deben existir en la misma, para una convivencia en armonía tanto interna como con el Estado, es decir, conjuntos de normas que regulan las relaciones, deberes y derechos de los miembros de una familia entre éstas y la sociedad.

El jurista Francisco López Herrera define al Derecho de Familia en su forma más restringida como:

“el conjunto de principios jurídicos y de normas legales concernientes a los estados familiares y a las relaciones personales y patrimoniales que derivan de ellos” o dicho de otra forma; “al conjunto de normas o reglas jurídicas tanto de índole personal como de orden patrimonial, relativas al matrimonio y al parentesco (particularmente la filiación)

CARATERES

a. Discusión sobre su naturaleza. ¿Derecho Público o Derecho Privado?: rama del Derecho Civil y por ende, perteneciente al Derecho Privado.

b. Influencia de reglas morales y principios religiosos: la familia no es creación del Estado sino un organismo social anterior a éste, por lo que en sus inicios su base se hayo en la religión y la moral; de aquí el hecho de que lo relativo a sanciones no tenga el mismo rigor en el Derecho de Familia como en otras ramas del Derecho Civil. Por ejemplo se cita el art 53 del C.C. el cual se apoya en el art 65 del C.C, que de no cumplirse se “sanciona” con el ord 1 del art 131 del C.C, que como tal es una multa mas no una sanción.

c. Las normas del Derecho de Familia son generalmente de orden público: las normas legales del Derecho de Familia en principio son de carácter imperativo y prohibitivo y constituyen normas de orden público, exceptuando algunas reglas supletorias que le otorgan autonomía a las partes interesadas. La Ley casi exclusivamente regula el contenido y los efectos de las relaciones jurídicas de carácter familiar. (Adopciones)

d. Naturaleza especial de los derechos subjetivos que consagra el Derecho de Familias: es decir, en Derecho de Familias, los derechos subjetivos no están principalmente dirigidos a la satisfacción de los intereses particulares de su titular, sino que están orientados a la protección de los intereses superiores de la familia, configurándose una especie de poder y no un derecho subjetivo. ( El poder de corrección que tienen los padres sobre los hijos)

e. Primacía de las relaciones personales sobre las patrimoniales: subordinación de lo patrimonial a lo personal, esto se justifica debido a que las relaciones jurídicas de carácter económico están concebidas únicamente como elementos accesorios de las relaciones personales de las cuales derivan (el objeto de las relaciones patrimoniales, constituyen en hacer más efectivas las relaciones personales.

f. Imposibilidad de adicionar modalidades a los negocios jurídicos familiares: no es permisible en el Derecho de Familia la modalidad del sometimiento a condición o termino, la voluntad de las partes en la formación de relaciones jurídicas de carácter familiar, debe de ser perfecta y completa en sí misma.

g. Restricciones al ejercicio de la representación: la representación propia y verdadera (sustitución de la voluntad del interesado por la voluntad de un tercero) no es admitida en la formación de relaciones jurídicas familiares, salvo algunos casos excepcionalísimos (el representante del entredicho puede suscribir contratos en nombre de este; más no podría reconocer a sus hijos o contraer matrimonio por él. Por su parte, la representación impropia (simple voluntad de la trasmisión de la voluntad del interesado), es admitida en algunos casos (matrimonio por poder).

h. Los Estados Familiares: son aquellos que determinan la condición y la situación de una persona en el grupo personal al que pertenece y conlleva a una serie de derechos y obligaciones que varían según los distintos tipos de estados y que se impone no solo a los miembros de cada familia, sino aun a los terceros.

UBICACIÓN

Si partimos del supuesto de que el objeto y la finalidad fundamentales del Derecho Público son la organización y protección directa del Estado y de sus órganos, se puede concluir que el Derecho de Familia no puede colocarse dentro del mismo, ya que su finalidad es la de regular, proteger y organizar a la familia, que no es un órgano del Estado;

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