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Derecho De Los Tratados


Enviado por   •  11 de Junio de 2013  •  677 Palabras (3 Páginas)  •  319 Visitas

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FORMAS EN QUE LOS ESTADOS PUEDEN MANIFESTAR EL CONSENTIMIENTO PARA LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LOS TRATADOS

Para que un tratado internacional tenga plena vigencia se requiere, normalmente, que las partes agoten una serie de etapas, y que cumplan con ciertas formalidades, las cuales serán diferentes dependiendo el tipo de tratado de que se trate: si es un tratado bilateral su elaboración será diferente al de un tratado de carácter multilateral. Estas etapas y formalidades son las siguientes: la negociación del tratado, la adopción del texto, y finalmente la manifestación del consentimiento en obligarse por un tratado.

La negociación del tratado se realiza por la vía diplomática, en una conferencia internacional (normalmente esta vía procede cuando se trata de la negociación de un tratado multilateral) o en una vía convenida por los representantes de los estados. Por supuesto, la expresión de la voluntad de un estado para obligarse en un tratado internacional sólo lo puede hacer la persona que lo represente, y esto mediante los plenos poderes.

La misma convención define qué son plenos poderes: un documento que emana de la autoridad competente de un estado y por el que se designa a una o varias personas para representar al estado en la negociación, la adopción o la autenticación del texto de un tratado, para expresar el consentimiento del estado en obligarse por un tratado, o para ejecutar cualquier otro acto con respecto a un tratado.

El tratado internacional está compuesto de un preámbulo, que en muchas ocasiones es una exposición de motivos; del clausulado, y al final el lugar y la fecha de su realización, elementos estos últimos muy significativos en los tratados internacionales, ya que muchas veces se les conoce por estos elementos, el idioma en que se redactan los tratados es por supuesto en el de los países partes.

La convención de Viena establece una diferencia entre la adopción del texto de un tratado y su autenticación. Ésta procede: mediante el procedimiento que prescriba en él o que convengan los estados que hayan participado en su elaboración; o a falta de tal procedimiento, mediante la firma, la firma ad referéndum o la rúbrica puesta por los representantes de esos estados en el texto del tratado o en el acta final de la conferencia en la que figure el texto.

En lo relativo a la manifestación del consentimiento en obligarse por un tratado, encontramos en la convención de Viena las siguientes formas:

La Firma: constituye un medio de expresión del consentimiento del estado en obligarse por el tratado cuando éste estipula que la firma tendrá dicho efecto; conste de otro modo que los estados negociadores han acordado que la firma tenga dicho efecto; la intención del estado de que se trate de dar dicho efecto a la firma se deduzca de los plenos poderes de su representante

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