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Derecho Vivil


Enviado por   •  11 de Febrero de 2015  •  1.037 Palabras (5 Páginas)  •  218 Visitas

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En al presente ensayo hablaremos de las Obligaciones civiles, según los tratadistas Claro Solar, Planiol, analizaremos, sobre las obligaciones desde un punto de vista analítico y críticas, así también analizaremos sobre Los contratos nominados que de donación, los contratos de arrendamiento o los contratos de depósito.Mientras tanto, los contratos innominados están delimitados por su fundamento de no estar incluidos en el Código Civil. Además, este tipo de contrato se caracteriza por su atipicidad, al no poseer elementos que lo regulan para su creación. En cambio, su forma no debe alejarse de los diversos puntos que determinan su existencia, así como la consideración de que estos contratos sean válidos a todos los efectos. Derecho de obligaciones es una rama del Derecho civil que, dentro del Derecho patrimonial, se centra en el estudio de la obligación jurídica. Hacen referencia a todos los contratos que aparecen en el Código Civil con su correspondiente nombre que les denomina.

Claro Solar, define a la obligación como: Un vínculo jurídico en virtud del cual una persona se encuentra en la necesidad de procurar a otra persona el beneficio de un hecho o de una abstención determinada y susceptible generalmente de estimación pecuniaria. La obligación es un vínculo jurídico entre personas determinadas, en cuya virtud una se encuentra para con la otra en la necesidad de dar, hacer o no hacer una cosa.

A su vez. Planiol, refiriéndose a la obligación señala que: es un vínculo jurídico entre dos o más personas determinadas, por el cual una de ellas, el acreedor, tiene la facultad de exigir algo de otra, llamada deudor.

Nuestro Código Civil, no define lo que entiende por obligación, sólo precisa sus elementos esenciales.

La obligación, como tenemos dicho, es un vínculo de derecho que supone dos sujetos y un objeto: Un sujeto activo investido de la facultad de exigir una prestación; Un sujeto pasivo puesto en la necesidad de ejecutarla; y. Un objeto debido tanto que el acreedor. Es el primer elemento subjetivo, es el sujeto activo de la obligación Con respecto al acreedor, la obligación constituye una ventaja, un derecho, un crédito que aumenta su patrimonio en cuyo activo figura y recibe el nombre de crédito y obligación activa; bajo este aspecto es definida en el Código Civil. La palabra acreedor viene del latín “creditor” que significa “el que presta fe” porque realmente el acreedor presta fe a su deudor, tiene confianza de que cumplirá con su compromiso. El deudor. El segundo elemento subjetivo de la obligación es el deudor.

Entre las fuentes de las obligaciones extracontractuales se consideran las siguientes:

Los delitos: el hecho en virtud del que una persona, por dolo o malicia causa daño a alguna otra.

Los cuasidelitos: es el hecho en virtud del que una persona sin malicia pero por una imprudencia que no es excusable, causa algún daño a otra. Los cuasicontratos: el código civil define como cuasicontrato los hechos lícitos y puramente voluntarios, de los que resulta obligado su autor con un tercero y a veces una obligación recíproca entre los interesados.

La mora es el retraso culpable o deliberado

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