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Derecho civil. Las Contrataciones públicas


Enviado por   •  29 de Marzo de 2022  •  Exámen  •  2.940 Palabras (12 Páginas)  •  67 Visitas

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA

VICERRECTORADO ACADÉMICO

DECANATO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS

ESCUELA DE DERECHO

SAN JOAQUÍN DE TURMERO - ESTADO ARAGUA

Derecho Público I

Informe

Profesora: Lucrezia  D'Alesio         

                                                                                        Autor(a): Zaitmar Aguirre

C.I. 28.045.742

San Joaquín de Turmero, octubre, 2021

Introducción

La contratación pública, tiene lugar cuando las entidades públicas contratan con personas jurídicas o naturales del sector público o privado, para cumplir con algunas de sus obligaciones. Generalmente se ha asociado a la prestación de servicios públicos, a la construcción de obras, etc.

Este informe tiene como objetivo conocer las contrataciones públicas, la   centralización y  descentralización, Los órganos del poder público, y formas de organización estatal.  

La contratación pública es importante ya que, busca proteger  los bienes y servicios del estado para poder cumplir sus funciones de manera eficiente. El derecho administrativo asegura un régimen adecuado para la celebración y ejecución de estos contratos.


 Las Contrataciones públicas:

Es el proceso por el cual  un ente público contrata  a  personas con  independencia  en el ámbito físico o jurídico para poder llevar acabo  la realización de una obra, la presentación de un servicio, la provisión de un bien con el fin de garantizar un bienestar público.

Principios de las contrataciones públicas:

Se encuentran sujetos  a los cumplimientos  de los principios jurídicos  más importantes, son:

  • La planificación.
  • La economía
  • La honestidad
  • La eficiencia
  • La igualdad de trato
  • La competencia
  • La trasparencia
  • La publicidad
  • Simplificación de trámites
  • La   participación popular
  • El principio de uso de medios electrónicos

Estos principios no son  solamente  referencias o  enunciados de carácter  obligatorio, incorporan el orden jurídico  de las contrataciones públicas, se encargan  de sus  interpretaciones y aplicaciones prácticas, por esa razón es importante su aplicación  en todo momento.

Tipos de contratos:

Podemos encontrar  diferentes tipos de contratos  donde se ordenan todas las licitaciones son:

  • Contractos de obras
  • Contratos de Suministro.
  • Contrato de Servicios.
  • Contrato de gestión de servicios públicos.
  • Contrato de concesión de obras públicas.
  • Contrato de colaboración entre el Sector Público y Privado.
  • Contactos mixtos.

Procedimientos de las contrataciones:

Los contractos deben estar publicados usando  un tipo de  procedimiento, que condicione la presentación de proposiciones por parte de los empresarios. Se clasifican  en los siguientes tipos:

  • Abierto: Cada uno de los empresarios que se encuentren interesados podrán presentar  una proposición,  estando excluidas todas las negociaciones   de los términos  de los contractos  con los licitadores.
  • Restringidos: Los empresarios son los únicos que presentaran propensiones.  Estarán prohibidas todas las  negociaciones de los términos de los contratos con los solicitantes o candidatos.
  • Negociado: La adjudicación cae en el licitador a causa del órgano de contrataciones  luego de  negociar las condiciones de los contratos con  varios candidatos.

Centralización:

 La administración pública central está conformada por órganos superiores que es:

  • El Presidente o Presidenta de la República: Que tiene nombre de  jefe de estado y jefe del ejecutivo nacional, tiene la obligación de llevar la acción de gobierno así como la administración pública nacional. Para  poder conseguirlo  requiere  de la  ayuda del vicepresidente.
  • Vicepresidente Ejecutivo o la Vice Presidenta Ejecutiva: Es el órgano constitucional del poder ejecutivo nacional, nombrado por el presidente de la república, sus funciones son:

 

  1.  Cooperar con el jefe de gobierno en actos de interés del  país, en caso de ser necesario, debe asumir el cargo de presidente de la República en casos previstos por la ley. Es el órgano que dirige al consejo de estado y al consejo federal de gobierno.
  • El Consejo de Ministros: Está  constituida por todos los ministros del estado, es organizada por el presidente de la república. Su  servicio más importante, es La aprobación de las políticas públicas que sean competencia del Poder Ejecutivo.
  • Los ministerios: Son órganos  directos del ejecutivo nacional,  y cada uno de los ministros  tiene a su mando un despacho determinado. Sus  funciones son formular, adoptar, seguir y evaluar las políticas y proyectos que tienen bajo su mando. Los ministerios  está al mando  de un funcionario llamado ministro,  y las competencias que tienen a su mando están en los respectivos reglamentos orgánicos.

  • Los viceministros: Está al mando  de poder público designado por el presidente de la república en los  respectivos ministerios, que reemplaza al ministro en su ausencia   realizan otros atributos que la ley le concede.

Descentralizada:

Son funciones del estado que se realizan por varios órganos con competencias determinadas. La  descentralización no es otra cosa que un descongestionamiento de los órganos del Estado, Se conforma cuando el estado otorga a otros organismos de la administración pública competencia para comprender y dar solución a los asuntos propios de dicho ente.

La descentralización gubernamental: Es la que necesita la presencia de órganos descentralizados que se ocupa de ejecutar,  dichos órganos que  deben responder a un órgano centralizado, en cambio en la legislación venezolana   se conciben los órganos que funcionan de manera descentralizada, tienen una manera determinada en la ley para su constitución ,estor órganos son:

  • Institutos autónomos
  • Las empresas del estado
  • Funciones del estado
  • Asociaciones y sociedades civiles del estado

Órganos del Poder Público:

 Se distribuye en cinco poderes que son:

El poder ejecutivo: Lo ejecuta el presidente de la república  y un vicepresidente ejecutivo y los ministros sus atributos son:

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