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Derecho y Estado


Enviado por   •  21 de Noviembre de 2019  •  Apuntes  •  2.868 Palabras (12 Páginas)  •  89 Visitas

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ESTADO --> Elementos esenciales --> población, territorio y poder (político, temporal y soberano).

Poder ejecutivo -->  lo ostentan todas las Administraciones territoriales del Estado.

  • Estatal: Gobierno de la Nación (elabora Presupuestos del Estado, ejerce función ejecutiva y potestad reglamentaria) y Administración Central (instrumento de gestión).
  • Autonómico: Gobierno de la CA, Administración Autonómica (instrumento de gestión).
  • Local: Provincias: Diputaciones provinciales; Municipios: Ayuntamientos. Administración provincial y municipal.

Las Diputaciones están integradas por Presidente, Vicepresidente, Pleno, Junta de Gobierno Local y Diputados Provinciales.

Poder legislativo -->

  • Estatal: Congreso Diputados y Senado (potestad legislativa del Estado, aprueban Presupuestos del Estado, controlan la acción del Gobierno)
  • Autonómico: Asamblea Legislativa
  • Local: (poder reglamentario) Pleno de la Diputación Provincial y del Ayuntamiento.

Poder judicial -->

  • Jueces y Magistrados. Consejo General del Poder Judicial.
  • Sometidos únicamente al imperio de la Constitución y la Ley, pero no al resto del ordenamiento jurídico.

POTESTAD REGLAMENTARIA

  • Administración del Estado: reside en el Gobierno originariamente y derivadamente en Ministros y otros.
  • Administración Autonómica: recae sobre el ejecutivo.
  • Administración Local:
  • Pleno del Ayuntamiento: Aprobación del Reglamento Orgánico y Ordenanzas.
  • Pleno de la Diputación: Aprobación de Ordenanzas.

El control de la actividad administrativa se encomienda a las Cortes y al Poder Judicial.

La potestad reglamentaria de las Diputaciones Provinciales se lleva a cabo a través de ordenanzas. --> normas jurídicas propias de Ayuntamientos y Diputaciones Provinciales.

Rey --> El refrendo de sus actos corresponde al Presidente, (Vicepresidente) y a los Ministros.

Administración --> sometida a la ley, al Derecho y al control de los órganos jurisdiccionales.

Se estructura en unidades administrativas (órganos): hay que delimitar sus funciones, competencias, forma de integración en la Administración Pública, de que trata, su dependencia jerárquica y dotarla de créditos necesarios para su funcionamiento.

En el orden externo, la Administración está limitada por condicionamientos derivados

  • del principio de legalidad y
  • de la distribución competencial.

En el orden interno, los órganos administrativos se crean, modifican o suprimen según la ley.

Para garantizar la objetividad de la Administración Pública, se establece un doble mecanismo:

  • Abstención: el propio órgano toma la decisión de apartarse.
  • Recusación: el interesado le dice que se abstenga de resolver.

En el caso de la recusación:

  • se planteará por escrito en el que se expresarán las causas en que se funda y en el día siguiente el recusado manifestará a su inmediato superior si se da o no en él la causa alegada.
  • si el recusado niega la causa de recusación, el superior resolverá en el plazo de tres días, previos los informes y comprobaciones que considere oportunos y contra las resoluciones adoptadas en esta materia no cabrá recurso, sin perjuicio de la posibilidad de alegar la recusación al interponer el recurso que proceda contra el acto que termine el procedimiento.

Frente a las resoluciones que adopte el superior jerárquico en materia de recusación no cabe directamente ningún recurso.

La responsabilidad patrimonial de la Administración

  • es subjetiva,
  • el daño ha de ser efectivo o posible
  • la relación entre el daño y el funcionamiento del servicio público se denomina relación de causalidad

Los daños que se produzcan como consecuencia de un anormal funcionamiento de la Administración de Justicia se regulan en LOPJ (Ley Orgánica del Poder Judicial)

DERECHO ADMINISTRATIVO

Forma parte del Derecho Público: es el Derecho de las Administraciones Públicas.

Contenido:

  1. La organización administrativa
  2. Las relaciones entre los entes públicos
  3. Las relaciones entre Administraciones Públicas y terceros.

No es igualitario.

Su ámbito es interno

Consagra privilegios para la Administración

Es una garantía para el ciudadano (orden jurisdiccional contencioso-administrativo)

Posee una fuente propia: Reglamentos.

Contenido contingente y variable.

Frente a la resolución de un recurso de reposición cabe recurso contencioso-administrativo.

- Jurisdicción Contencioso-administrativo:

  • integrado por el Poder Judicial,
  • la Constitución le encomienda el control jurisdiccional
  • de la potestad de dictar actos por parte de la Administración Pública
  • de la potestad reglamentaria del Gobierno.

Fuentes ordenamiento jurídico español: ley, costumbre, principios generales del derecho.

Valores superiores del ordenamiento jurídico: libertad, justicia, igualdad, pluralismo político.

Fuentes complementarias: costumbre y principios generales del derecho.

Fuentes aclaratorias: jurisprudencia y doctrina científica.

La jurisprudencia del Tribunal Supremo está formada por la doctrina establecida de modo reiterado por este órgano judicial.

DERECHO COMUNITARIO

  • Es directamente aplicable
  • Los jueces y tribunales han de aplicar sus disposiciones
  • Estado responsable de daños originados por infracciones del D. Comunitario.

  • Es reclamable por toda persona.
  • Goza de primacía sobre normas nacionales.
  • Goza de autonomía institucional y de procedimiento.
  • Posee su propio sistema de fuentes.

DERECHO ORIGINARIO

TFUE: nos dice los órganos que son capaces de dictar normas.

DERECHO DERIVADO:

reglamentos (aplicación directa, eficacia general)

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