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Derecho y cambio social


Enviado por   •  30 de Junio de 2021  •  Ensayos  •  1.306 Palabras (6 Páginas)  •  273 Visitas

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DERECHO Y CAMBIO SOCIAL

El derecho se convierte en factor del cambio social, en la medida que se regulen jurídicamente los valores que hay en la sociedad, se puede decir que el derecho es ya un factor de cambio social cualitativo, es decir, se explica algo que ya estaba en la sociedad sin estar normado, ésta se regula mediante las normas jurídicas, se convierte en legal lo que primigeniamente era puramente social.

En la afirmación de Rueda Romero, P. El derecho constituye un instrumento eficaz del cambio social, en un sentido amplio, dos serían las líneas fundamentales de una construcción alternativa del derecho: la socialización de la propiedad y del poder. De ellas a su vez, se desprenden múltiples articulaciones y alternativas que serán precisos estudiar sucesivamente, (Sociología del Derecho, p.191)

Luego de haber tomado como referencia las afirmaciones del referido autor, sobre el derecho y cambio social; cabe formularse una interrogante: ¿QUÉ ES EL CAMBIO SOCIAL? En efecto, la respuesta objetiva viene a ser: El cambio es una característica de la sociedad humana, el cambio social es una modificación irreversible en los modos de conducta social. El cambio social esta enraizado en los esfuerzos conscientes de las personas para resolver problemas mutuos a través de acciones colectivas.

CAUSAS DEL CABIO SOCIAL. Las causas del cambio social son los factores o fuerzas que actúan sobre el modelo estructural, modificándola, y son:

  1. Las Causas Inmediatas, pueden ser diversas según las características de la sociedad. Pueden ser las que tienen su origen fuera de la estructura social. Ejemplo: La irrupción de las formas de vida occidental y el cambio social que ello generó. La capacidad que tiene una sociedad para crear dentro de su propia estructura, los mecanismos que recojan y canalicen las fuerzas que aspiran a efectuar transformaciones en la vida social.
  2. La Causa Mediata, fundamental de los cambios se encuentran en la rigidez del sistema de sociabilidad. El cambio es generado por la rigidez o incapacidad de la estructura social vigente para satisfacer las necesidades sociales e incorporar al sistema las fuerzas que los hechos sociales ha creado, ya sea como resultado de realidades propias o como consecuencia de nuevos hechos.

Tipos de Cambio Legal: El cambio legal se divide en tres tipos generales:

  1. Cambio Legal Formal e Interno. Se origina en el ordenamiento jurídico y su efecto se confirma al cambio legal.
  2. Cambio Legal como resultado de presiones externas. Resulta de presiones y fuerzas externas, pero acaba en cambio puramente interno.
  3. Cambio Legal que conduce a un cambio social. Un tercer cambio existe cuando un cambio interno conduce a un cambio externo, esto es, cuando el derecho se convierte en agente de un cambio externo. El derecho como agente de cambio social.

El Cambio Social Incremental, gradual y progresivo. El cambio social incremental, esto es, gradual y progresivo, puede no ser la manera preferida de cambio social; sin embargo, es la forma normal que ocurre por las siguientes razones:

  1. En muchas razones de cambio social las personas están insatisfechas con el presente, pero indecisas o encapaces de alcanzar un consenso acerca de las precisas condiciones sociales futuras que desean crear o de cómo lograrlas
  2. Las personas con capacidades limitadas para hacer frente a posibles alternativas de acción.
  3. La mayoría de las condiciones sociales en las cuales el cambio tiene lugar son complejas
  4. Las estructuras sociales son durables, tienen una porfiada persistencia enraizada en modelos habituales de interacción de las personas.
  5. El cambio social no es siempre un movimiento positivo hacia una meta deseada. Es también un movimiento negativo que se aleja de males no deseables.

El objeto del conocimiento del derecho, puede ser el derecho justo o ideal, o la norma jurídica positiva tal cual ha sido establecida por el legislador, o bien la conducta del hombre que cumple o infringe la norma. Sin duda que cada uno de estos objetos sólo representan una parte de la realidad total, que es el derecho, cuyo ser se desarrolla en la experiencia vital de una sociedad y que es a la vez, valor, norma y conducta jurídica.

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