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Diagnóstico situacional del estado mayor general y la viabilidad de su implementación en la estructura orgánica de las unidades policiales

JOSE ANTONIO LOA CARUAJULCATesis15 de Julio de 2023

2.406 Palabras (10 Páginas)158 Visitas

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POLICIA NACIONAL DEL PERU

ESCUELA NACIONAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL POLICIAL

ESCPOGRA                                                                                    DIPCOEM                                            

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TRABAJO ACADÉMICO GRUPAL

TEMA        :        “DIAGNÓSTICO SITUACIONAL DEL ESTADO MAYOR GENERAL Y LA VIABILIDAD DE SU IMPLEMENTACIÓN EN LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LAS UNIDADES POLICIALES”

CATEDRÁTICO              :        

ASIGNATURA        :        

AULA        :          

GRUPO        :        

GRADO, APELLIDOS Y NOMBRES

ELABORACIÓN

EXPOSICIÓN


INTRODUCCIÓN

        La Policía Nacional del Perú, según el Decreto Legislativo N° 1267 del 18DIC2016.- Ley de la PNP y su Reglamento aprobado por D.S. N° 026-2017-IN del 13OCT2017, es una institución del Estado con calidad de órgano ejecutor, que depende del Ministerio del Interior; con competencia administrativa y autonomía operativa para el ejercicio de la función policial en todo el territorio nacional, en el marco de lo previsto en el artículo 166º de la Constitución Política del Perú.

Es profesional, técnica, jerarquizada, no deliberante, disciplinada y subordinada al poder constitucional; y se debe al cumplimiento de la Ley, el Orden y la Seguridad

en toda la República. Participa en el sistema de defensa nacional y defensa civil; así como, coadyuva en el desarrollo económico y social del país

El Estado Mayor como parte integrante de la PNP, no existe como tal en los dispositivos legales antes mencionados, en su reemplazo se consigna al Comité de Asesoramiento, sin embargo, cabe precisar dos cosas, la primera es que, en la anterior Ley de la PNP (D. Leg. N° 1148 del 11DIC2012), se consignaba en el Art. 14 al EMG como parte integrante del Alto Mando, y la segunda es con relación a la precisión respecto a la denominación de los órganos de la PNP, a través de Art. 47, inciso 47.1 del D. Leg. 1451 del 15SET2018, que indica: “donde dice Comité de Asesoramiento, debe decir Estado Mayor General”, reponiendo los términos a su estado original.

El presente trabajo aplicativo grupal, ofrece un diagnóstico situacional del Estado Mayor General, analizando cada una de sus diferentes áreas, contrastándolas con la doctrina (Manual del Oficial de Estado Mayor), con la finalidad de evaluar su funcionalidad en el contexto real que atraviesa nuestra Institución Policial, y a la vez emitir una opinión respecto a la viabilidad de su implementación en las Direcciones y Unidades policiales que conforman nuestra Institución Policial.


CAPÍTULO I

MARCO TEÓRICO

  1. Marco doctrinario del Estado Mayor

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  1. Estructura del Estado Mayor en la Policía Nacional del Perú

Según el Decreto Legislativo N° 1267 del 18DIC2016.- Ley de la PNP, la Institución en su estructura orgánica no cuenta con Estado Mayor, sólo COAS:

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Según el Decreto Legislativo N° 1451 del 15SET2018, que fortalece el funcionamiento de las Entidades del Gobierno Nacional, del Gobierno Regional o del Gobierno Local, a través de precisiones de sus competencias, regulaciones y funciones, se consigna en su Art. 47, inciso 47.1 que los órganos integrantes del Alto Mando de la PNP, modificarán su denominación, en consecuencia: “donde dice Comité de Asesoramiento, debe decir Estado Mayor General”. Por consiguiente, el EMG-PNP, que actualmente cuenta con 39 efectivos (01 General, 12 Oficiales Superiores, 03 Oficiales Subalternos y 23 Suboficiales), asume las áreas que dependían del COAS, quedando definida su Estructura Orgánica de esta manera:

1)         Equipo de Asesoramiento en Gestión Administrativa

2)         Equipo de Asesoramiento en Planeamiento y Desarrollo Institucional

3)         Equipo de Asesoramiento en Orden Interno, Público y Seguridad Ciudadana

4)         Unidad de Asesoría Jurídica (UNIASJUR)

  1. Marco jurídico del Estado Mayor en la Policía Nacional del Perú
  • Decreto Legislativo N° 1267 del 18DIC2016.- Ley de la PNP.
  • Decreto Legislativo N° 1451 del 15SET2018.- que fortalece el funcionamiento de las Entidades del GN, GR y GL, a través de precisiones de sus competencias, regulaciones y funciones.
  • Decreto Supremo N° 026-2017-IN del 13OCT2017.- Reglamento de la Ley de la PNP.
  • Resolución Directoral N° 245-2013-DIRGEN/EMG del 28MAR2013. Manual del Oficial de Estado Mayor.

CAPÍTULO II

DIAGNÓSTICO SITUACIONAL

2.1        Uno de los principales factores que afecta la problemática del Estado Mayor en la PNP, es la permanente modificación de nuestra Legislación, pasando por el hecho de cambiar cada dos o tres años la Ley de la Policía Nacional del Perú, mediante leyes propiamente dichas o vía Decretos Legislativos, dispositivos que en su mayoría no han sido elaborados por profesionales policías, sino por “aparentes especialistas en la materia”, que no son otros mas que profesionales civiles que no tienen el conocimiento real y legítimo de la situación que atraviesa nuestra Institución durante los últimos 30 años, en que durante un Gobierno de Turno, simplemente desaparecieron a las tres Ex Instituciones y crearon una nueva, la Policía Nacional, pero a la cual no permiten formar mística basada en los conocimientos de Oficiales salidos de sus Escuelas de Formación.

2.2        Otro de los factores obedece al hecho de que, existiendo desde el 2013 un Manual del Oficial de Estado Mayor, documento formulado en forma concienzuda por profesionales en la materia, y debidamente aprobado por el Comando Institucional, simplemente los preceptos y doctrina que allí se señalan, no se cumplen por diversas circunstancias, que pasan por la aparente burocracia que implica tomar decisiones, sobretodo en situaciones de alto riesgo, hasta por simplemente formular en forma deficiente documentos de Estado Mayor (IEEM, Hojas de Recomendación y otros), que a la postre generan que los profesionales civiles que están ocupando cargos en el MININTER, se alimenten de estas falencias para dejar mal parados a quienes impulsan el cumplimiento de los fundamentos contenidos en dicho Manual, con la finalidad de asegurar que las decisiones sean tomadas de la manera más óptima, todo ello aunado al hecho de que a muy pocos les importa realmente el prestigio de nuestra Policía Nacional del Perú.

2.3        Al analizar detalladamente la estructura orgánica del actual Estado Mayor de la PNP (dividida en 4 áreas, 3 equipos de asesoramiento y 1 unidad de asesoría jurídica), y apreciar que el órgano de asesoramiento del más alto nivel que tiene nuestra Institución Policial, que en otros tiempos sumaba un gran contingente de efectivos policiales capacitados y especializados en doctrina de EM, hoy sólo cuenta con 39 efectivos, nos damos cuenta que, en primer lugar su estructura no está acorde a la doctrina que nos señala el Manual, que establece cuatro áreas (PIOL), segundo, los efectivos que allí laboran no utilizan el Método General de solución de problemas para abordar los conflictos que toman conocimiento y tercero, si bien es cierto sus tres equipos de asesoramiento abarcan varias funciones como son: la gestión administrativa, el planeamiento y desarrollo institucional y el orden interno, orden público y la seguridad ciudadana, tópicos que están acordes a la coyuntura actual que atraviesa nuestro país y el instituto, los Oficiales que integran dichos equipos no han elaborado en lo que va del año, un aporte significativo en dichas áreas para que el personal policial de las Direcciones Especializadas, Órganos Administrativos, de Apoyo y Desconcentrados, pueda optimizar su labor, excepto la iniciativa planteada por su Jefe de EMG, me refiero al Sr. General PNP Víctor Jorge PÉREZ ARTEAGA, quien conocedor de la problemática del Instituto respecto al alcance real del factor capacitación, ha elaborado un Plan de Reactualización en Procedimientos Operativos Policiales, el mismo que viene desarrollando desde el mes de FEB2019 a nivel nacional, dirigido especialmente al personal de Suboficiales, y que incluye como estrategia novedosa, la creación y difusión de videos tutoriales interactivos, como herramienta moderna para inculcar en los efectivos más jóvenes los conocimientos que por otros medios no sería posible puedan adquirirlos.

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