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EL ABORTO “MUJER – EN MI CUERPO DECIDO YO”


Enviado por   •  31 de Agosto de 2015  •  Ensayos  •  1.048 Palabras (5 Páginas)  •  126 Visitas

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EL ABORTO

 “MUJER – EN MI CUERPO DECIDO YO”

Sentencia 355 del 10 de Mayo del 2006

La cual despenaliza el Aborto en Colombia en solo 3 situaciones:

  1. VIOLACIÓN

“Se ha considerado que la violación como causa de la concepción es susceptible de provocar graves perjuicios psicológicos para la mujer”.

  1. EMBARAZO DE ALTO RIESGO

“… ya que se considera que prima la vida de la mujer sobre el derecho del feto”

  1. GRAVES MALFORMACIONES DEL FETO

“… en esta situación se valora la dignidad y/o sufrimiento del futuro neonato”

La decisión de una interrupción voluntaria del embarazo parte de la capacidad de libertad y autonomía de la mujer, de esta forma los resultados obtenidos reflejan en los beneficios que acarree su ética utilitarista.

La ética utilitarista defenderá que el aborto se puede calificar como bondadoso o maldadoso, que tan bueno o que tan malo pueda acarrear las decisiones que pueda tomar una mujer, con respecto a los beneficios que pueda contraer.

Por tanto este bien dato mayor arrojara un mayor placer en la ausencia de dolor en la vida de la mujer, creando una sensación de felicidad, sea a corto o a largo plazo.

En el espacio privado descrito por Jhon Stuard  Mik, el individuo debe fortalecer su capacidad y autonomía partiendo de sus decisiones, Jhon Lock sostiene que la propiedad privada, no solo son los bienes materiales, sino que también  el cuerpo es un bien, que le es propiedad privada a la persona.

 

¿Qué pasa si la cuestión del aborto es vista desde la óptica de los derechos fundamentales, específicamente el derecho a la vida?

Desde esta perspectiva el cuerpo de la mujer debería seguir siendo vista como la propiedad privada, esto teniendo en cuenta que los derechos Humanos son un asunto público, básicamente esta pregunta se puede dividir:

¿Qué pasa si la cuestión del aborto es vista desde la óptica de los derechos fundamentales?

Básicamente no puede ser vista desde el punto de vista de los derechos fundamentales porque jurídica y científicamente el feto no es considerado un ser humano hasta que inhale su primer bocado de aire, las cualidades que debe poseer un ser humano para ser considerado persona son; que debe ser capaz de sentir dolor, de ser consiente, de actuar por automotivación, de alcanzar un mínimo de cociente intelectual, el resultado es que los fetos no pueden ser considerados como seres humanos y tan solo estos son poseedores de los derechos fundamentales.

Por tanto la decisión del aborto debería de seguirse viendo como una decisión de ámbito privado, ya que la mujer al quedar embarazada es poseedora de derechos y deberes frente al estado y este ámbito privado debe respetarse en su decisión autónoma y libre de si decide tener su bebe o si decide tener una aborto.

La sentencia, no defiende el aborto, defiende la educación sexual en primer lugar, para que la mujer pueda decidir cuando quieran tener relaciones sexuales y cuando quieran tener hijos, anticoncepción para no abortar y aborto legal para no morir, nadie está a favor del aborto, están a favor de los derechos de la mujer, es nuestro cuerpo, nuestro derechos y la discusión acerca del inicio de la vida es una discusión que está en el terreno de lo religioso, de los valores y no en el terreno de los derechos.

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