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ELIEZER DAVID SALAS COBA VS. POLLO INDUSTRIALIZADO DE MEXICO, S.A. DE C.V.


Enviado por   •  5 de Mayo de 2016  •  Trabajos  •  1.885 Palabras (8 Páginas)  •  337 Visitas

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JUICIO ORDINARIO LABORAL.

ELIEZER DAVID SALAS COBA

VS.

POLLO INDUSTRIALIZADO DE MEXICO, S.A. DE C.V.

EXP: ______________.

H. JUNTA LOCAL DE CONCILIACION Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE YUCATAN.

ELIEZER DAVID SALAS COBA, de nacionalidad mexicana, mayor de edad legal, soltero, con domicilio para oír y recibir notificaciones en este asunto en el Despacho Jurídico ubicado en el predio marcado con el 515 de la calle 33 letra “C”, por 72 Privada Reforma, Colonia Centro, de la Ciudad de Mérida, Capital del Estado de Yucatán, comparezco respetuosamente ante V.H., a efecto de exponer:

Por mi propio y personal derecho, vengo a promover formal demanda en Juicio Ordinario Laboral en contra de:

La persona moral denominada POLLO INDUSTRIALIZADO DE MEXICO, S.A. DE C.V.  

La parte demandada puede ser notificada y emplazada en el domicilio ubicado y funcionando en la Calle 18 número 205-A, entre 29 y 31, de la Colonia García Gineres de esta Ciudad de Mérida, Yucatán.

No omito manifestar que la parte demandada utiliza con fines comerciales el sitio o dominio de internet denominado www.crio.com.mx, así como el nombre comercial denominado CRIO o POLLO CRIO, asi como el siguiente logotipo o marca:

[pic 1]

HECHOS

PRIMERO.- Mediante un contrato escrito individual de trabajo por tiempo indeterminado, que celebramos en esta ciudad, el 8 de enero de 2015, la hoy demandante y la parte demandada, comencé a prestar mis servicios personales y subordinados para la parte demandada en esa misma fecha; dicho contrato de trabajo, se abstuvo de entregármelo la parte demandada, en la copia que me correspondía. 

No omito señalar que la parte demandada, me condicionó mi ingreso a laborar mediante la firma y huella del suscrito sobre tres hojas en blanco tamaño carta y dada la necesidad me vi en la necesidad de firmarlos, frente a diversas personas que se encontraban en ese mismo lugar.

 Las condiciones de trabajo para con la parte demandada, eran:

CENTRO DE TRABAJO

El ubicado y funcionando en la Calle 18 número 205-A, entre 29 y 31, de la Colonia García Gineres de esta Ciudad de Mérida, Yucatán.

PUESTO Y LABORES

Carpinteros, con las labores inherentes a dicho cargo.

Durante todo el tiempo de la existencia de la relación obrero-patronal, siempre laboré para la parte demandada con eficiencia, puntualidad, honestidad, productividad y calidad, acatando las órdenes que me daba la parte demandada, por conducto de:

1.- C. VIctor Santos, quien siempre se ostento ante la suscrito, como Jefe Departamento  de la parte demandada, quien le indicaba al suscrito las labores que iba a realizar, asi como checar sus entradas y salidas del centro de trabajo.

2.- C. Diego Saldivar, quien siempre se ostento ante el suscrito como Supervisor, quien le indicaba al suscrito las obras que iba a realizar.

JORNADA DE TRABAJO

Una jornada continua de las 08:15 horas a las 18:15 horas, con una hora de descanso fuera del centro de trabajo de las 12:00 horas a las 13:00 horas, los días jueves, sábado y lunes, y de las 08:45 horas a las 18:45 horas, con una hora de descanso fuera del centro de trabajo de las 14:00 horas a las 15:00 horas, los días viernes, domingo y martes, no laborando los días miércoles de cada semana, por ser mi día de descanso semanal, los cuales durante todo el tiempo que duró la relación de trabajo, nunca me fueron pagados conforme al salario diario integrado que percibía.

En estas condiciones, reclamo de la parte demanda, el pago de 2 horas extras, laboradas de la siguiente forma: De las 16:16 horas a las 18:15 horas, los días jueves, sábado y lunes, y de las 16:46 horas a las 18:45 horas de los días martes, viernes y domingo; esto durante todo el tiempo trabajado para la parte demandada, omitidas de pago por la parte demandada. Por lo que al adeudarle la parte demandada al suscrita el pago de las referidas horas extras, estas deberán ser condenadas a pago con el salario integrado del hoy demandante, y ser cuantificadas durante toda la relación obrero-patronal.

La parte demandada siempre llevó un control de asistencia diaria del hoy demandante, listas de control de asistencia diaria, en las cuales se firmaba la hora de entrada y de salida del compareciente, estando obligado el hoy compareciente a firmar la entrada y salida de la jornada de labores diaria.

SALARIO

Mi salario diario era la cantidad de: $450.00 (Son: Cuatrocientos Cincuenta pesos, sin centavos, moneda nacional), el cual me era pagado en forma semanal, previa firma del recibo individual de nómina semanal, precisándose que los recibos de nómina semanal que llevaba la parte demandada, dicha demandada omitió entregarme la copia que me correspondía.

SEGUNDO.- Es el caso, que a eso de las 8:45 horas del día viernes 28 de Mayo de 2015, cuando la suscrita se disponía a ingresar como de costumbre al centro de trabajo de la parte demandada, El ubicado y funcionando en la Calle 18 número 205-A, entre 29 y 31, de la Colonia García Gineres de esta Ciudad de Mérida, Yucatán, al encontrarme precisamente junto a la reja principal de entrada y salida de dicho centro de trabajo, me encontré con el C. Victor Santos, quien siempre se ostento ante el suscrito como Jefe de Departamento, quien al verme, se me acerco y me dijo “Eliezer, estás despedido”, sucediendo todo lo antes mencionado en presencia de varias personas que se encontraban en ese preciso momento y lugar.

TERCERO.- Y por cuanto fui despedida de mis labores sin causa ni motivo justificado, como se expuso en el hecho que antecede, reclamo de la parte demandada el pago de las indemnizaciones, prestaciones y derechos que me corresponden, y que a continuación se relacionan:

  1.         La Indemnización Constitucional, a razón de 90 días de salario integrado.
  2.         La Prima de Antigüedad de todo el tiempo laborado.
  3.         Las vacaciones de todo el tiempo laborado, omitidas de pago por la parte demandada, así como las que se generen hasta el día en que me sean pagadas en su totalidad, todas y cada una de las prestaciones e indemnizaciones reclamadas en la presente demanda.
  4.  La prima vacacional de todo el tiempo laborado, omitidas de pago por la parte demandada, así como las que se generen hasta el día en que me sean pagadas en su totalidad, todas y cada una de las prestaciones e indemnizaciones reclamadas en la presente demanda.
  5.  Los aguinaldos de todo el tiempo laborado, omitidos de pago por la parte demandada, así como los que se generen hasta el día en que me sean pagadas en su totalidad, todas y cada una de las prestaciones e indemnizaciones reclamadas en la presente demanda.
  6. El pago de las horas extras, laboradas de las 16:16 horas a las 18:15 horas, los días jueves, sábado y lunes, y de las 16:46 horas a las 18:45 horas de los días martes, viernes y domingo; esto durante todo el tiempo trabajado para la parte demandada, omitidas de pago por la parte demandada.
  7.         El importe de las aportaciones completas a cargo de la parte patrona demandada a la Administradora del Fondo para el Retiro (AFORE), desde la fecha de ingreso a mis labores hasta el día en que me sean pagadas en su totalidad, todas y cada una de las prestaciones e indemnizaciones reclamadas en la presente demanda, el importe de los intereses que esta moratoria o abstención hubiera generado; la regularización de las obligaciones incumplidas a cargo de la parte patrona demandada; y el pago de toda prestación adicional, accesoria, conexa o diversa que resulte procedente de reclamar con motivo del incumplimiento de la parte patrona demandada, al omitir el pago de las aportaciones a la AFORE.
  8.         El pago completo de las cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (I.M.S.S) e Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), desde la fecha de ingreso a mis labores hasta el día en que me sean pagadas en su totalidad, todas y cada una de las prestaciones e indemnizaciones reclamadas en la presente demanda, el importe de los intereses que estas diferencias, moratorias y abstenciones hubiesen generado; la regularización de las obligaciones incumplidas a cargo de la parte patrona demandada; y el pago de toda prestación adicional, accesoria, conexa o diversa que resulte procedente de reclamar con motivo del incumplimiento de la parte patrona demandada, al omitir el pago de las aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social e Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
  9. El pago de los intereses correspondientes, cuando el patrón no efectué el pago de las prestaciones a que fuera condenado en Proyecto de Laudo, siendo los que deriven de la ejecución tardía del laudo, esto es, cuando no lo cumpla voluntariamente dentro de las setenta y dos horas siguientes a la en que surta efectos su notificación, Sirve de apoyo a lo anterior la siguiente tesis: No. Registro 181,533.- Localización: Novena Época.- Instancia: Segunda Sala.- Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta XIX, Mayo de 2004.- Página: 560.- Tesis: 2a./J. 70/2004 Jurisprudencia.- materia(s): laboral.- LAUDO. LOS INTERESES A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 951, FRACCIÓN VI, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, SON LOS QUE DERIVAN DE LA EJECUCIÓN TARDÍA DE AQUÉL, AUNQUE TAL PRECEPTO NO CONCEDE ACCIÓN PARA DEMANDARLOS. Los salarios caídos, corridos y contados a partir de la fecha en que fui despedida de mis labores, hasta el día en que se me paguen todas y cada una de las prestaciones, derechos e indemnizaciones reclamados.
  10. La devolución de las tres hojas en blanco firmadas y huelladas por el suscrito, mismas que conserva la parte demandada.
  11. El pago de todas y cada una de las primas dominicales, no pagadas por la parte demandada, durante todo el tiempo laborado, por los días domingo de cada semana laborados por el suscrito.
  12.  El pago de cualquier otra u otras prestaciones, derechos e indemnizaciones que de hecho y por derecho me correspondan y que se desprendan de la presente demanda.

FUNDAMENTACION.- El artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos relativos y aplicables de la Ley Federal del Trabajo. Por lo anteriormente expuesto y fundado, a V.H., atentamente acudo y solicito se sirva:

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