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EMERGENCIA AMBIENTAL Y SANITARIA


Enviado por   •  23 de Junio de 2014  •  2.129 Palabras (9 Páginas)  •  924 Visitas

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INTRODUCCION

Nos desenvolvemos en una sociedad y en una realidad en donde la única certeza es la incertidumbre, es decir, en la que en cualquier momentos puede ocurrir un evento con gran capacidad destructiva que ponga en peligro nuestra integridad y existencia, es por esto que la palabras “DESASTRES” Y “EMERGENCIA” adquieren un carácter fundamental puesto que significa un estado de alarma o de atención frente a determinado suceso, que de una manera directa o indirecta puede afectarnos, con base a lo anterior podemos decir que estos términos son abiertos y que admite varias interpretaciones , sin embargo, para efectos del presente trabajo nos centraremos en los conceptos de emergencia ambiental y sanitaria, conceptos que sin duda alguna, son fundamentales en el desarrollo de una sociedad, en el entendido de que cuando ocurren no solo generan daños y pérdidas materiales, ambientales, silvestres y de vidas humanas, si no que dependiendo de sus alcances y consecuencias significan un verdadero detrimento del patrimonio social y económico de una nación, son precisamente estas consecuencias las que nos obligan a desarrollar conciencia frente a las emergencias ambientales y sanitarias.

Consientes de que su ocurrencia obedecen en gran parte a la incertidumbre, el estado y la comunidad tienen una responsabilidad compartida, diseñando políticas y planes dirigidos a la prevención de los mismos o a la preparación y mitigación de sus impactos en caso de su ocurrencia, por esta razón, en el presente ensayo pretendo observar manera general los conceptos de emergencia ambiental y sanitaria en Colombia, y cual es el marco normativo que de una manera directa o indirecta aborda estos temas.

1. DIFERENCIA ENTRE DESASTRE Y EMERGENCIA

Para empezar a abordar el presente trabajo creo necesario diferenciar los conceptos de desastre y emergencia, dado que comúnmente suelen confundirse o utilizarse para los mismos efectos, la importancia radica precisamente que aunque se encuentran estrechamente relacionados

“Desastre: es todo evento violento, repentino y no deseado, capaz de alterar la estructura social y económica de la comunidad produciendo grandes daños materiales y numerosas pérdidas de vidas humanas y que sobrepasan la capacidad de respuesta de los organismos de atención primaria o de emergencia para atender eficazmente sus consecuencias” (Secretaria de Ambiente y Desarrollo sostenible, 2009)

“Emergencia: es cualquier suceso capaz de afectar el funcionamiento cotidiano de una comunidad pudiendo ocasionar victimas o daños materiales, afectando la estructura social y económica de la comunidad involucrada y que pueden ser atendidos eficazmente con los recursos propios de los organismos de atención primaria o de emergencia de la localidad” (Sarquis, 2009)

Analizando un poco las anteriores definiciones observamos que existe una diferencia especial que alude a la capacidad de los organismos del estado para abordar el suceso, el desastre es superior a la capacidad de los organismos del estado, es decir, es de tal magnitud que se hace necesario acudir a organismos internacionales que apoyen las labores del mismo, un ejemplo claro de un desastre ambiental y natural en nuestro país ocurrió en el año de 1985 con la erupción del volcán Nevado del Ruiz, arrasando la población de Armero y dejando a su paso más de 23. 000 víctimas; por el contrario, la emergencia obedece a asuntos de menor envergadura en la que los organismos de respuesta del estado están en capacidad de afrontar, pero puede tener las mismas consecuencias que un desastre, en otras palabras, lo que quiero expresar es que cuando se trata de emergencias ambientales existe una línea muy delgada entre emergencia y desastre ya que una emergencia no atendida a tiempo puede desatar un desastre natural, prueba de ello es la sequia que en la actualidad azota al departamento del Casanare considerado una emergencia ambiental con más de 20.000 animales muertos al borde de ser considerada una catástrofe ambiental.

2. EMERGENCIA AMBIENTAL

El CONCEPTO DE EMERGENCIA AMBIENTAL: hace referencia a un “suceso repentino o un accidente como resultado de factores naturales, tecnológicos o provocados por el hombre, o una combinación de los anteriores, que causa o amenaza con causar graves daños ambientales, así como la pérdida de vidas humanas y propiedades, sean estos causados mediante el aire, agua, o el suelo” (Sarquis, 2009).

Es importante advertir en la anterior definición que en la emergencia ambiental no obedece solo a causas naturales, sino que también tienen injerencia la tecnología y el ser humano, en nuestro país son muy comunes este tipo de hechos, un ejemplo claro es la voladura de oleoductos por pare de los grupos armados ilegales que contaminan frecuentemente las fuentes hídricas, afectando la fauna silvestre y poniendo en riesgo la salud y la vida de toda una comunidad.

2.1 EMERGENCIA SANITARIA

EL CONCEPTO DE EMERGENCIA SANITARIA: “Se denomina emergencia sanitaria a situaciones de epidemias o pandemias, estas son comúnmente originadas en los seres humanos por malas condiciones higiénicas o de manera natural” (Organizacion Mundial de la Salud, 2013).

Respecto a la anterior definición lo primero que advertimos al referirse a epidemias o pandemias es que se refiere al riesgo de contagio y afectación en la salud de las personas, es decir que se decreta cuando la salud de determinado grupo poblacional se encuentra en riesgo, existen muchas firmas de desatar una emergencia sanitaria que ese relacionada con el medio ambiente, un ejemplo claro puede ser el dengue que se reproduce en condiciones especificas por aguas estancadas y contaminadas, algunas plagas como las ratas, las cucarachas, los piojos, zancudos entre otros, otro ejemplo a nivel internacional está relacionado con el virus de la gripe H1N1 que cobro en pocos días varias vidas a nivel mundial, lo importante por resaltar es que en caso de una emergencia sanitaria son los organismos de salud quienes deben estar preparados para hacerle frente a dicha situación.

2.2 BENEFICIOS DE LA DECLARACION DE EMERGENCIA AMBIENTAL

Es importante entender que la constitución política prevé en su artículo 215

“ARTICULO 215. Cuando sobrevengan hechos distintos de los previstos en los artículos 212 y 213 que perturben o amenacen perturbar en forma grave e inminente el orden económico, social y ecológico del país, o que constituyan grave calamidad pública, podrá el Presidente, con la firma de todos los ministros, declarar el Estado de

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