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ENSAYO TITULO II CAP I Y II DE LA CONSTITUCIÓN POLITICA DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA


Enviado por   •  19 de Febrero de 2015  •  1.133 Palabras (5 Páginas)  •  372 Visitas

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ENSAYO TITULO II CAP I Y II DE LA CONSTITUCIÓN POLITICA DE LA REPUBLICA DE GUATEMALAPersona Humana, Fines y Deberes del Estado

CAPÍTULO ÚNICO.

Art. 1 – 2

El Estado de Guatemala, tiene la responsabilidad de velar por la protección o seguridad de sus habitantes, también tiene que garantizarles la vida, libertad, justicia, el desarrollo y la paz en cada uno de sus seres, sólo así se puede tener una manifestación completa del Bien Común.

TÍTULO II

Derechos Humanos

CAPÍTULO I

Derechos Individuales

Art. 3 - 46

El Estado tiene que velar por la vida humana, desde que son concebidos hasta su nacimiento y crecimiento.

Todos los humanos en Guatemala somos iguales, en derechos y dignidad, sin importar el status económico o la raza o sexo.

Tenemos derecho a hacer lo que nosotros creamos conveniente o mejor dicho todo aquello que la ley no prohíbe.

Nadie puede detener a un sujeto sin que haya violado la ley. Los sujetos detenidos deberán ser expuestos a disposición de la autoridad judicial en un plazo no mayor de seis horas.

Cuando hay personas detenidas de inmediato se notifica de forma verbal o escrita el por qué fue aprehendida.

El detenido tiene la oportunidad de saber sobre los derechos que tiene, jamás podrá ser obligado a declarar sino ante autoridad judicial competente.

Las autoridades judiciales son las únicas que pueden interrogar al detenido.

Las personas que son aprehendidas por la autoridad no pueden ser conducidas a lugar de detención o a diferentes lugares a los que están legar y públicamente destinados al efecto.

Por infracciones a los reglamentos no deben permanecer detenidas las personas las cuales comprueben su identificación con su documentación en orden. Salvo que la persona no pueda identificarse conforme lo manda la ley, será puesta a disposición de la autoridad judicial más próxima, dentro de la primera hora siguiente a su detención.

Todo individuo tiene derecho a su defensa en caso de ser arrestado, no se puede culpar a nadie sin antes ser citado, oído y vencido en un proceso legar ante un juez o tribunal.

Ninguna persona puede ser juzgada por Tribunales especiales o secretos.

Se tiene que pesquisar información acerca de un hecho ilícito para saber si en realidad la persona que se acusa de cometerlo es o no culpable.

Mientras no se ha declarado culpable a alguien legalmente en un juicio sigue siendo inocente. El detenido, el ofendido, el MP y los abogados que hayan sido designados por los interesados en forma verbal o escrita, tienen todo el derecho de conocer personalmente, todas las actuaciones, documentos y diligencias penales, sin reserva alguna y en forma inmediata.

La ley solamente tiene efecto retroactivo cuando en materia penal se favorece al reo.

Ninguna persona puede ser obligada a declarar contra sí mismo, ni cónyuge o parientes.

No hay prisión por deuda.

La pena de muerte no puede darse en mujeres, a las personas que tienen 70 años en adelante y a los presos de delitos políticos y comunes conexos con los políticos y a los reos cuya extradición haya sido concebida bajo esa condición.

El Sistema Penitenciario tiene que velar porque se cumpla que a los reos se les trate como seres humanos, que no sean sometidos a servidumbre ni a torturas o experimentos científicos, el personal tiene que ser especializado para el trato de éstas personas, tiene derecho a comunicarse cuando lo soliciten, bien sea con sus familiares, amigos o abogado

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