EXISTE UN CONSTITUCIONALISMO LATINOAMERICANO
GenaroTC15 de Octubre de 2012
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¿EXISTE UN CONSTITUCIONALISMO LATINOAMERICANO?
Israel Celi Toledo
RESUMEN:
La pregunta por la existencia de un constitucionalismo latinoamericano se relaciona íntimamente con el cuestionamiento identitario del pensamiento latinoamericano. En un intento para responder estas interrogantes, daremos cuenta de la originalidad y autenticidad de nuestro pensamiento; elementos que a criterio de Salazar Bondy, son necesarias para afirmar un pensamiento de nuestra América . Para el efecto, recurriremos al paradigma denominado historia intelectual, en aras de abordar los lenguajes políticos que subyacen al pensamiento latinoamericano y en especial al pensamiento constitucionalista, para de esta manera, evidenciar su identidad.
Este enfoque, tiene su piedra de toque en la necesidad de marcar nuestra postura crítica en este trabajo. Así, en primer lugar expondremos por qué no ha sido posible un constitucionalismo latinoamericano; luego, señalaremos elementos básicos sobre los lenguajes e ideas que han hecho posibles las creaciones institucionales del pensamiento constitucional latinoamericano, para demostrar que nuestro constitucionalismo —entendido como una dimensión del pensamiento latinoamericano—, no constituye, en términos generales, una necesaria aportación con identidad latinoamericana que se separe de las formulaciones del constitucionalismo de raigambre europea o norteamericana; y, finalmente, propondremos una salida a nuestra dependencia intelectual, que contribuya, a la existencia de otro constitucionalismo latinoamericano, original y auténtico.
El trasfondo de nuestra crítica refiera a una pobre concepción del lenguaje en el pensamiento latinoamericano, que confunde proposiciones y enunciados, las primeras referentes a ideologías dominantes muy influyentes en Latinoamérica, y las segundas, relacionadas con actos de habla, determinantes para entender el sentido de los enunciados de autores como Kelsen, Ferrajoli o Alexy, siempre marcados por las experiencias concretas de su historia social. En Latinoamérica, la influencia dependentista de las proposiciones ideológicas eurocéntricas, ha desplazado la preocupación por el contexto social, elemento fundamental para generar un pensamiento original y auténtico que nos libere del sometimiento y la desigualdad en mayoritaria población vulnerable.
PALABRAS CLAVE: historia intelectual, lenguajes políticos, pensamiento latinoamericano, tipos ideales, liberalismo, conservadurismo, radicalismo, socialismo, kantismo, neoconstitucionalismo, posmodernismo, dependencia intelectual.
I. ¿ES POSIBLE UN CONSTITUCIONALISMO LATINOAMERICANO?
Para el filósofo peruano Augusto Salazar Bondy, un pensamiento genuino y auténtico, esto es, una filosofía estricta, solo sería posible, una vez superados el subdesarrollo y la dominación que sufre nuestra sociedad. Esto quiere decir, que mientras subsistan los graves niveles de desigualdad y violencia que sufre la mayor parte de nuestros hermanos latinoamericanos, y sigamos dominados por una geopolítica que alcanza el pensamiento, seguiremos dando palos de ciego en nuestra gestión intelectual.
Así lo demuestra la filosofía del derecho que hoy campea en los “gremios” instalados en nuestras universidades, filosofía que se centra especialmente en autores del “Norte global”, como Dworking, Alexy, Habermas o, el tan afamado, a la vez amado y odiado, Hans Kelsen. Todos, pensadores de clara filiación kantiana.
Este kantismo jurídico, también acogido –paradójicamente– por los pocos seguidores del voluntarismo schmittniano que influyen fuertemente en los países andinos, dominan el campo constitucional latinoamericano. De esta manera, la mayor parte de pensadores del derecho latinoamericano, forman parte de un amplio grupo de cultores, de corrientes iusnaturalistas y pospositivistas, no precisamente latinoamericanas en el sentido propuesto de originalidad y autenticidad.
Lo anterior no busca desvalorizar la filosofía del derecho que se hace fuera de la región; solo presenta información ampliamente conocida, que da cuenta en términos dependentistas, de una aparente relación centro-periferia resaltada por Salazar Bondy. Claro está, “resulta simplista y hasta engañoso, hablar de centros y periferias como si fueran entidades homogéneas y fijas, es decir objetos cuya naturaleza puedan determinarse a priori” ; no obstante, estas categorías son útiles, al menos en el caso comentado, toda vez, que el intercambio simbólico de códigos culturales, resulta extremadamente asimétrico.
Históricamente, el pensamiento constitucionalista norteamericano y europeo (expresado en teoría, jurisprudencia y diseños institucionales) ha sido considerado el referente de los países latinoamericanos. Podría afirmarse que desde el siglo XIX, nuestro marco institucional formal, se ha basado principalmente en tradiciones jurídicas desarrolladas en los países denominados avanzados, teniendo mayor peso la tradición romano-germánica.
Aún hoy se piensa nuestro derecho desde Europa y Norteamérica. Aún hoy las grandes mayorías latinoamericanas no han superado su condición de subordinación y dominación, y nuestra academia jurídica, sigue siendo un apéndice del pensamiento dominante. Mientras esto subsista, difícilmente construiremos otro constitucionalismo, más aún si nuestros pensadores e intelectuales siguen elaborando recetas a nuestras crisis del derecho y el Estado, desde operaciones del pensar que no tienen conciencia clara de los lenguajes políticos que nos condicionan, ni de la inmanente refutabilidad de ideologías del Norte que han sido tratadas desde los inicios de nuestras repúblicas, como “tipos ideales” que debemos seguir.
II. LENGUAJES POLÍTICOS Y CREACIÓN CONSTITUCIONAL
Un estudio sobre el constitucionalismo latinoamericano debe abordar en primer término, junto con lo historia conceptual construída por sus enunciantes, las prácticas políticas y sociales –atravesadas por tramas simbólicas–, que lo hicieron pensable; es decir, los lenguajes políticos por un lado, y la historia social y objetiva por otro.
Ahora bien, la entrada a los lenguajes políticos y la historia social, es sistemática –en palabras de Mario Bunge “paso a paso, pero todo a la vez”–. Para ello habrá que identificar desde las teorías institucionalistas, actores, procesos de largo y corto plazo e ideas. Por ejemplo, mediante un análisis institucional del contexto independentista en América Latina, es posible dar cuenta de la reconfiguración de los lenguajes políticos expresada en la situación de incertidumbre, de cuestionamientos, temores y ensoñaciones de los grupos dominantes en aquella época. Este cambio en los lenguajes políticos está a la vez relacionado, con la historia social (la guerra de la independencia, las luchas intestinas por configurar los nuevos estados y hacerse con el poder, etc.).
Los lenguajes políticos generados en relación con los movimientos independentistas y post independentistas explican en buena parte las creaciones constitucionales o diseños institucionales. En este sentido, cabe destacar las conclusiones de la investigación realizada por Elías Palti, respecto del debate político en el siglo XIX y de sus implicaciones en el plano conceptual de la política. Este autor identifica un entramado de problemáticas que no pueden resolverse a priori. Se trata de nudos problemáticos relativos al sujeto, la sede, los fundamentos y los modos de manifestación de la soberanía que exigen investigaciones empíricas contextualizadas, que renuncien a pretensiones de generalidad. Como bien señala, la única forma de dar cuenta de ellos, es reconstruyendo las tramas simbólicas que buscaron confrontar estas aporías constitutivas de la política moderna para fijarlas simbólicamente. Es decir, se trata de dar cuenta de las maneras como los intelectuales de la época pensaron cuestiones que no pueden resolverse hasta nuestros días por ser aporéticas: cómo sostener que el pueblo es soberano, no obstante inexistir instituciones y reglas que expresen de forma coherente la “voz del pueblo”. ¿Algún día lograremos expresar la idea de soberanía en nuestros sistemas políticos? ¿Es imposible que el pueblo sea soberano, y con ello, imposible la soberanía?
Un buen trabajo que recoge suficiente información empírica para dar cuenta de las interrelaciones y desfases recíprocos entre las categorías condicionadas por los lenguajes políticos de los primeros siglos republicanos y que han hecho posibles los sentidos constitucionales, es el elaborado por Roberto Gargarella. Según este autor, los años fundacionales de las repúblicas latinoamericanas, abrieron un campo conceptual que permitió la formulación de proyectos políticos que trascendían largamente las ambiciones personales de muchos. Si bien, el interés personal de los autores siempre estuvo presente, la mayor parte de programas formulados supusieron intentos complejos por pensar y normar una estructura social post independentista.
Según Gargarella, los proyectos normativos de los distintos actores estuvieron asociados a tres tradiciones: la radical, la liberal y la conservadora. Estos modelos “ideales” son elaborados por Gargarella en base a datos empíricos. En ningún caso considera adecuaciones puras a ellos. Así, ninguna de las constituciones puede ser catalogada como liberal o conservadora.
Los modelos “ideales” nos sirven para asociar los textos constitucionales con los actores y el sentido que éstos le otorgaron a las distintas disposiciones. El uso que Gargarella hace de éstos, sirve solamente para vincular las distintas
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