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Ejemplo de notificacion de riesgos


Enviado por   •  5 de Agosto de 2021  •  Tareas  •  1.832 Palabras (8 Páginas)  •  479 Visitas

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Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo

(LOPCYMAT) – Venezuela

NOTIFICACIÓN DE RIESGOS

OCUPACIONALES

Página  de

Nombre de la Empresa:

REVISIÓN: AGOS 2021

Apellidos y Nombres:

Cédula de Identidad/Ciudadanía o Pasaporte:

Cargo:

Fecha de Ingreso al Cargo:

Gerencia/Departamento:

Grupo Sanguíneo: A: (   )   B: (   )  AB: (   )  O: (   )  Factor: RH Positivo: (   )  RH Negativo: (   )

Mano Hábil:   D: (   )  I: (   )      Usa Lentes: Si (   )  No (   )       Fecha de Nacimiento:  

Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos Nro. 53, 54, 55, 56 de la LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (LOPCYMAT) y el artículo Nº 237 de la LEY ORGÁNICA DEL TRABAJO (LOT), en nombre de la Sociedad Mercantil X,Y y Z, C.A.  Cumple con informarle que con motivo del desempeño de sus labores como: “Cargo a ocupar” en esta empresa, usted podría estar expuesto a los siguientes riesgos laborales; es por ello que anexamos a la presente notificación encontrará un ANÁLISIS DE RIESGO y SEGURIDAD con el fin de mantenerlo informado de los riesgos asociados al cargo que ocupa.

En la realización de sus actividades usted puede estar expuesto a: Resbalones, tropiezos y caídas al desplazarse; caídas a desnivel al subir o bajar escalones; choque eléctrico por falla intrínseca, equipos o conectores defectuosos; lesiones por contacto con superficies filosas; contacto con equipos y corriente eléctrica; shock eléctrico; lesiones por golpes, objetos proyectados u atrapamientos con máquinas, vehículos, equipos, áreas de oficinas, etc; temperaturas extremas por calor o frío, posturas inadecuadas al levantar peso, al conducir los equipos y herramientas de trabajo, etc; sobrecarga osteo-muscular por posturas incorrectas y movimientos repetitivos; deformaciones músculo esqueléticas; fatiga visual; disminución a largo plazo de la agudeza visual; fatiga visual por uso del monitor o pantalla de visualización de datos; explosiones e incendios por exposición a factores meteorológicos (lluvia y/o tormentas); lesiones por colisión con otros vehículos y objetos en la vía; colisiones con otros vehículos; arrollamiento por vehículos en movimiento; arrollamiento por vehículos que se desplazan en las vías públicas y de estacionamientos; tensión laboral.

        De igual manera se le informa que usted está en del Deber de mantener los pasillos y áreas de circulación libres de obstáculos, abstenerse de derramar líquidos en el piso, cuidar que los equipos sólo sean reparados por personal especializado, cumplir la orden de NO FUMAR, NO INGERIR BEBIDAS ALCOHOLICAS Y NO CONSUMIR SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES O PSICOTRÓPICAS, USO OBLIGATORIO DEL TAPABOCAS, en el interior del Edificio y/o Oficinas, abstenerse de lanzar colillas de cigarrillos o fósforos encendidos a las papeleras de basura, adoptar en el trabajo una posición cómoda y segura en el desempeño de su labor, tener especial cuidado al manipular envases de vidrios, botellas, frascos, etc., y al levantar objetos pesados; tomar todas las medidas adecuadas para evitar accidentes personales, usar adecuadamente los dispositivos de trabajo tales como computadoras, archivadores, equipos y herramientas de oficina propias para el desarrollo de su actividad productiva dentro de la empresa así mismo tendrá la obligación de reportar por escrito las condiciones inseguras a las que pudiera estar expuesto en su labor y, en fin, dar estricto cumplimiento a los Deberes que le impone el artículo 54 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo, cuyo texto se anexa formando parte de esta comunicación, para permitirle su cabal conocimiento.

Deberes de los trabajadores y las trabajadoras

Artículo 54. Son deberes de los trabajadores y trabajadoras.

  1. Ejercer las labores derivadas de su contrato de trabajo con sujeción a las normas de seguridad y salud en el trabajo no sólo en defensa de su propia seguridad y salud sino también con respecto a los demás trabajadores y trabajadoras y en resguardo de las instalaciones donde labora.
  2. Hacer uso adecuado y mantener en buenas condiciones de funcionamiento los sistemas de control de las condiciones inseguras de trabajo en la empresa o puesto de trabajo, de acuerdo a las instrucciones recibidas, dando cuenta inmediata al supervisor o al responsable de su mantenimiento o del mal funcionamiento de los mismos.  El trabajador o la trabajadora deberá informar al Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa o al Comité de Seguridad y Salud Laboral cuando, de acuerdo a sus conocimientos y experiencia, considere que los sistemas de control a que se refiere esta disposición no correspondiesen a las condiciones inseguras que se pretende controlar.
  3. Usar en forma correcta y mantener en buenas condiciones los equipos de protección personal de acuerdo a las instrucciones recibidas dando cuenta inmediata al responsable de su suministro o mantenimiento, de la pérdida, deterioro, vencimiento o mal funcionamiento de los mismos.  El trabajador o la trabajadora deberá informar al Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa o al Comité de Seguridad y Salud Laboral cuando, de acuerdo a sus conocimientos y experiencia, considere que los equipos de protección personal suministrados no corresponden al objetivo de proteger contra las condiciones inseguras a las que está expuesto.
  4. Hacer buen uso y cuidar las instalaciones de saneamiento básico, así como también las instalaciones y comodidades para la recreación, utilización del tiempo libre, descanso, turismo social, consumo de alimentos, actividades culturales, deportivas y en general, de todas las instalaciones de servicio social.
  5. Respetar y hacer respetar los avisos, carteleras de seguridad e higiene y demás indicaciones de advertencias que se fijaren en diversos sitios, instalaciones y maquinarias de su centro de trabajo, en materia de seguridad y salud en el trabajo.
  6. Mantener las condiciones de orden y limpieza en su puesto de trabajo.
  7. Acatar las instrucciones, advertencias y enseñanzas que se le impartieren en materia de seguridad y salud en el trabajo.
  8. Cumplir con las normas e instrucciones del Programa de Seguridad y Salud en el trabajo establecido por la empresa.
  9. Informar de inmediato, cuando tuvieren conocimiento de la existencia de una condición insegura capaz de causar daño a la salud o la vida, propia o de terceros, a las personas involucradas, al Comité de Seguridad y Salud Laboral y a su inmediato superior, absteniéndose de realizar la tarea hasta tanto no se dictamine sobre la conveniencia o no de su ejecución.
  10. Participar activamente en forma directa o a través de la elección de representantes, en los Comités de Seguridad y Salud Laboral y demás organismos que se crearen con los mismos fines.
  11. Participar activamente en los programas de recreación, uso del tiempo libre, descanso y turismo social.
  12. Cuando se desempeñen como supervisores o supervisoras, capataces, caporales, jefes o jefas de grupos o cuadrillas y, en general, cuando en forma permanente u ocasional actuasen como cabeza de grupo, plantilla o línea de producción, vigilar la observancia de las prácticas de seguridad y salud por el personal bajo su dirección.
  13. Denunciar ante el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), cualquier violación a las condiciones y medio ambiente de trabajo, cuando el hecho lo requiera o en todo caso en que el empleador o empleadora no corrija oportunamente las deficiencias denunciadas.
  14. En general, abstenerse de realizar actos o incurrir en conductas que puedan perjudicar el buen funcionamiento del Régimen de Seguridad y Salud en el Trabajo.
  15. Acatar las pautas impartidas por las supervisoras o supervisores inmediatos a fin de cumplir con las normativas de prevención y condiciones de seguridad manteniendo la armonía y respeto en el trabajo.

Los deberes que esta Ley establece a los trabajadores y trabajadoras y la atribución de funciones en materia de seguridad y salud laborales, complementarán las acciones del empleador o de la empleadora, sin que por ello eximan a éste del cumplimiento de su deber de prevención y seguridad.

Recuerde que debe concentrarse en su trabajo y que resulta por demás riesgoso distraerse durante su ejecución; que si no utiliza las herramientas y/o equipos de forma adecuada, puede sufrir esguinces, traumatismos, dolores musculares, y otros daños.  Usted debe utilizar en forma correcta y adecuada las herramientas y los equipos asignados para la ejecución de sus labores y cuando una tarea de trabajo implique un RIESGO inminente a su salud o a la vida, deberá abstenerse de realizarla y proceder de inmediato a informar a su Superior inmediato de tal situación, para que ésta sea corregida; y para que sea orientado sobre la forma segura de cómo debe realizarse la tarea propuesta.

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