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El Desempleo Juvenil

Yutrujillo27 de Mayo de 2013

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Introducción

Nuestra constitución política de 1991 establece que Colombia es un Estado social de derecho, esto quiere decir que no solo reconoce los derechos, sino que los garantiza, por lo cual la política social es un instrumento indispensable para la materialización de esa premisa en el marco del reconocimiento constitucional a la diversidad, multiculturalidad y pluralidad de su población. Los instrumentos jurídicos internacional que sean ratificados por el país se asimilan al rango constitucional, en virtud del bloque de constitucionalidad contenido en nuestra carta de derechos.

Los derechos de los infantes están amparados jurídicamente por la Convención Internacional de los derechos del niño ratificado por Colombia mediante la ley 12 de 1991

1. Ley de infancia y adolescencia creación código del menor

Coherencia con el Estado social de derecho

Política por la calidad de vida de niños, niñas y adolescentes

La población infantil es de vital importancia para la ciudad teniendo en cuenta que Bogotá tiene la tasa de fecundidad más baja del país 1,93 y por otro lado en el 2011 la primera infancia representa el 9,3% de la población y se espera que para el 2015 represente el 9%, así mismo es un periodo en el cual el Ser Humano desarrolla sus capacidades esenciales.

Bogotá fue la primera ciudad del país con una política de infancia, enfocada en la seguridad alimentaria, el problema del maltrato infantil, el abuso sexual y a la discriminación por una situación de discapacidad.

3. Orientación de las políticas públicas Distritales

Las políticas en Bogotá han intentado ser instrumentos de orden político para contribuir a la materialización de la garantía y reconocimiento de los ciudadanos de manera justa y equitativa en contraste con el modelo de desarrollo de la ciudad basado en el crecimiento económico y la concentración de ingreso y la riqueza en la cual son pocas las oportunidades y amplía la desigualdad, pobreza y exclusión.

La orientación de las políticas públicas en Bogotá es desde el enfoque de derechos y enfoque diferencial de derechos en coherencia con el Estado pluralista del Estado social de derecho. Con base en tres elementos: 1. La movilización social, 2. El reconocimiento de los derechos humanos, La interacción entre instituciones y ciudadanía. Con base en lo anterior la Secretaria Distrital de Integración social ha definido a las políticas públicas como:

“El conjunto de valores y principios compartidos, decisiones políticas y acciones estratégicas que llevan a la transformación de una realidad social que tanto las y los ciudadanos como quienes representan al Estado han determinado como importante o prioritaria de transformar, dado que subsisten en ella condiciones de desequilibrio y desigualdad que afectan la calidad de vida” (Orientaciones en el proceso de formulación e implementación de las políticas públicas en Bogotá. 2011 pág. 24)

De lo anterior se desprende en primer lugar que el enfoque de derecho, que entiende al individuo como sujeto derechos y no como sujeto de necesidades, de las políticas del distrito, se materializa en:

1. Concebir al Estado como garantista de derechos centrado en la dignidad humana y a la participación ciudadana como principio estructural de la transformación social

2. La intervención del Estado esta orientada a eliminar desigualdades, inequidades y discriminaciones.

3. El desarrollo de la ciudad parte de la persona en sí misma

En segundo lugar el enfoque diferencial significa que se reconoce las diferencias de las poblaciones históricamente excluidas y discriminadas para reconocerles y garantizarles los derechos que les han sido vulnerados

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