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Evolucion del Derecho Mercantil Hodureño


Enviado por   •  24 de Enero de 2019  •  Ensayos  •  14.101 Palabras (57 Páginas)  •  127 Visitas

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Ensayo

Antecedentes históricos del Derecho Mercantil en Honduras

Las primeras manifestaciones de comercio tienen origen, cuando las sociedades indígenas dejaron de ser nómadas y se volvieron sedentarias, dejando de lado la caza y la pesca para dedicarse a la agricultura y la crianza de animales domésticos. Surge para su supervivencia el trueque, el cambio por el cambio debido a que cada zona producía distintos tipos de granos frutas y verduras naciendo así de la costumbre el comercio,  ya se dijo que el trueque no es un  acto mercantil y menos si se hacía para satisfacer una necesidad,  pero este acto trae como consecuencia el comercio basado en la costumbre, que si bien es cierto es una de las fuentes del derecho si seguimos la clasificación de García Máynez. Y en aspecto de jurisdicción cuando suscitaba algún conflicto entre los pobladores eran resueltos basándose en los usos y costumbres de la sociedad.

Podemos dividir la historia de nuestro Derecho Mercantil en las siguientes épocas:

  1.  Derecho Hispano Colonial: que comprende el Condado de México de 1558 y el Consulado de Guatemala de 1743.
  2.  La supervivencia del Derecho Hispano Colonial hasta 1880.
  3.  La obra codificadora de la reorganización nacional, que comprende los códigos de comercio de 1880,1898 y 1941.
  4. El nuevo proyecto de código de comercio de 1946.-1950

 Durante la colonia española el derecho mercantil hondureño y de otros países de centro América estaban bajo el derecho hispano colonial o las leyes de india y tiene propiamente sus recepciones en el consulado de México fundado en 1558  que en materia mercantil regulaba las instituciones mercantiles, con la independencia de honduras quedo establecido que  todo lo que era derecho privado seria regulado por las leyes de España pero llego una época en que la existencia de la diversidad de leyes  hacía imposible la administración de justicia y por lo tanto se dispuso bajo decreto de asamblea legislativa de fecha 17 de febrero de 1860 que mientras se creaba un código de comercio el derecho mercantil debía de regirse por las ordenanzas de Bilbao y por las demás leyes que no las contrariaren estas ordenanzas tuvieron vigencia hasta que empezó a regir el código de comercio de 1880. [1]

El proceso de codificación del derecho mercantil hondureño ha pasado por la creación de cuatro códigos de comercio, antes del periodo constitucional del Dr. Marco Aurelio Soto existieron algunos intentos de codificación, pero es hasta el periodo de la reforma liberal y de la modernización del estado, donde se formuló el código de comercio, con la formación de una comisión integrada por juristas hondureños como Adolfo Zúñiga, Carlos Alberto Ucles y Jerónimo Zelaya. Es así como el 28 de agosto de 1880 se elaboró el primer código de comercio de honduras y que entro en vigencia un año después, en enero de 1881 Este  primer código, derogó las Ordenanzas de Bilbao. Fue Promulgado por el Presidente Marco Aurelio Soto.  Para la elaboración y redacción  de este código se tomó de modelo  el Código de Comercio de la República de Chile de 1865, Tuvo el mismo método que el código de chile, la misma técnica y la misma distribución de materias, al tal grado que se puede afirmar que es una copia literal del Código de chile de 1865, se podría decir que para su época, este código era de lo mejor que podía existir, porque sus principios básicos son los mismos que han sido consagrados posteriormente por los códigos de otros países. Tiene la importancia de haberse referido a materias que solo fueron tratadas por otros códigos con mucha posterioridad de la existencia del código de 1880, por ejemplo: el contrato de cuenta corriente mercantil y el seguro terrestre. Este código como todos los de su época gira alrededor de los actos de comercio, aunque no pierde ciertos conceptos de carácter subjetivo para determinados actos y contratos.

 

En asamblea nacional constituyente bajo decreto de fecha 15 de abril de 1895 se autoriza al poder ejecutivo para que organice una comisión con el objeto de hacer las reformas que fuesen necesarias al código de comercio de 1880 y es así que el 15 de septiembre de 1898 se elaboró  un segundo código de comercio en honduras que entro en vigor el primero de febrero de 1899, para la elaboración de este trabajo se tuvo a la vista el código de 1880 y algunos códigos de otras naciones, como ser el código de Guatemala y el código español de 1885. [2]   Entre este nuevo código de 1899 y el de 1880 no existen diferencias fundamentales en relación al concepto de derecho mercantil pero este código de 1899 incorpora nuevas figuras mercantiles según evoluciono el comercio en aquella época y buscando adaptarse a la realidad social este código regula figuras como el cheque, la suspensión de pagos y regula con técnica un poco más avanzada, la letra de cambio, se puede notar que existió mejorías con este nuevo proyecto no obstante fue criticado por ciertas deficiencias  en su contenido al no incorporar instituciones que ya figuraban en otros códigos de esa época  tales como el contrato de suministro, la hipo-naval, los contratos bancarios, y las transformación que habían adquirido los contratos de seguro, la sociedad anónima y los títulos-valores, Otra deficiencia que  puede notar según criticaron  los estudiosos de la materia es que  dentro del tiempo que estuvo vigente este código siempre existió una desvinculación entre los preceptos del código y las instituciones mercantiles de aquella época, y no se trabajó por hacer reformas es decir nunca se notó una preocupación de ir incorporando al código  las instituciones que el comercio iba desarrollando en la vida económica de la nación.  Este  código rigió hasta que entro en vigor el código de comercio del 9 de Agosto de 1940. A esta fecha de 1940 el Código Mercantil había sufrido una gran transformación en todas sus instituciones, su concepto había dejado de ser el tradicional sobre los actos de comercio. El derecho cambiario y el de seguros habían adquirido una fisionomía absolutamente diferente de las que se perfilan en el Código de 1899. Los títulos valores, las sociedades anónimas y los contratos bancarios ya habían adquirido una construcción jurídica que se desconoce absolutamente en el código de 1899, lo mismo que el derecho de quiebras y todas aquellas instituciones que las convenciones internacionales habían conquistado como un derecho uniforme, el cual se desconoce absolutamente en el código de 1899 que rigió hasta 1940.

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