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Exacerbando el Poder


Enviado por   •  11 de Agosto de 2018  •  Ensayos  •  809 Palabras (4 Páginas)  •  139 Visitas

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Exacerbando el poder: la ordenanza de Quilpué.

Desde que salió la noticia sobre la idea de una ordenanza en la cual el alcalde de Quilpué pretende imponer un toque de queda, una restricción a la libertad de circulación o ambulatoria, como a la libertad personal, para los jóvenes menores de 14 años que circulen sin la compañía de un adulto desde la 1 am hasta las 5 am. De ser sorprendidos los jóvenes serán puesto a cargo de Carabineros hasta ser entregados a sus padres, los que además deberán pagar una multa.

La justificación para esta medida ha sido desde el peligro de la droga, hasta la gran cantidad de delitos, dicen desde el municipio, que se cometen por este grupo etario. Respecto a esto último, el alcalde ha dicho en una entrevista a “El Observador” que “(…) en la actualidad es necesario disponer de una ley, regulada por las comunas, que restrinja el horario nocturno de los menores de 14 años. Que estos niños no circulen por las calles ni menos sean sorprendidos en bares y discotecas”, agregando que “delincuentes mayores recurren a menores para cometer delitos. Son jóvenes vulnerables, que no están conscientes de la gravedad del tema, así que yo quedé en estudiar esta situación, para ver la ordenanza, y proponer también al Parlamento una indicación, en materia de ley, sobre la regularización horaria de menores en vías públicas” (http://web.observador.cl/alcalde-de-quilpue-estudia-implementar-ordenanza-municipal-para-restringir-salidas-nocturnas-de-menores/).

Debido a el título en que ha salido en muchos medios de comunicación, y en portales de internet, refiriéndose a la ordenanza como “un toque de queda” es que se ha generado un verdadero revuelo trayendo a la memoria lo vivido por una parte de nuestra población en la dictadura militar, lo que ha hecho perder, un poco, el foco real desde el que debe analizarse este tema.

Lo primero que debemos determinar es de que estamos hablando en esta ordenanza. En esta ordenanza se quiere restringir el derecho fundamental a la libertad de personal o la libertad física del individuo, el que prohíbe privaciones ilegales o arbitrarias que impongan límites a la facultad de desplazamiento. Este derecho no solo tiene fuente constitucional en el artículo 19 °7 letra a) y b) de nuestra Constitución Política, sino que también tiene una consagración internacional en los artículos 6 y 22 de la Convención Americana de Derechos Humanos, y en los artículos 9 a 13del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Hasta este punto, parecería que la ordenanza no reviste la calidad de ilegal o arbitraria, pero para esto debemos pasar al siguiente punto.

Nuestro artículo 19 N°26 de la Constitución Política de la República consagra La Constitución asegura a todas las personas:   26º.- La seguridad de que los preceptos legales que por mandato de la Constitución regulen o complementen las garantías que ésta establece o que las limiten en los casos en que ella lo autoriza, no podrán afectar los derechos en su esencia, ni imponer condiciones, tributos o requisitos que impidan su libre ejercicio”. Como queda claro, con este conjunto de artículos, no puede afectar la esencia de este derecho de esta manera el Profesor Humberto Nogueira ha dicho “ La libertad persona está vinculada a la seguridad personal, vale decir, al derecho a no ser perturbado en su libertad, a través de detenciones, arrestos y otras medidas que, adoptadas en forma contraria al ordenamiento jurídico o arbitrariamente, amenacen, perturben o priven a la persona de los distintos ámbitos o atributos que integran la libertad ambulatoria. (Humberto Nogueira, Derechos Fundamentales y su Garantías, Tomo II, año 2009, Librotecnia, pag. 408).

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