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Expectativa plausible

Dickson T VallenillaEnsayo25 de Octubre de 2021

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República Bolivariana de Venezuela

Universidad Nororiental Privada

Gran Mariscal de Ayacucho

Núcleo Barcelona-Edo Anzoátegui

Expectativa Plausible

Profesor: Elaborado por:

Octubre-2021

Resúmen

La expectativa plausible intimamente relacionada con los principios constitucionales, goza de gran importancia para el ordenamiento jurídico venezolano al momento de dictar sentencia, o indicar alguna resolución juridíca, debe estar mezclada a la Confianza Legítima, tema este de importante connotación procesal-constitucional debido a todo lo que abarca. Las decisiones emanadas de alguna entidad jurisdiccional o administrativa, debe estar basada en el principio de seguridad jurídica, o expectativa plausible, pues permite tener credibilidad de las decisiones tomadas ante el ciudadano común, brindándole seguridad, y legalidad en cada palabra por este motivo, la confianza legítima debe actuar en base a la imagen que se desea transmitir al ciudadano como por ejemplo: tener la certeza de que las actuaciones y decisiones tomadas, serán bajo estrictas reglas de legalidad mantiendo su palabra en base al principio de seguridad jurídica. En sistensis, la confianza legítima, es la confianza que tienen los particulares de que los órganos del Poder Público actuarán como lo han venido haciendo en circunstancias similares.

Cada principio constitucional va de la mano con la expectativa plausible, permitiendo estar relacionada con la expectativa plausible, como por ejemplo la relación que guarda con el principio de irretroactividad de la ley, o con el principio de legalidad e igualdad ante la ley.

Por otro lado Las jurisprudencias, también ratifican la relación que existe entre la constitución sus principios y la expectativa plausible tomándola en cuenta como otro principio constitucional necesario para el correcto funcionamiento de los organos jurisdiccionales al momento de impartir justicia.

Introducción

El complejo pero fascinante mundo jurídico engloba un arma que debe conciliar varios puntos de vistas en un mismo problema, las normas que constituyen un estado de dereccho de la mano con las garantías procesales y constitucionales, ponen de manifiesto una especie de escudo en favor de los justiciables para que esas peticiones realizadas ante las entidades correspondiente sigan siendo tratadas en igual forma como se ha ido realizando en casos similares. Para que los órganos jurisdiccionales no atraviesen la linea de la legalidad resguardandose en sus derechos y atribuciones, incurriendo en daños juridicos al ciudadano comun, existe la expectativa plausible o confianza legítima, es una forma de protección para todas esas personas que acuden en busca de soluciones de conflictos, en busca de trámites administrativos o de algunas decisiones judiciales, y tengan la seguridad jurídica de que el estado actuará conforme lo establecen las normas en su caso particular como en cualquier otro caso, apegado a derecho, basándose en el principio de legalidad y certeza jurídica, estando consciente de que una vez dictado o declarado el procedimiento a seguir en un caso especifico, el día de mañana no va a cambiar de opinion y va a entorpecer los derechos de esa persona, faltándole a su palabra como representante de los órganos estadales.

La expectativa plausible viene a exigir un control a las entidades jurídicas y estadales sobre curso de las decisiones emanadas, de modo que previene que no falten a su palabra ni a los principios constitucionales, es decir debe respetarse cada decisión legítima, en resguardo de la institución de la irretroactividad. En efecto, todas las decisiones que provienen de los órganos jurisdiccionales plasman los modos de conducir en una nación en un momento determinado y configuran una confianza en los particulares y en la administración de que las solicitudes efectuadas por ellos van a tener el mismo tratamiento dado por el órgano jurisidiccional a casos similares, creandose en cada sujeto una espectativa de que sus intereses subjetivos no le seran perjudicados,

Se trata entonces de un principio que responde a la tensión que ocurre dentro del derecho y, específicamente, respecto a la actuación del Estado, esto es, la necesidad de seguridad y estabilidad. En el caso de las decisiones de jurisprudenciales la expectativa plausible esta ligada al principio de legalidad, en resguardo de la tutela judicial efectiva.

El presente ensayo, tratará este tema de una forma breve y sencilla de modo que se pueda entender en cada preposición, e ideas plasmadas en estas lineas; es un tema realmente interesante por cuanto han sido abordado puntos importantes tratados en jurisprudencias del maximo tribunal de la nación formando parte de la presente reseña.

Planteamiento del problema y sus objetivos

El derecho como norma que regula toda conducta humana, encargada del control y supervisión del cumplimiento legal de cada precepto establecido, inclueyendo los principios constitucionales, coadyuvando a la justicia social de derecho, a la paz, el respeto de los derechos humano, e inculcando la verdad en la solución de conflictos, para el otorgamiento de justicia, tal cual lo expresa el articulo 257 constitucional sobre el proceso judicial, la expectativa pausible forma parte de este proceso para garantizar la legaligad juridica en todas sus presentaciones, no puede existir justicia si se violentan los principios constitucionales, no puede existir justicia sin previa garantias constitucionales que avalen y respalden la seguridad jurídica del ciudadano común, en este sentido se presenta la inquitud sobre la real importancia de la expectativa plausible, y si goza de rango constitucional, por este motivo se establece la finalidad de escudriñar un poco referente este tema, todo lo antes mencionado constituye el tema principal del problema, de allí se manifiestan algunas interrogantes en el presente ensayo, basado en la espectativa plausible por lo tanto es necesario preguntarse:

¿La expectativa plausible, goza de rango constitucional.?

¿Guarda relacion con los principios constitucionales. ?

¿Cual es la opinion de la sala del Tsj sobre la expectativa plausible.?

El objetivo central de este ensayo es conocer el tema de la expectativa pausible desde la optica jurisprudencial y doctrinaria.

Asimismo, saber que pasa si se violenta la expectativa plausible en los organos jurisdiccionales.

Marco teórico

Oringen

La expectativa plausible, también conocida como principio de legítima defensa, tiene su génesis en el derecho Aleman, nace del reconicido caso de la viuda de Berlin, anciana que la adminitración estadal le prometió una pensión por su viudéz si tomaba la decisión de irse a Berlin occidiental de formapermanente, al escuchar la propuesta, la señora aceptó y decidió erradicarse en Berlin por su pensión la cual empezó a recibir, pero un tiempo después la administración, en base al principio de la legalidad, consideró que la viuda no reunía las condiciones para recibir la pensión, y por lo tanto a su juicio ya no debía recibir su prestación y a raíz de esto, la anciana presentó una solicitud de protección ante la actuación del Estado y los tribunales la ampararon en su solicitud, anulando el acto, por considerar que ella apegó su conducta a lo que fué el requerimiento estatal por lo que quedó establecido que podría continuar recibiéndolas y desde este momento se puede presenciar la legítima defensa o principio de espectativa plausible.

En el caso de venezuela según los historiadores, hace presencia en los años 70 que si bien aún no estaba reconocido como tal, si empezó hacerse notar en la parte emotiva de algunos fallos o votos salvados de la Corte Suprema de Justicia.

Noción

Iniciando el desarrollo de este interesante tema, traemos a colación el concepto indicado por Colman, donde señala a la expectativa plausible como un “sistema de defensa”:

“La expectativa plausible, es un sistema de defensa en manos de los ciudadanos ante las actuaciones súbitas, impredecibles o sin cautelas suficientes de los distintos Poderes Públicos (administrativo, legislativo y judicial) con el objeto de proteger, en los casos que así lo merezca, la confianza depositada por aquellos en la estabilidad de la conducta de éstos, aún cuando la actuación generadora de dicha confianza fuera irregular (Colman Edward, 2011).”

Asimismo, pedro José Covielo reseña a la protección legitima como:

“Una institución de derecho público, derivado de los postulados de estado de derecho, de seguridad jurídica y de equidad, que ampara a quienes de buena fé creyeron en la validéz de los actos, comportamientos, promesas, declaraciones o informes de la autoridad pública que sean juridicamente relevantes y eficaces para configurarla, cuya anulación modificación o revocatoria provoca un daño antijurídico en los afectados….”

La expectativa plausible, puede ser considerada como la seguridad o el respaldo jurídico que tiene el ciudadano común en ciertas situaciones donde se vea directamente afectado a raíz de las decisiones de las entidades estadales y órganos administrativos de justicia,

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