FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL ECONÓMICO
NayeliVVSíntesis26 de Agosto de 2022
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Tema 3: FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL ECONÓMICO
El derecho internacional público busca la ordenación de las relaciones interestatales, además que también ayuda a hacer valer las expectativas económicas internacionales, es decir lo que se planea alcanzar por parte de los países al relacionarse económicamente con otros, para lo que muchas veces se une con el derecho nacional de determinados países.
Existen sanciones jurídicas y fáticas (cuya eficiencia es destacable) para las obligaciones que son violadas en el derecho internacional económico, las cuales han permitido que haya una adecuada relación económica entre los países industrializados y los que están en vías de desarrollo (aunque a veces resulta más beneficiada la nación más desarrollada). Al mismo tiempo, ahora el derecho internacional público tiene más autoridad en la práctica estatal, un claro ejemplo son las resoluciones vinculantes del Consejo de Seguridad de la ONU, las cuales imponen sanciones que van en contra del terrorismo, en estados individuales.
Es importante destacar, que para que el derecho internacional público tenga la mejor participación en la práctica estatal, debe de estar lo más arriba posible en el orden jerárquico nacional.
Costumbre internacional
Esta fuente del derecho se genera a través de cómo se comportan los sujetos del derecho internacional público (sobre todo los estados y organizaciones internacionales) durante cierto periodo de tiempo, a la vez que refleja la convicción que tienen sobre la existencia de una obligación jurídica.
Esta fuete menciona que las normas convencionales especiales siempre prevalecen sobre la cultura internacional, pero también hay algunas excepciones como lo son la no sujeción de los estados a una jurisdicción extranjera.
La formación del derecho consuetudinario (el que se ve como una obligación jurídica, pero está basada en costumbres y es una como tal) es un proceso largo y complicado, ya que con frecuencia se debate entre sí es parte de la costumbre internacional vigente o no, ya que muchas veces la opinión de una gran parte de la comunidad internacional pasa por encima de la práctica estatal.
Algunas resoluciones de la asamblea general de las Naciones Unidas demuestran que hay una convicción que aún no se puede sustentar completamente para que se considere un derecho internacional, pues las costumbres como tal no representan una fuente auténtica del derecho, sin embargo, sí pueden ayudar a que se consoliden ciertas reglas. Para estas opiniones se utiliza el concepto de soft law, y dentro de este también se encuentran los esfuerzos por desarrollar códigos de conducta adecuada que deben tener las empresas transnacionales.
Tratados sobre el tráfico económico interestatal
Aunque aún falta un convenio general que regule la economía internacional por medio de reglas uniformes, se tiene un gran progreso en la regulación de las relaciones de comercio exterior. Un claro ejemplo es el Acuerdo General sobre Aranceles y Comercio (GAAT por sus siglas en inglés), que incluye disposiciones aduaneras y aranceles a la importación.
Se podría decir que la base para esta fuente de regulación o tratados es la Organización Mundial de Comercio (OMC), ayudado también por el Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Mundial (BM).
Además del GAAT, existen otros acuerdos internacionales de cooperación económica, como el que ha alcanzado la Unión Europea (que se considera el bloque internacional más avanzado en el tema) con el acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (EEE) y el Tratado de la Comunidad Europea (TUE). En otras partes del mundo, igualmente existen otros convenios, como el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), el tratado Mercosur y con un poco menos de eficacia la Comunidad Andina, todos estos existen para contribuir a una mejor relación económica entre las naciones.
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