Falta de motivación de los actos administrativos y en las sentencias como causal de nulidad
Kerly GuerraApuntes28 de Octubre de 2022
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INSTITUTO SUPERIOR TECNICO JUAN MOTALVO
Promoción Social Comunitaria
Nombre y apellidos. - Mayra Cuasapaz Cuasapaz
Asignatura. – Derecho Administrativo
Periodo académico. -2022
Tema de Redacción. – Falta de motivación de los actos administrativos y en las sentencias como causal de nulidad
Fecha. – 2022/03/07
Abg. Jorge Luis Carrión
FORMULACIÓN DEL PROBLEMA. - ¿Qué consecuencias provoca la falta de motivación de los actos administrativos?
ANALISIS
Si bien es cierto, la exigencia de un acto administrativo debe ser motivado y debe de estar sumamente claras las reglas del proceso administrativo. El alcance obligatorio de la administración se va deteriorando cuando las normas y principios resultan aplicadas por la jurisprudencia.
La motivación es un elemento autónomo del acto administrativo, así como también se ha destacado que la motivación ocupa en la estructura del acto administrativo un lugar similar al que ocupa la fundamentación en las sentencias judiciales de tal manera que ofrece la Administración en respaldo de una actuación administrativa con valor de acto administrativo.
Además, podemos numerar los diferentes elementos de los actos administrativos tanto esenciales como eventuales. Dentro de los elementos esenciales podemos definir que aquellos que pueden concurrir para que el acto administrativo sea considerado como válido, legal caso contrario cualquier falla podría afectar la legalidad de dicho acto administrativo. Dentro del sujeto son la administración pública representado por una persona legalmente competente. La forma es la manifestación que tiene dicho acto en acceder a los derechos, dentro de la causa podemos encontrar que la doctrina lo define tanto un lado objetivo y subjetivo. En finalidad es un derecho que asigna un fin específico de carácter público y Moralidad toda aquella actuación administrativa tendrá siempre una base moral.
Dentro de los elementos eventuales son aquellos que, sin ser indispensables, llegan a ocurrir dándole una variante al acto administrativo.
Para evitar cualquier tipo de falencias en la motivación de los actos administrativos las autoridades administrativas tienen la obligación de plasmar los derechos constitucionales de la población, mediante actuaciones tendientes a satisfacer las necesidades del pueblo, y en ese orden de ideas encontramos el acto administrativo como una herramienta preponderante para cumplir con los pilares del estado social de derecho en el que vivimos.
La relación que existe en sobre las decisiones de la administración es que gozan del principio de presunción de legitimidad, es decir se supone que sus resoluciones han sido dictadas conforme a derecho y la impugnación de los actos administrativos gozan del presupuesto de legalidad y legitimidad, son generalmente contradecibles mediante la sede administrativa conforme lo establecen tanto el Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, como las normas que regulan cada ente gubernamental específico, según sea el caso.
Para concluir, la falta de motivación genera la nulidad de la resolución que deroga las tasas para la administración de justicia inicialmente impuestas, hecho gravísimo, que genera incertidumbre sobre su aplicación o exigibilidad y podría viciar la defensa de las partes, pudiendo ocasionar perjuicios ilimitados. Así como también el acto administrativo representa un arma excepcional de los estados del mundo para poder descentralizar el poder administrativo, y envolver a ciertas autoridades con el poder legal de expedir actos que ejecuten la voluntad constitucional.
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