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Funciones De La Juntas Superior De Las Fuerza Armada Bolivariana D Venezuela


Enviado por   •  12 de Octubre de 2013  •  1.362 Palabras (6 Páginas)  •  2.002 Visitas

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El Ministerio del Poder Popular para la Defensa: Es un organismo del Estado venezolano encargado de coordinar, controlar, administrar y supervisar las operaciones y actividades de los 4 componentes de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana.

Tiene su origen en el Despacho de Guerra y Marina creado el 25 de abril de 1810 por la Junta Suprema de Caracas y su primer secretario fue el Capitán de Fragata Lino de Clemente.

Por decreto del 29 de julio de 1863 del presidente y mariscal Juan Crisóstomo Falcón se erige como Ministerio de Marina hasta el 1 de julio de 1874 cuando pasa a denominarse Ministerio de Guerra y Marina por decreto del Congreso de los Estados Unidos de Venezuela.

En 1946 por decreto de la Junta Revolucionaria de Gobierno se transforma en Ministerio de la Defensa Nacional y en 1951 pasa a denominarse Ministerio de Defensa, nombre que conservaría hasta el 8 de enero del 2007 cuando es erigido por decreto del presidente Hugo Chávez a su nombre actual: Ministerio del Poder Popular para la Defensa.

El ministerio es un ente dependiente directamente de las órdenes del Presidente de la República Bolivariana Venezuela o Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, Nicolás Maduro Moros.

El actual ministro de Defensa es la Almirante en Jefe Carmen Teresa Meléndez Rivas.1

La sede del Ministerio está ubicada en el fuerte Tiuna, en Caracas.

Misión: Dé la Fuerza Armada Nacional Bolivariana•Artículo 3º. La Fuerza Armada Nacional Bolivariana tiene como misión fundamental, garantizar la independencia y soberanía de la nación y asegurar la integridad del espacio geográfico, mediante la defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el desarrollo nacional.

Los componentes que conforman la Fuerza Armada Nacional Bolivariana son, a saber, los siguientes:

- Milicia Nacional Bolivariana.

- Ejército Nacional Bolivariano.

- Armada Nacional Bolivariana.

- Aviación Militar Nacional Bolivariana.

- Guardia Nacional Bolivariana.

Los principales roles cumplidos por la Fuerza Armada son la defensa de la soberanía del territorio nacional, espacio aéreo, insular, el combate al tráfico de drogas, búsqueda y rescate y protección civil en los casos de desastre. Todos los ciudadanos venezolanos varones tienen el deber legal de inscribirse en el registro militar al cumplir los 18 años de edad, que es la mayoría de edad en Venezuela, aunque la prestación como tal del servicio actualmente es voluntaria. A parte del funcionamiento esencial de la seguridad y defensa de la Nación con el funcionamiento de los cuatro (4) componentes y la Milicia Nacional, la Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana señala también el funcionamiento de la Guardia de Honor Presidencial de Venezuela en su artículo No. 8, así como su condición de cuerpo encargado de la seguridad, custodia y protección del Presidente(a) de la República así como sus familiares directos.

De este modo dos de los otros cuerpos secundarios de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana son los siguientes:

- Milicia Nacional Bolivariana.

- Guardia de Honor Presidencial.

Síntesis Histórica: Con el nombre de Secretaría de Guerra y Marina es conocida la primera institución que en fecha 25 de Abril de 1810, fue establecida en el país con un propósito análogo al del Ministerio de la Defensa. Formando parte de la Junta Suprema y siendo su primer conductor don Lino de Clemente y Palacios.

Entre 1813 y 1863 en varias oportunidades la Secretaría de Guerra y Marina es individualizada por ramo, constituyéndose entonces como Secretaría de Guerra y Secretaría de Marina, Secretario o Ministro de Estado en los Despacho de Guerra y Marina.

El Mariscal Juan Crisóstomo Falcón, Presidente de la República, separa los dos ramos de defensa, estableciendo en fecha 29 de Julio de 1863 el Ministerio de Marina. Durante once años los Ministerios tendrán, por separado, sus respectivos Ministros hasta que por Decreto emitido por el Congreso de los Estados Unidos de Venezuela en fecha 1º de Julio de 1874, se retoma la fusión de los ramos de defensa bajo la figura de Ministerio de Guerra y Marina.

Transcurridos setenta y un años pasa a identificarse como Ministerio de la Defensa Nacional según Decreto Nº 348

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