Historia constitucional de mexico
María Cristina Usaquen R.Ensayo8 de Octubre de 2020
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HISTORIA CONSTITUCIONAL DE MÉXICO[pic 1]
UNIDAD 8 ACTIVIDAD 3
Lea el texto de Emilio Ó. Rabasa, “La constitución social o el liberalismo económico social. Momentos estelares” (capítulo V) y junto con el análisis que haga del texto original de la CPEUM de 1917, elabore un ensayo de 2 a 3 cuartillas en donde analice las circunstancias históricas en las que fueron debatidos los artículos 3°, 5°, 123° 27°, 28° 24° y 130° y emita una opinión fundamentada al respecto, vinculándola con el presente.
ENSAYO
En la parte histórica se vio garantizado el derecho de cada individuo a profesar libremente cualquier creencia religiosa y de poder practicar el culto que a ésta corresponda , podemos decir que México tiene aun vigencia la libertad religiosa , aunque parcialmente . De acuerdo al artículo 24 de la Constitución. El culto religioso solamente puede llevarse a cabo en los domicilios particulares y en los templos , el de carácter publico solamente en estos últimos .
Los años que nos separan de la promulgación de la Constitución de Querétaro , se ven actos de culto externo en todo el país los cuales no han sido prohibidos, las iglesias actúan sin obedecer la Constitución y la autoridad , transgrediendo el propio compromiso legal .
La propiedad de las corporaciones eclesiales y la personalidad jurídica de las iglesias , de acuerdo al articulo 27 de la Constitución , se prohíbe que las iglesias adquieran , posean o administren bienes raíces y capitales impuestos sobre ellos , proclamando al igual que todos los templos son propiedad de la nación . Es consecuente de acuerdo a estas disposiciones ya que la iglesia posee una inmensa propiedad territorial , siendo llevado a las leyes de Reforma , para lograr el despojar de toda posesión y dominio sobre cualquier inmueble a el clero .
En tiempo actual , las limitaciones de poseer inmuebles no es aplicable solamente a la Iglesia ,también a entidades que cuentan con personalidad jurídica , siempre con el objeto de impedir la concentración de tierra , por tanto la situación de las corporaciones religiosas en materia de propiedad inmobiliaria seria parte del régimen general.
Instituido el articulo 130 en donde se despoja a las iglesias de personalidad jurídica . La separación de la Iglesia y el Estado es un hecho histórico , pero no requiere suspender derechos a quienes se dedican profesionalmente al culto , a los sacerdotes de cualquier religión .
En cuanto a la enseñanza es libre , la ley determina que profesiones necesitan titulo para su ejercicio y con que requisitos se deben expedir . Implicando un derecho al clero independientemente de que la enseñanza en las escuelas oficiales fuese de carácter laico , sin injerencia de ninguna religión . De acuerdo al articulo 3 donde funda sus conclusiones en poner limites a la acción de la iglesia católica en el aspecto educativo , la gratuidad de la educación , siendo obligatorio la asistencia para todos los mexicanos .
Las garantías sociales consagradas en el articulo 123 , que vienen a ser un conjunto de derechos otorgados a determinadas clases sociales que tienden a mejorar y consolidar su situación económica, estipula derechos mínimos de la clase trabajadora fundamentando todo lo referente al Derecho Individual , Colectivo y Procesal del Derecho del trabajo .Ajustándose al igual al articulo 5 , nadie podrá ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa retribución y sin su pleno consentimiento .
Reflexión : algunos aspectos que se han logrado debatir y llevar a reformar en cuanto a la prohibición de la enseñanza impartida por el clero , se ha suprimido en la actualidad permitiendo la libertad de desarrollo personal y profesional en beneficio de la comunidad , siendo claros al igual que la separación es total del Estado y la iglesia , por tanto no se relaciona ni se hace oficial , sencillamente se impone una orientación laica en la educación .
No relacionando ni oficializando la religión .se impone una orientación laica en la educación , como corresponde a un Estado laico .
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