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Identificar los derechos y deberes que tiene cada persona como un verdadero ciudadano.


Enviado por   •  1 de Abril de 2016  •  Resúmenes  •  1.416 Palabras (6 Páginas)  •  349 Visitas

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UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA  DE HONDURAS

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ASIGNATURA:

Introducción al Derecho

CATEDRÁTICO:

Abg. Arturo Iván Hernández

TRABAJO:

Resumen

ESTUDIANTE:

Rosibel López Benítez

29/03/2016

Introducción

La nacionalidad ha sido y sigue siendo uno de los pilares para que una persona pueda ser reconocida ciudadana en un determinado país, este se da por medio del vínculo que tiene el hombre con el estado ya que este en quien se encarga de generar la verdadera soberanía de un pueblo. Es considerada como un estado natural de los seres humanos. Tal estado no es sólo el fundamento mismo de su capacidad política, sino también de parte de su capacidad civil. El derecho a tener una nacionalidad significa dotar a las personas de un mínimo de amparo jurídico en las relaciones internacionales. Así como la nacionalidad es el nexo jurídico y político que relaciona a una persona con un Estado, la naturalización viene a ser el acto voluntario de quien desea adquirir una nacionalidad determinada diferente de la original.


objetivos

  • Identificar los derechos y deberes que tiene cada persona como un verdadero ciudadano.
  • Distinguir las razones por los cuales una persona es o puede ser apátrida.
  • Conocer cada uno de los artículos los cuales nos hacen constar que somos verdaderos hondureños.

        


Pérdida de la Nacionalidad, Apátridas, Doble Nacionalidad Naturalización

En la perdida de nacionalidad hay dos tipos: Pérdida de la nacionalidad originaria: se produce por la efectiva adquisición de una nacionalidad extranjera teniendo ello efecto fundamental, en virtud de la voluntad del sujeto.

Pérdida de la nacionalidad adquirida: se produce cuando un individuo adquiere una nueva nacionalidad, en renuncia de otra nacionalidad adquirida, que antes tenía.

Puedo decir que los apátridas: son aquellas personas que de alguna manera han perdido la nacionalidad, vale decir son las personas que han perdido su patria porque han sido despojadas de su nacionalidad y no han podido adquirir una nueva.

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Dicho de otro modo son aquellas que carecen de nacionalidad. Ya sea por  renuncia, sin adquisición de una nueva nacionalidad o porque nunca la tuvo.

En resumen es una persona sin derechos, ya que no es ni ciudadano ni extranjero.

Doble nacionalidad: esto quiere decir la nacionalidad de aquellas personas que adquieren la nacionalidad de otros países.

Naturalización: La naturalización o nacionalización es el proceso por el cual un ciudadano de un estado adquiere la nacionalidad de un segundo con el cual ha adquirido algunos vínculos  ya sea de carácter civil o político, por el cual los extranjeros adquieren los privilegios y derechos que pertenecen a los naturales del país.

En este caso entiendo que la naturalización exige, expresa y renuncia a la nacionalidad de origen o anterior.

De la nacionalidad y ciudadanía: La Constitución de la República como norma jurídica fundamental, la nacionalidad se adquiere de dos formas: por nacimiento y por naturalización.

Según el artículo 23 de la constitución dice que los hondureños por nacimiento son aquellos que  cumplen con los siguientes requisitos: los nacidos dentro del territorio, los nacidos en el extranjero pero que algunos de sus padres sea hondureño. Los que nacen a bordo de  aeronaves o embarcaciones de guerra hondureñas, naves mercantes en aguas del territorio hondureño.

Hondureños por Naturalización:   el artículo 24 establece seis casos en los cuales un extranjero podrá obtener la nacionalidad hondureña por naturalización y son los siguientes: Los centroamericanos por nacimiento que tengan como mínimo un año de residencia en el país, los españoles e iberoamericanos por nacimiento que tengan dos años consecutivos de residencia en el país. Los extranjeros que hayan residido en el país por más de tres años consecutivos. Los que obtengan carta de naturalización decretada por el Congreso Nacional por servicio extraordinarios prestados a Honduras.

Otra de las disposiciones constitucionales establece que mientras resida en Honduras ningún hondureño por nacimiento podrá invocar nacionalidad distinta de la hondureña.

Esto significa que cada persona que resida en este país debe ser leal y sobre todo respetar la ciudadanía hondureña.

El artículo 28 de la Constitución establece los dos casos en los cuales la nacionalidad hondureña se pierde:

-. Por naturalización en país extranjero; este consiste cuando se naturaliza en un determinado país donde no ha firmado la doble nacionalidad con Honduras.

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