Iniciativa de Ley. Proyecto de la Iniciativa.
SaelMaguTarea5 de Noviembre de 2015
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Iniciativa de Ley.
Proyecto de la Iniciativa.
Distribución e instalación de planteles educativos en todo el territorio de la república mexicana con el objetivo de llevar la educación a todo el país, sobre todo a las comunidades que tienen un difícil acceso a ella.
Discusión.
La ley ha de ser discutida por la cámara que ha dado su origen la cual, mediante el proceso de análisis de la propuesta, se ha dado una aprobación y será enviada a la próxima cámara para que realice su evaluación.
La siguiente cámara ha recibido la propuesta y trabajará en conjunto con la cámara de origen mediante observaciones, votaciones y análisis de la propuesta, realizar su decisión acerca de la aceptación o el desecho de dicha propuesta. La cámara tomará en cuenta la exposición de los motivos de la propuesta de creación de dicha ley. Analizan e identifican el problema nacional al que va dirigida dicha ley, es decir una justificación al problema a la que va dirigida. De esta forma se observará la redacción de los artículos o demás ordenamientos con forme a la ley que puedan contradecir o invalidar dicha propuesta, de ser así, quedará descartado la propuesta ya que no se puede adaptar a las normas y por último analizarán las sanciones que dicta la propuesta para dicha ley. Después de recibir la ley, la cámaras que han trabajo en conjunto dan su aprobación y será devuelta la protesta a su cámara de origen
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La aprobación.
La cámara ajena a la del origen de la propuesta ha llevado a cabo su periodo de análisis, discusión junto con la cámara de origen, votación y ha devuelto la propuesta a su cámara de origen luego de tal proceso, con esto se lleva a cabo la promulgación y la publicación por parte del poder ejecutivo después de un lapso de 30 días en donde se analizará rigurosamente la propuesta y se realizarán observaciones de ella en caso de ser necesario, si la propuesta no requiere modificación alguna o refutación (desecho) se dará la aprobación por parte del poder ejecutivo el cuál después de la sanción la publicara y promulgará.
La sanción.
En este proceso jurídico, el poder ejecutivo analiza la propuesta y decide aceptarla, por lo que ha devuelto a la cámara de origen de dicha ley la propuesta sin observaciones y en 10 días podrá ser promulgada y publicada después del proceso de análisis de las cámaras y el poder ejecutivo.
Promulgación e Iniciación de la Vigencia
Según el artículo 71 y 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos, la presente iniciativa no puede formalizar su proceso dado que el documento no ha sido entregado a alguna de las Cámaras, por tanto no existe aún la promulgación de la ley.
Exposición de Motivos.
Nos gustaría comenzar, exponiendo el artículo tercero de nuestra constitución, pues si bien es conocido, nuestra iniciativa existe porque creemos que no ha sido bien aplicado.
ARTICULO 3. TODO INDIVIDUO TIENE DERECHO A RECIBIR EDUCACION. EL ESTADO –FEDERACION, ESTADOS, DISTRITO FEDERAL Y MUNICIPIOS–, IMPARTIRA EDUCACION PREESCOLAR, PRIMARIA, SECUNDARIA Y MEDIA SUPERIOR. LA EDUCACION PREESCOLAR, PRIMARIA Y SECUNDARIA CONFORMAN LA EDUCACION BASICA; ESTA Y LA MEDIA SUPERIOR SERAN OBLIGATORIAS. […] EL ESTADO GARANTIZARA LA CALIDAD EN LA EDUCACION OBLIGATORIA DE MANERA QUE LOS MATERIALES Y METODOS EDUCATIVOS, LA ORGANIZACION ESCOLAR, LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA Y LA IDONEIDAD DE LOS DOCENTES Y LOS DIRECTIVOS GARANTICEN EL MAXIMO LOGRO DE APRENDIZAJE DE LOS EDUCANDOS.[…]
Según la UNESCO La educación es un derecho humano fundamental, esencial para poder ejercitar todos los demás derechos. La educación promueve la libertad y la autonomía personal y genera importantes beneficios para el desarrollo. Sin embargo, millones de niños y adultos siguen privados de oportunidades educativas, en muchos casos a causa de la pobreza. A pesar de ello, bien se sabe que en nuestro país la educación no llega a todas partes y que dónde está, tampoco se encuentra en todos los niveles, por lo que tampoco es raro que por tal causa existan altos niveles de analfabetismo. De esta forma, nos parece justo y necesario, que exista una ley que proteja y “fomente” este derecho, así, planteamos la iniciativa de llevar escuelas a los lugares más pobres y aislados del país, claro está, proporcionando los materiales necesarios según el nivel educativo y disponiendo de profesores competentes y comprometidos con su trabajo, pues no podemos concebir una buena educación si en los profesores no existe una vocación real de servicio y la preparación pedagógica para transmitir sus conocimientos.
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