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Juicio Privilejiado

bombero6930 de Agosto de 2013

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“BUFETE JURÍDICO PROFESIONAL”

AV. 9 PONIENTE 519 LETRA “A” TELS : 4 049062 y 4 049063.

PUEBLA, PUE.

CIUDADANO JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE TECALI, CON RESIDENCIA EN LA CIUDAD DE TECALI DE HERRERA, PUEBLA.

ARMANDO ORTIZ ROSSAINZ, promoviendo por mi propio derecho, señalando como domicilio particular el ubicado en el Boulevard Cuauhtémoc Sur, número doscientos ocho, interior ocho de la colonia centro de la ciudad de Tepeaca; y señalando como domicilio para recibir las notificaciones que me correspondan, sito en los estrados de este Honorable Juzgado, autorizando para que en mi nombre y representación las reciban de manera conjunta o indistinta, a los ciudadanos abogados, ANA LUISA ROJAS ESCALONA y YOHABEN ARMANDO ROBLEDO ROJAS, designando como abogado patrono al ciudadano MAURICIO ARENAS HERNANDEZ, quien tiene Título Profesional para ejercer la Licenciatura en Derecho, debidamente registrado en el Honorable Tribunal Superior de Justicia del Estado, bajo la partida quinientos sesenta y ocho, a fojas ciento cuarenta y dos vuelta, ante Usted con el debido respeto comparezco para exponer:

Con fundamento por lo dispuesto en los artículos 30, 145, 147, 148, 149 y 151, fracción III del Código de Procedimientos Civiles para el Estado, vengo por medio del presente escrito a solicitar la intervención judicial de su Señoría para que MEDIANTE PROCEDIMIENTO PRIVILEGIADO, se decrete en mi favor LA CONVIVENCIA, a la que legalmente tengo derecho a tener con mi menor hija de nombre SHANIA VIVANI ORTIZ DOSSETTI, en consecuencia, de conformidad con el artículo 684, fracción II de la legislación antes invocada, me permito señalar con toda precisión el nombre y domicilio de la persona que a mi consideración tiene interés en mi solicitud y que por ende debe ser escuchada, siendo estos los siguientes: MONICA DOSSETTI FLORES, madre de mi menor hija, con domicilio sito en la casa sin número oficial del lugar conocido como “Rancho Las Palomas”, ubicado en San Luis Ajajalpan, perteneciente a este Distrito Judicial; al efecto me permito formular la siguiente relación de:

H E C H O S :

1.- El suscrito accionante soy el padre de la menor SHANIA VIVANI ORTIZ DOSSETTI, como lo acredito con la copia certificada de la acta de nacimiento, la cual acompaño a este memorial como anexo uno.

2.- Bajo protesta de decir verdad manifiesto que desde el pasado veintidos de abril del año retropróximo, el suscrito no he tenido la oportunidad de convivir con mi menor hija antes mencionada, pues en aquella ocasión fue cuando mi cónyuge, señora MONICA DOSSETTI FLORES decidió abandonar el domicilio familiar, sin que a la presente fecha haya permitido al suscrito convivir con nuestra menor hija, a pesar de que he hecho todo lo posible para llegar a un acuerdo con mi cónyuge, no obstante haberse comprometido a permitir que entre mi hija ya precitada y el suscrito existiera correspondencia, pues así lo establecimos mediante un convenio que se celebró ante el Agente Subalterno del Ministerio Público de Tepeaca, circunstancia que se justifica con el precitado documento el cual adjunto a este memorial como anexo dos.

3.- Así las cosas y en razón de que entre mi consorte y el suscrito no existe la mínima posibilidad de continuar con nuestra vida conyugal, promoví el Juicio de Divorcio Necesario, el cual legalmente se radicó con el número de expediente 1618/2006, de los del Juzgado de lo Civil de Tepeaca, por ser en dicho lugar en donde establecimos nuestro domicilio familiar, con la esperanza de que en la audiencia de conciliación procesal se pudiera resolver lo relativo a la convivencia, siendo en vano, pues a pesar de haber sido legalmente citada mi cónyuge y ahora demandada, no tuvo a bien presentarse a dicha diligencia, tan es así que en la actualidad está por realizarse el emplazamiento correspondiente; por otra parte es menester también señalar que dentro del juicio mencionado con antelación, y para no incurrir en una falta de obligación para con mi menor hija, he estado exhibiendo las pensiones alimenticias que de acuerdo a mi capacidad económica puedo proporcionar, como lo acredito con los acuses de recibo que acompaño a este memorial.

4.- Por lo expresado acudo a esta autoridad judicial a efecto de que una vez que se le corra traslado a la referida señora MONICA DOSSETTI FLORES, se señale día y hora para que se celebré la audiencia en la que se trate de avenir a las partes, y en caso contrario se desahoguen las pruebas que así lo requieran y así se esté en aptitud de pronunciarse la resolución que proceda, que en el caso concreto, insto sea en el sentido de decretar la convivencia con mi menor hija, pues no existe razón legal alguna para que se deniegue dicha petición.

Las consideraciones de orden legal que sustenta la presente demanda son las siguientes:

D E R E C H O :

I.- Es Usted competente para conocer y fallar de la presente contienda judicial, de conformidad con lo establecido por los artículos 106 y 108, fracción XIII del Código de Procedimientos Civiles para el Estado; en relación con el diverso artículo 40, párrafo tercero de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.

II.- Tengo personalidad para promover el presente juicio, en términos de los artículos 8 y 103 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado.

III.- El fondo del presente juicio se rige por ellos artículos 628, fracción I y IV, inciso a) 629 y 630, del Código Civil para el Estado.

IV.- El procedimiento se rige en términos de los artículos 677, 679, 680, 683, fracción IX y 684 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado.

Con fundamento por lo dispuesto en el artículo 194, fracción VIII, me permito ofrecer desde este momento ofrecer las siguientes:

P R U E B A S :

I.- LA DOCUMENTAL PUBLICA.- Consistente en la acta de nacimiento de mi menor hija SHANIA VIVANI ORTIZ DOSSETTI, la cual adjunto a esta demanda judicial como anexo uno; probanza que tiene relación con los hechos narrados por el suscrito en mi escrito de demanda y que ofrezco para demostrar mi parentesco con la menor precitada y que por ende existe la necesidad de que entre ésta y el suscrito haya convivencia.

II.- LA DOCUMENTAL PRIVADA.-Consistente en la copia del convenio redactado ante el Agente Subalterno de la ciudad de Tepeaca; probanza que tiene relación con los hechos narrados por el suscrito en mi demanda y que ofrezco para demostrar que el suscrito he realizado diversas gestiones tendentes a lograr correspondencia con mi menor hija.

III.- LA DOCUMENTAL PUBLICA.- Consistente en las copias de los acuses de recibo correspondientes a los depósitos por concepto de alimentos a favor de mi menor hija, los cuales adjunto a esta demanda como anexos del tres al cinco, respectivamente; dicha probanza tiene relación con los hechos narrados en mi demanda y tiende a justificar que a pesar de que por parte del suscrito no ha existido desatención para con mi menor hija.

IV.- LA PRESUNCIONAL LEGAL Y HUMANA.- Consistente en las deducciones lógicas y jurídicas que se desprendan de las actuaciones de este juicio, fundamentalmente del hecho conocido consistente en no existe ninguna causa legal y fundada para que mi cónyuge no permita al suscrito ejercer el derecho de convivencia, pues desde que mi cónyuge decidiera salirse del domicilio familiar hasta la presente fecha jamás me he desatendido de la menor, ya que a pesar de que no se me permite verla, no he dejado de proporcionarle lo que mis posibilidades económicas me permiten, de ahí que me resulta totalmente absurda y egoísta la actitud adoptada por mi cónyuge, quien con el afán de fastidiarme utiliza a nuestra menor hija, pues sabedora del amor que tengo hacía la menor, me impide formar parte de cada una de sus etapas de crecimiento, pero lo que más molesta al suscrito, es el hecho de que ni siquiera se ocupa de atender a nuestra menor hija como lo requiere, pues dada su minoría de edad requiere de los cuidados y atenciones propias de una madre que de ninguna manera realiza; en consecuencia, y porque como ya lo he reiterado no existe resolución en donde se me haya privado de los derechos de familia, lo cual se comprueba con las probanzas aportadas y que esta autoridad judicial deberá valorar en todo lo que me favorezca, pues así se estará en posibilidad de pronunciar una resolución en beneficio de mi menor hija.

Por lo expuesto y fundado, atentamente solicito:

PRIMERO.- Tenerme por presente al través de este escrito y documentos que lo acompañan, solicitando a través del procedimiento privilegiado se ordene que pueda ejercitar el derecho de convivencia con mi menor hija SHANIA VIVANI ORTIZ DOSSETTI en los términos que se desprenden del mismo.

SEGUNDO.- Admitir a trámite la solicitud mediante procedimiento privilegiado, debiéndose emplazar a mi contraparte en el domicilio que para tal efecto he señalado, debiendo dar la intervención correspondiente al Ministerio Público de su adscripción.

TERCERO.- En su oportunidad pronunciar resolución que declare probada la acción

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