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Justicia Electoral


Enviado por   •  20 de Agosto de 2012  •  Tutoriales  •  5.277 Palabras (22 Páginas)  •  427 Visitas

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Estatutos Oficiales Comunidad Rowling Chile

Índice:

I Bases de la Comunidad

II Miembros de la Comunidad

III Derechos y Obligaciones de los Miembros

IV Administración de la Comunidad

- Dirección

- Subdirección

- Jefes de Casa

- Prefectos

- Premios Anuales

- Seleccionadores

- Árbitros de Quidditch

- Profesores y alumnos

- Dirección del foro

- Bases Generales de la Administración de la Comunidad

V Pruebas de Casa

VI Quidditch

VII TIMOS y EXTASIS

VIII Consejo de Seguridad

IX Justicia Electoral

Título I

Bases de la Comunidad

Art. 1 Comunidad Rowling Chile es una agrupación de Fans de Harry Potter, sin fines de lucro.

Art. 2 El objetivo central de la Comunidad será la literatura, con especial dedicación a la saga creada por la inglesa Joanne K. Rowling, Harry Potter.

Art. 3 Rowling Chile es una comunidad de democracia indirecta, por lo que las decisiones se tomarán en conjunto por las autoridades máximas que la componen, las cuales comprenden el staff administrativo.

Art. 4 La comunidad representa el Colegio Hogwarts de Magia y Hechicería, por lo cual, esta comunidad se divide en las cuatro casas (Gryffindor, Hufflepuff, Ravenclaw, Slytherin).

Art. 5 Las reuniones oficiales se realizarán los días sábados desde las 11:30 horas hasta las 14:30 horas, en el Parque Balmaceda ubicado en la comuna de Providencia, a un costado del Café Literario (referencia metro Salvador, línea 1).

Art. 6 Ningún sector de la comunidad ni autoridad alguna puede atribuir para sí mismo la representación absoluta de la comunidad.

Art. 7 Todos los miembros de la comunidad, tanto la administración y las autoridades como los estudiantes, deben someter su accionar al estatuto que los rige y a las normas que conforme a ello se consagren.

Art. 8 Los actos de la administración y las autoridades son limitados al bien común de la comunidad, rechazando este estatuto los actos que beneficien a grupos o personas en particular. Estos actos deben ser conocidos por las autoridades o la comunidad completa, si corresponde, para garantizar la transparencia y la probidad de ellos.

Art. 9 La administración actúa previa investidura, la cual realizan los integrantes de la comunidad.

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II Miembros de la Comunidad

Art. 10 Son miembros activos de la Comunidad Rowling Chile:

1º Los miembros que la integramos somos libres de pertenecer a ella y se encuentran en igualdad de condiciones.

2º Los que aprobaron satisfactoriamente la prueba de conocimientos de los libros de Harry Potter, siendo designados a sus respectivas casa después de un test. Sólo quienes cumplan con este requisito serán considerados miembros activos.

Se podrán hacer ciertas excepciones a esta regla, en cuanto a las personas que por circunstancias ajenas a su voluntad, no puedan participar activamente en la comunidad y quisieran tener membrecía activa, tal caso deberá ser considerado por el Jefe de Casa respectivo.

3º Los que a pesar de vivir en regiones o por circunstancias determinadas no pueden asistir a las reuniones, pero que hayan aprobado la prueba de selección y participan mediante foro, siempre que no pertenezcan ni participen en otra comunidad similar.

Art. 11 La membrecía se pierde por:

1º Por manifestación expresa de la renuncia a la comunidad, tanto por foro, reuniones, cartas dirigidas a la administración o cualquier medio idóneo para hacerlo.

2º Por votación democrática donde se le solicita la retirada o dimisión de la comunidad por causal del bien común.

3º Por cambio de comunidad o participación activa en otra comunidad de Harry Potter .

4º Por ausencia injustificada de las reuniones o el foro por un plazo superior a los 3 meses. En caso de que la ausencia sea justificada, para que la persona no pierda su membresía, deberá entregar la respectiva justificación a su concerniente jefe de casa.

5º Por exclusión de su casa, siempre que ninguna otra casa esté dispuesta a darle asilo.

6º Por atentar expresamente en contra de los valores y principios de la comunidad, como contra las autoridades y la comunidad misma.

Art. 12 Para poder ingresar a la Comunidad Rowling Chile, se clasificará:

1º Una prueba de conocimientos de los libros de Harry Potter, escritos por Joanne K. Rowling, ediciones en español editadas en Chile por Salamandra, en formato original. Esta prueba consta de 2 preguntas de cada libro de Harry Potter, de la edición en español hechas por Salamandra, donde cada una vale un punto. Para aprobar esta prueba, será necesario un 60% de las respuestas correctas. En caso de no alcanzar el porcentaje mínimo requerido la persona tiene la opción de repetir al sábado siguiente de haberla rendido y volver a intentarlo. Se puede realizar la selección las veces que sean necesarias para que la persona ingrese a la comunidad.

2º Una prueba psicológica, que consta de 3 preguntas estándar, la cual está hecha para ver la afinidad con una de las 4 casas de Hogwarts (Gryffindor, Hufflepuff, Ravenclaw y Slytherin). Los seleccionadores pueden realizar 1 pregunta en caso de que aún existan dudas respecto a la casa que le será designada, o más de una pregunta en caso de ser necesario.

Art. 13 Luego de haber rendido estas 2 pruebas, la persona será asignada a su respectiva casa.

Art. 14 Si la persona es residente de:

1º La región Metropolitana deberá asistir presencialmente a la comunidad, ajustándose a los requerimientos que estos estatutos señalen respecto a la perdida de la membresía.

Para que la persona sea considerada miembro activo deberá asistir a lo menos 1 vez en los últimos 2 meses a las reuniones de forma presencial y participar de ellas.

2º Cualquier otra región de Chile o del extranjero, para poder ingresar a Rowling Chile, deberá rendir la prueba de forma presencial, no existirá la posibilidad de rendir el examen por vía electrónica o por correo.

Con todo, las personas de regiones que fueron seleccionados cumpliendo los requerimientos señalados, podrán participar en la comunidad a través del foro, pero no tendrán derecho a sufragio en caso de elecciones de autoridades.

Art. 15 Las fechas de selección serán todos los sábados del mes, salvo algún inconveniente. El lugar de reunión es en el costado del Café Literario del Parque Balmaceda

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