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LA ADMINISTRACIÓN EN EL ESTADO DE DERECHO Y EL ORDENAMIENTO CONSTITUCIONAL ESPAÑOL


Enviado por   •  29 de Octubre de 2022  •  Apuntes  •  3.867 Palabras (16 Páginas)  •  39 Visitas

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TEMA 1 - LA ADMINISTRACIÓN EN EL ESTADO DE DERECHO Y EL ORDENAMIENTO CONSTITUCIONAL ESPAÑOL

1. El Estado de Derecho, es necesario una organización y la existencia del Estado de Derecho. La organización parte de la existencia de un Estado y una división de poderes o funciones, en el que rige el principio de legalidad, Art. 9.3.

1.1 El Estado como solución organizativa

El ESTADO es una organización territorial y política:

  • Posee nacionalidad
  • Dispone de ejército
  • Delimita fronteras
  • Único poder judicial …

NACIÓN → “sentimiento” de unidad que crea un sentimiento de nacionalismo. (Art.2)

España, 1 Estado y 1 Nacionalidad, pero dentro de ella se reconocen distintas nacionalidades. Las limitaciones de su poder hacia organizaciones supranacionales (UE,ONU, OMS…) organizaciones infra-nacionales (CCAA, PROU, municipios).

1.2 La justificación del Derecho, evitar las guerras, los enfrentamientos, son motivos para justificar la existencia del Derecho (origen de la UE). Para esta convivencia ha de haber un orden social, “donde hay sociedad, hay derecho” por lo que sin derecho no hay sociedad.

 2 La institucionalización del Estado de Derecho

Estado de Derecho, lo que quiere decir que todos estamos sometidos a la ley; ciudadanos, gobierno, empleados públicos, jueces, magistrados…

Desde la revolución francesa, se impuso la separación de poderes (Art. 1.1, 1.2 y 1.3)

3 La administración y los poderes del estado

- Del pueblo nacen los 3 poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial).

PODER LEGISLATIVO:

 → Las cortes ejercen potestad legislativa del Estado (aprueban presupuestos, controlan la acción del Estado…)

→ Lo componen el Congreso - Cámara baja (350 diputados) y el Senado - Cámara alta (262 senadores).

→ Funciones, Leyes (ordinarias, orgánicas, básicas y de presupuestos…)

PODER EJECUTIVO:

El gobierno dirige la política interior y exterior, Administración civil y militar y defensa del Estado

→ Compuesto por: Gobierno y Administración

→ Funciones de la realización de decretos (decretos-leyes, decretos-legislativos, decretos y órdenes ministeriales).

PODER JUDICIAL

→La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial, sometidos al imperio de la ley (Art. 117)

→ Compuesto por: Jueces y magistrados

→ Funciones: sentencia (autos, provinciales, diligencias, sentencias)

[pic 1]

LA CORONA: art. 56 al 65, objeto al Derecho Administrativo y sujeto a la administración.

La administración está sometida a la ley y al derecho y a los tribunales que se encargan de su control, Art. 97 (Gobierno dirige la política interior y exterior, la civil, militar…)

Art. 103.1 (la administración pública objetividad de los intereses generales) y Art.106.1 (los tribunales controlan la potestad reglamentaria y la legalidad de la actuación de la administración).

4 La distribución territorial de los poderes del Estado - Art. 137

PODER LEGISLATIVO: → Estatal, Congreso y Senado

                                       → Autonómico, asamblea legislativa de la CCAA

                                       → Local, no poder legislativo, sino de reglamentos

                                                      -  Provincias: pleno de la Diputación

                                                      -  Municipios: pleno del Ayuntamiento

PODER JUDICIAL: → Estatal, jueces y tribunales

                                → Autonómico, no dispone de poder judicial

                                → Local, no dispone de poder judicial

PODER EJECUTIVO: → Estatal, gobierno y administración

                                    → Autonómico, gobierno y administración autonómica

                                    → Local:

                                                   - Provincias: diputaciones y administración provincial

                                                   - Municipios: ayuntamientos y administración municipal

  

 


TEMA 2: EL DERECHO ADMINISTRATIVO. CARACTERES

1 Caracteres - Art. 9

El derecho administrativo resulta del actuar de la administración, privilegios que solo a la administración, un Derecho que regula la actuación del Estado, CCAA, provincias y municipios, reconoce los derechos de los ciudadanos, reglamentos, en varios Derechos.

2 Definición

Objetiva: “qué se administre” el servicio público que se presta

Subjetiva: “quién administra” la Administración pública

Derecho administrativo → conjunto de normas del Derecho Público que regula la actividad que es propia de la Administración.

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