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MAESTRIA EN DERECHO CONSTITUCIONAL V MODULO DE TEORIA DE ESTADO Y LA CONSTITUCION


Enviado por   •  10 de Abril de 2016  •  Resúmenes  •  1.519 Palabras (7 Páginas)  •  253 Visitas

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UNIVERSIDAD DE ESPECIALIDADES ESPIRTU SANTO

MAESTRIA EN DERECHO CONSTITUCIONAL V

MODULO DE TEORIA DE ESTADO Y LA CONSTITUCION

MAESTRANTE: VANESSA ALEXANDRA HENRIQUEZ PALMA

FECHA: Septiembre 18 del 2015

TRABAJO DE RECUPERACION

¿De qué manera considera usted que el Estado Constitucional, a diferencia del Estado Legal de Derecho, retoma elementos del derecho pre moderno?

La constitución del 2008 establece que  “El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia…”[1] 

El derecho pre moderno, establece una relación entre la creencia y la conducta, durante décadas las leyes no fueron escritas, la normativa era social; se aplicaba de acuerdo a las creencias, a la herencia mítica, conductual y cultural que le infundían o enseñaban sus ancestros, aquí a mi criterio nace el derecho.

En el estado Constitucional, (actual del Ecuador) se hace una fundamentación amplia, la Constitución es el eje principal por el cual se rigen todas las demás leyes, existe supremacía constitucional, se enfoca entonces e que los fundamentos que rigen nuestra normativa, deben estar estrictamente ceñidos a ella, reconociendo cada uno de los derechos y garantías que la misma da a la sociedad en su conjunto;   cómo el estado Constitucional retoma elementos del pre-modernismo, cuando en su supremacía emana autoridad el pueblo (maxime) “La soberanía radica en el pueblo, cuya voluntad es el fundamento de la autoridad”[2]

Es decir se le da jerarquía al Pueblo, es el mandante, aquí es necesario aclarar que para crear la ley se necesita establecer la necesidad del pueblo, y de acuerdo al pre-modernismo <> para entender que de este nace el estado, y de ahí la existencia de una codificación que lo regule, y de instituciones que lo administren, cotejando lo dicho, encuadra perfectamente en la parte pertinente del artículo 1 de la Constitución “y se ejerce a través de los órganos del poder público y de las formas de participación directa previstas en la Constitución.”

Santamaría dice que en el estado de derecho, la ley determina la autoridad y la estructura de poder.  Este sistema, en apariencia, es menos autoritario y más democrático que el anterior. El poder se divide en teoría en tres: el poder legislativo, el poder judicial y el poder ejecutivo. Sin embargo, en la práctica, el poder se encuentra concentrado en una clase política que es la que conforma el parlamento. Recordemos que el estado de derecho es la síntesis de una pugna de poderes entre quienes ejercían el poder económico (burguesía) y el político (aristocracia).[3] (SANTAMARÍA, 2009)

Pero quien tiene el poder de elegir sino el Pueblo, de aquí que es la propia Constitución que le da esa soberanía, y este a través de su participación decide quien ejerce la administración de su estado a través de los organismos Gubernamentales.

 

Luigi Ferrajoli sostiene que estos dos significados corresponden a dos modelos normativos diferentes: el modelo paleo-iuspositivista del estado legislativo de derecho( o estado legal),que surge con el nacimiento del estado moderno como monopolio de la producción jurídica, y el modelo neo-iuspositivista del estado constitucional de derecho (o estado constitucional), producto, a su vez, de la difusión en Europa, tras la segunda guerra mundial, de las constituciones rígidas y del control de constitucionalidad de las leyes ordinarias. [4]

Refiriéndose a los estados legal de derecho y constitucional de derecho; que no son sino otra cosa que el producto de un sistema político bien dirigido, con la única finalidad de liderar con amplísimas facultades, escudados del soberano.

El modelo constitucional es un sistema democrático, donde se definen poderes establecidos para el ejercicio de los derechos, la participación ciudadana como eje central, el Dr. Julio César Trujillo, expresa que el Estado de Derecho se caracteriza "por el reconocimiento de derechos de los gobernados anteriores al estado; por el establecimiento de garantías de que los gobernados pueden hacer uso para defender esos derechos cuando fueren conculcados; por la existencia de órganos investidos de facultades que no pueden ejercerlas sino dentro de los límites y de acuerdo con los procedimientos prescritos en el derecho".[5]

El estado legal, surge de las diferencias, de la desigualdad, y esto obviamente es atentatorio contra los fines del estado, por ello se crea la norma jurídica que regule la relación social existente de manera que se nivelen los estándares desde la perspectiva, económica cultural o de cualquier otra índole.

A su vez el estado constitucional se refiere a la Garantía que le da la Constitución no solo a las personas sino todo lo que habita en el estado, es decir esta regula el funcionamiento de la ley, para que guarde, proteja, tutele, el ejercicio de los derechos, de una manera igualitaria y con equidad, buscando siempre la justicia social.

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