DERECHO OBJETIVO-- Constitución Española
yituchulioApuntes8 de Marzo de 2021
4.870 Palabras (20 Páginas)124 Visitas
el Derecho es el conjunto de normas que el Estado mantiene en vigor
DERECHO OBJETIVO-- Constitución Española
Derecho subjetivo. potestad que tiene una persona para defender sus intereses
Dertecho; consiste en la imposición de un orden en la conducta humana ha de ser regulativo y vinculante para ello articulación de un conjunto de normas[1]
Toda norma jurídica contiene una orden o mandato imperativo- la orden ha de ser general debido a que es imposible anotar todas las opciones
las normas jurídicas han de prescribir, no a describir, han de ser descriptivas y prescriptivas
normas jurídicas destacan por su bitelaridad (comportamiento de un sujeto lo regula, la moralidad en cambio crea un deber) e imperatividad (no ha de ser entendida)
el Derecho está mantenido en vigor por la autoridad soberana con el carácter que tenga la norma jurídica (imperativo)
LA COACCION NO IONTERVIENE EN EL DESENVOLMINMINETO
LAS NORMAS JURIDICAS ES EL COUMPLIMIENTO FORZOSO
LA SANCIUON JURIDICA ESTA INTERVENIDA POR EL ESTADO PARA QUE ESTA SE CUMPLA A RAJA TABLA O SI HA AHVIDO UN FALLO SE RECOMPENSE, AUN ASI EL MANDATO IMPERATIVO HGA DE SER GENERAL COMO BIEN OCURRE EN LA NORMA JURIDICA, PARA LOS TRIBUNALES RESUELVAN ALGUN CASO NO PREVISTO
- DIVISIÓN DEL DERECHO
Derecho Público-CONJUINTO DE NORMAS JURIDICAS QUE REGULAN LA ORGANIZACIÓN DEL ESTADO Y SUS RELACIONES
DERECHO (CONS,PENAL,ADMIN,PROCES, inter. PUB)
CONS: análisis de las leyes que definen un Estado, todo lo relacionado a la forma de estado y gobierno, regulación de poderes públicos
PROCES: aplicación de las normas de derecho a casos particulares y concretos, esclarecer una situación jurídica dudosa
inter. PUB: Regula la conducta de los estados los cuales crean organismos bilaterales para mejorar el desarrollo de la comunidad mundial como bien la ONU
PENAL: Determinan los delitos, las penas y las medidas de seguridad para prevenir la criminalidad
ADMIN: administración publica que se encarga el estado y otros órganos para el interés colectivo
- El Derecho Privado
normas que regulan las relaciones jurídicas entre personas legalmente consideradas y encontradas en situación de igualdad (ninguna de ellas actúa investido de autoridad)
Derecho Privado (civil,mercant, intern,priv)
Civil: relaciones jurídicas de la vida ordinaria del ser humano (relaciones familiares)
Mercant: regula los actos del comercio, a los comerciantes organización y explotación de la empresa, actividades de carácter lucrativo
intern,priv: reglamentar las relaciones privadas de los individuos en el ámbito nacional
- diferencias
DERECHO PÚBLICO | DERECHO PRIVADO |
Son normas de organización de la sociedad | Son normas de conducta de los individuos. |
Está dirigido al Estado, C.C.A.A. Etc. | Está dirigido al individuo |
Persigue el interés del Estado, C.C.A.A. Etc. | Persigue el interés del individuo |
Es irrenunciable | Los individuos pueden o no ejercitar las facultades que les otorgan las leyes. |
Es imperativo. | Principio de la autonomía de la voluntad. |
Se hace todo lo que dice la Ley. | El individuo esta facultado para todo aquello que la ley no lo prohíbe expresamente. |
FUENTES DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO ESPAÑOL
1.3.1 Fuentes Formales (órgano de la sociedad políticamente organizada del que derivan las normas)
Fuentes del derecho en el ordenamiento jurídico: la Ley, la costumbre y los principios generales del Derecho
La Ley: se refiere a las normas generales nacidas de la potestad del Estado para formular normas de Derecho Objetivo
Significados; a) sinónima de Derecho o de norma jurídica, b) equivalente al Derecho escrito, c) designa las disposiciones emanadas de órganos legislativos
Tipo de leyes: (La norma suprema del ordenamiento jurídico español es la Constitución de 27 de diciembre de 1978)
existen leyes Orgánicas, leyes Ordinarias y leyes delegadas que adoptan la forma de Reales decretos legislativos y Reales decretos leyes.
Leyes organicas: son las relativas al desarrollo de los Derechos fundamentales y de las libertades públicas, las que aprueban los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral y las demás previstas en la Constitución
aprobación, la modificación y derogación de la leyes orgánicas exige mayoría d absoluta del Congreso en una votación final sobre el conjunto del proyecto
No se debe privar al legislador de un cierto margen de discrecionalidad a la hora de incluir en un Ley orgánica
No basta, de todos modos, con que una ley haya sido aprobada por mayoría absoluta en el Congreso de los diputados para que sea orgánica. Hace falta que haya sido aprobada con tal carácter explícitamente
Las relaciones entre ambos tipos de ley se rigen por lo que Villar Palasí ha denominado principio de disyunción
El principio de jerarquía tiene su plasmación en la relación entre la Constitución y la ley y entre estas y el reglamento; pero las leyes tienen todas igual rango por su dependencia inmediata a la Constitución
Ya comentadas las disposiciones normativas emanadas del poder legislativo hemos de continuar con aquellas disposiciones de igual rango emanada o dictadas por el poder ejecutivo; esto es : Los Decretos Leyes y los Decretos Legislativos
, la ley ordinaria: una ley en sentido estricto, esto es, emana de las Cortes Generales, son aquéllas que no recaen sobre las materias reservadas a ley orgánica: derechos fundamentales y libertades públicas, Estatutos de Autonomía, régimen electoral general y demás consignadas en el ordenamiento jurídico
1.3.1.3 El Real Decreto Ley
Necesita que haya una situación de extraordinaria y urgente necesidad. En circunstancias ordinarias, esa regulación corresponde siempre a las cortes.
1.3.1.4 El Real Decreto Legislativo
Delegación legislativa es la que hacen las Cortes a favor del Gobierno;
- Legislación delegada es la producida por el Gobierno en tales casos; decreto legislativo es toda disposición del Gobierno que contienen legislación delegada
Objetivo : formación de un texto articulado que adopta la forma de ley de Bases sobre una materia determinada
1.3.2 La costumbre
La Costumbre es una forma inicial del Derecho que consiste en la repetición constante de un acto que con el paso del tiempo se vuelve obligatoria y por necesidad, consentimiento colectivo y apoyo del poder político llega a convertirse en ley.
Costumbre secundum legem
Costumbre praeter legem o extra legem
Costumbre contraria a la ley o contra legem (costumbre contra ley)
1.3.3 Los Principios Generales del Derecho
criterios fundamentales que informan el origen y desenvolvimiento de una determinada legislación
- APROXIMACIÓN AL DERECHO COMUNITARIO
El Derecho Comunitario Originario
- El Derecho Comunitario Derivado
LAS RELACIONES JURÍDICAS
Relación jurídica es la relación humana que tiene consecuencias para el derecho positivo.
una relación jurídica mide la posición del poder que tiene una persona y el deber de otra, con la tutela de un ordenamiento jurídico
vínculo entre un acreedor: sujeto activo, persona que tiene la facultad de exigir la prestación de una obligación y un deudor que es la persona obligada al cumplimiento,( sujeto pasivo)
Relación humana y Relación jurídica
relación social; vínculo entre persona y posesión
...