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LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES A TRAVÉS DE LAS CONSTITUCIONES PERUANAS


Enviado por   •  1 de Junio de 2022  •  Informes  •  3.346 Palabras (14 Páginas)  •  105 Visitas

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LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES A TRAVÉS DE LAS CONSTITUCIONES PERUANAS

A lo largo de la historia peruana y sus doce constituciones, las garantías constitucionales obtuvieron amplio reconocimiento, aunque su existencia explícita tardo en llegar, por ello, se recopilará información acerca de estas en las constituciones peruanas.

1.3.1. Constitución Política de la República Peruana de 1823

Aprobada por el Primer Congreso Constituyente, la constitución de 1823 alude a las garantías constitucionales en los artículos 193° y 194° del Capítulo V, comprendidos en la Sección Tercera de los medios de conservar el gobierno.

En esta parte de la historia peruana aún no se conocían las garantías constitucionales de hoy en día, aunque expresaba que todos podían reclamar alguna falta en sus derechos sociales e individuales tales como la libertad civil, la seguridad personal y la del domicilio, la propiedad, el secreto de las cartas, el derecho individual de presentar peticiones o recursos al Congreso o al Gobierno, la buena opinión, o fama del individuo, mientras no se les declare delincuente conforme a las leyes, la libertad de imprenta en conformidad de la ley que la arregle, la libertad de la agricultura, industria, comercio y minería, conforme a las leyes y la igualdad ante la ley, ya premie o castigue.

1.3.2. Constitución Política de la República Peruana de 1826

Aprobada por el Consejo de Gobierno, la constitución de 1826 alude a las garantías constitucionales del artículo 142° hasta el 150° del Capítulo I, comprendido en el Título XI de las Garantías.

Guardando relación con la antigua constitución, no se habla de ningún recurso de protección de derechos, sino de una exigencia o un derecho a reclamo si se infringe en alguno de estos.  Entre los derechos que defiende tenemos el derecho de la libertad civil, la seguridad individual, la propiedad y la igualdad ante la ley, además se ratifica en la abolición de los empleos y privilegios hereditarios y las vinculaciones.

1.3.3. Constitución Política de la República Peruana de 1828

Aprobada por el Congreso General Constituyente, la constitución de 1828 alude de manera sutil a las garantías constitucionales de los derechos de los ciudadanos del artículo 149° al 172° del Título Noveno sobre Disposiciones Generales.

De igual manera que su predecesora defiende los derechos de la libertad civil, la seguridad individual, la igualdad ante la ley, y la propiedad de los ciudadanos en la forma que sigue, además de prohibir la esclavitud, la inviolabilidad de la casa de todo peruano y la igualdad de todos los peruanos antes la ley, entre otras.

1.3.4. Constitución Política de la República Peruana de 1834

Aprobada por la Convención Nacional, la constitución de 1834 alude a las garantías constitucionales del artículo 144° al 168° comprendidos en el Título Noveno de Garantías Constitucionales.

A lo largo de los artículos comprendidos en alusión a las garantías constitucionales, defiende derechos como la prohibición de la esclavitud, el inviolable secreto de las cartas y casas, el correcto proceder judicial y la igualdad ante la ley, entre otros.

1.3.5. Constitución Política de la República Peruana de 1839

Aprobada por el Congreso General, la constitución de 1839 alude a dos tipos de garantías como son las constitucionales e individuales presentes del artículo 151° al 181° comprendidos en el Título XVIII sobre Garantías constitucionales e individuales.

En esta constitución las garantías constitucionales están relacionadas con pactos extranjeros, medios de obtención del Poder Ejecutivo y actos usurpadores al Poder Supremo. Mientras la defensa de derechos de los ciudadanos está comprendida en las garantías individuales en el que defiende derechos de la propiedad, del individuo y la reclamación de infracciones de la Constitución.

1.3.6. Constitución Política de la República Peruana de 1856

Aprobada por la Convención Nacional, la constitución de 1856 alude a las garantías individuales presentes del artículo 15° al 31° comprendidos en el Título IV sobre Garantías Individuales.

Menciona la inviolabilidad de la vida humana y la casa de todo ciudadano, no reconocer más obligaciones que las interpuestas por las leyes, el secreto de las cartas, el libre trabajo y la igualdad ante la ley, puesto que, ellas protegen y obligan de igual manera.

1.3.7. Constitución Política de la República Peruana de 1860

Aprobada por el Congreso de la República, la constitución de 1860 alude a dos tipos de garantías como son las nacionales y las individuales presentes del artículo 5° al 13° comprendidas en el Título III sobre las Garantías Nacionales y del artículo 14°al 32° comprendidas en el Título IV sobre las Garantías Individuales.

Por el lado de las garantías nacionales se refiere a leyes más relacionadas con la soberanía y las funciones públicas, por otro lado, en las garantías individuales no hay muchos cambios respecto a su predecesora, la constitución de 1856.

1.3.8. Constitución Política de la República Peruana de 1867

Aprobada por el Congreso Constituyente, la constitución de 1867 alude a dos tipos de garantías como son las nacionales y las individuales presentes del artículo 4° al 12° comprendidas en el Título III sobre las Garantías Nacionales y del artículo 13°al 31° comprendidas en el Título IV sobre las Garantías Individuales.

De igual manera que la constitución de 1860 no realiza cambios significativos en las leyes comprendidas en ambos títulos.

1.3.9. Constitución Política de la República Peruana de 1920

Aprobada por la Asamblea Nacional, la constitución de 1820 alude a tres tipos de garantías como son las nacionales, individuales y sociales presentes del artículo 6° al 21° comprendidas en el Título II sobre las Garantías Nacionales, del artículo 22°al 36° comprendidas en el Título III sobre las Garantías Individuales y del artículo 37° al 58° comprendidas en el Título IV sobre las Garantías Sociales.

Respecto a las garantías nacionales esta ampliamente relacionada con las leyes sobre funciones públicas, las deudas públicas, el sueldo único para funcionarios públicos, la finalidad de las leyes y la igualdad ante cualquier ciudadano. Por otro lado, las garantías individuales presentan por primera vez el recurso de Habeas Corpus para el uso de cualquier persona aprehendida por prisión indebida, además se ratifica en los derechos que defiende en la anterior constitución. Finalmente, en las garantías sociales habla de libertad para asociarse y la de contratar, las leyes pueden imponer restricciones especiales para la adquisición o traspaso de propiedades, la propiedad minera pertenece al estado, libertad de comercio e industria, entre otras.

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