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LAS PERSONAS JURÍDICAS EN EL DERECHO DE LA NACIONALIDAD


Enviado por   •  8 de Abril de 2021  •  Tareas  •  4.228 Palabras (17 Páginas)  •  542 Visitas

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ÍNDICE[pic 8]

  1. INTRODUCCIÓN.

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  1. RESUMEN.

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  1. LA PERSONA JURÍDICA O MORAL Y SU NATURALEZA.

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4. ATRIBUTOS DE LAS PERSONAS MORALES.

3

5. NACIONALIDAD DE LAS PERSONAS JURÍDICAS.

3

6. TEORÍAS SOBRE LA NACIONALIDAD DE LAS PERSONAS JURÍDICAS.

4

7. LAS PERSONAS JURÍDICAS Y EL RECONOCIMIENTO DE SU PERSONALIDAD. CAPACIDAD JURÍDICA RELATIVA Y CAPACIDAD JURÍDICA ABSOLUTA.

5

8 LAS PERSONAS JURÍDICAS EN EL DERECHO MEXICANO. CÓDIGO CIVIL FEDERAL. Y CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE GUERRERO Y CÓDIGO DE COMERCIO.

6

9. LEY DE NACIONALIDAD.

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  1. REGLAMENTO DE LA LEY DE NACIONALIDAD.

7

11. LEY GENERAL DE POBLACIÓN.

8

12.REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE POBLACIÓN

     LA LEY EXTRANJERA

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13. ANÁLISIS DE LA LEY DE INVERSIÓN EXTRANJERA.

     CONCLUSIÓN.

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INTRODUCCIÓN

La nacionalidad sabemos que es la pertenencia jurídica de una persona con su estado, y es precisamente en el manejo de la condición de estas en el ámbito jurídico en el Derecho Internacional Privado, que se vislumbra bajo la luz de 3 ejes fundamentales, el primero es relacionado con su atribución, el segundo, en la forma en la que es reconocida internacionalmente, y por último el tercero, se basa en el régimen jurídico en el que está sometida. Por lo que, al manejar estos principios básicos de reconocimiento en los países, resulta la vía idónea, para salva guardar sus derechos, ya que estas han adquirido su personalidad en virtud de estos mandatos legales y jurídicamente también son personas, con nacionalidad, derechos y obligaciones ante la ley, por lo que a lo largo del presente ensayo, abordaremos los diferentes temas relacionados con ellas, así como los criterios, legislación internacional y Mexicana, esperando que sea de su agrado e interés a quien le de lectura.

RESUMEN

El presente ensayo, aborda el desarrollo de los diversos conceptos con respecto a la nacionalidad de las personas jurídicas en el derecho internacional privado, por lo que analizaremos su naturaleza, atributos, teorías, reconocimientos, las legislaciones mexicanas como lo pasmado en el Código Civil Federal, Código Civil del Estado de Guerrero, el Código de Comercio, la Ley de Nacionalidad, los Reglamentos en la materia, La Ley de Población y su reglamento, y por último la Ley de Inversión Extranjera y su análisis, así que abarcaremos todas las áreas comprendidas de estos temas, explicándoles el alcance concreto y los objetivos del régimen regulatorio.

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LAS PERSONAS JURíDICAS

EN EL DERECHO DE LA NACIONALIDAD

LA PERSONA JURÍDICA O MORAL Y SU NATURALEZA

Para iniciar este capítulo es necesario precisar el concepto de una persona jurídica en el Derecho, y es una persona u organización, institución o empresa, privada o pública, con o sin ánimo de lucro, que tienen derechos y obligaciones ante la Ley, y en el derecho de la nacionalidad, son cobijadas por el principio de su nacimiento o creación, clasificando a las personas en dos tipos: Las jurídicas individuales o Las Jurídica colectivas, que generalmente se les suele denominar "personas físicas" y "personas morales", y por ende, “la personalidad” se tiene como la aptitud para ser sujeta activa o pasiva de las relaciones jurídicas, así como a los colectivos integrados por personas y bienes adscritos a una personalidad común, precisando que estos derechos y obligaciones son de carácter propio, lo que significa que no se derivan de los derechos y obligaciones de los individuos que integran la entidad.

Cite al inicio que era “persona”, ya que actualmente no es necesario que sean 2 o más personas para constituirse como “persona moral”, ya que, existe la integración con una sola persona tal como es el caso de las “Sociedades por Acciones Simplificadas” mejor conocidas como las “SAS” (GOBIERNO DE MÉXICO, s.f.)[1], por lo que para nombrarlas sería que es una persona, no humana y que no tiene cuerpo físico, constituida por un documento jurídico.

En la Legislación Mexicana esta plasmada en el Código Civil Federal en el capítulo de las personas morales, el cual nos permite conocer cómo es su denominación y cito:  Artículo 25 (CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN, CÓDIGO CIVIL FEDERAL, 1928)[2].- “Son personas morales: I. La Nación, los Estados y los Municipios; II. Las demás corporaciones de carácter público reconocidas por la ley; III. Las sociedades civiles o mercantiles; IV. Los sindicatos, las asociaciones profesionales y las demás a que se refiere la fracción XVI del artículo 123 de la Constitución Federal; V. Las sociedades cooperativas y mutualistas; VI. Las asociaciones distintas de las enumeradas que se propongan fines políticos, científicos, artísticos, de recreo o cualquiera otro fin lícito, siempre que no fueren desconocidas por la ley. VII. Las personas morales extranjeras de naturaleza privada, en los términos del artículo 2736”[pic 10]

ATRIBUTOS DE LAS PERSONAS MORALES

Estos atributos son las cuales son capacidad de ejercicio, Nombre (denominación o razón social), Nacionalidad, Domicilio y Patrimonio, cabe señalar que en personas físicas la variante es el estado civil, ya que las “Personas Morales” no cuentan con ella, incluso su legislación es regida por reglas especiales tal y como lo plasma en el Código Civil Federal en su Artículo 28[3] (CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN, CÓDIGO CIVIL FEDERAL, 1928).- “Las personas morales se regirán por las leyes correspondientes, por su escritura constitutiva y por sus estatutos”.

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