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LOS DERECHOS DE LA MUJER EN EUROPA

luisalfonsosalvaTrabajo7 de Noviembre de 2015

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LOS DERECHOS

 DE LA MUJER EN EUROPA

La evolución de las perspectivas feministas: De la revolución a la revelación

“No se nace mujer, se llega a serlo. Ningún destino biológico, físico o económico define la figura que reviste en el seno de la sociedad la hembra humana” 

(Simone de Beauvoir, 1949)

  1. PRESENTACIÓN

Este trabajo supone un análisis crítico de los contenidos de la asignatura “Derechos Humanos y Educación”, y concretamente con la temática elegida de las tres opcionales, “Derechos de la mujer en Europa”. Para ello, me baso en los textos de obligada lectura  y otros documentos relativos a la evolución de la figura de la mujer en el marco de los derechos  humanos y la perspectiva feminista como eje fundamental, fruto del rastreo bibliográfico que he acometido para completar o profundizar en determinadas cuestiones o ideas.

Abordo este trabajo desde una ignorancia prácticamente total de la materia, ya que antes de iniciar el trabajo no disponía de bagaje alguno sobre las cuestiones de género, y mucho menos sobre la génesis y los planteamientos de los movimientos de los derechos de la mujer. Soy consciente de que esta ignorancia no está exenta de riesgos a la hora de acometer un ensayo crítico como este. En este sentido, algunas de las autoras que refiero como representantes de un determinado planteamiento o perspectiva pueden no ser las emblemáticas. Además, la forma de plantear determinadas casuísticas, hipótesis o ideas puede resultar excesivamente determinista y falta de las matizaciones necesarias. También la forma de calificar determinados planteamientos o ideas puede parecer en ocasiones tosca. Sin embargo, concluyo este trabajo con cierta dosis de satisfacción. Una vez finalizado, considero que, en términos generales, mi falta de competencias en materia de los derechos de la mujer ha supuesto, en cierto modo, una ventaja, en la medida en que los temas sobre los que he indagado me surgían en ocasiones como una revelación. Una de las grandes aportaciones que me llevo de la tarea realizada es el conocimiento de las especificidades que caracterizan la opresión de las mujeres, en comparación con otros sistemas de dominación como la servidumbre o la esclavitud, conocimiento del que espero poder dar constancia en las líneas que siguen.

        En el primer apartado, y tal como se nos expone en la guía de la asignatura, realizo una introducción reseñando el marco teórico de los DDHH en la actualidad y la situación referida más concretamente a la mujer.

        A continuación me adentro en el desarrollo del trabajo  analizando la problemática con respecto a los derechos humanos y la mujer y a generación violada de los derechos humanos. Considero muy importante y relacionado la evolución de la perspectiva feminista en este sector, ya que al documentarme, toda información me guiaba al mismo sector, por lo que  acometo un breve recorrido por las definiciones que desde la teoría feminista se han venido haciendo sobre la perspectiva sexo/género, o más específicamente sobre la construcción social del género, recogiendo tan solo las de aquellas teóricas cuya conceptualización me ha resultado más clarividente o con mayores implicaciones teóricas y prácticas. El siguiente  subapartado está dedicado al momento de máxima efervescencia de los planteamientos feministas, a partir de finales de los sesenta del siglo XX, en el sentido de que alcanzan una notable influencia como movimientos políticos así como un elevado grado de elaboración teórica, de ahí que lo catalogue como “revolución”. Le sigue un penúltimo apartado en que comento de forma somera la evolución a la que dieron lugar estas teorías, en ocasiones a partir de la revisión de los planteamientos iniciales, y en otros casos a partir de las reivindicaciones de feministas de otras partes del mundo que no se sienten representadas por el modelo hegemónico occidental.

        Finalmente concluyo el trabajo con una conclusión y un taller en el que se desarrollarán aspectos referidos a los derechos de La Mujer, en este caso estará dirigidos al ámbito escolar, por lo que se trabajará el respeto a la mujer, la libertad de elección como niña, coeducación, etc…

  1. INTRODUCCIÓN

Marco teórico de la complejidad de los DD.HH en la actualidad.

En la actualidad, los derechos humanos requieren ser comprendidos como una realidad compleja, ya que interaccionan en ellos las dinámicas del Estado, de la sociedad civil y de la comunidad internacional.

En primer lugar, en los derechos humanos se da una confluencia estrecha entre elementos ideológicos, que se presentan como universales, y elementos culturales, que tienen que ver con el contexto social de cada individuo. Así, nos encontramos con una Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH) que ha surgido en un contexto cultural occidental y se ha difundido por el mundo a modo de mínimo ético necesario para luchar por la dignidad, de forma que se intenta imponer una concepción de derecho que puede tener poco o nada que ver con una realidad cultural determinada.

En segundo lugar, vemos que la universalidad de los derechos humanos se sustenta en que los seres humanos tienen los mismos derechos sólo por el simple hecho de haber nacido, sin tomar en consideración circunstancias particulares. Esto, que a priori puede parecer positivo, cambia al contacto con la realidad, que puede ser muy diferente dependiendo de la situación económica, política o social que cada contexto cultural considere necesaria para alcanzar la dignidad.

A este grado de complejidad hay que añadirle algunas consideraciones jurídicas, por las cuales los derechos individuales (1º generación) son inmediatamente aplicables y los derechos sociales, económicos y culturales (2º generación) son sólo principios para “orientar” las políticas económicas. Una norma no describe ni crea nada por sí sola, con lo cual nos encontramos con que describe comportamientos, deberes y compromisos individuales y grupales interpretados desde un sistema de valores dominante (por ejemplo, el neo-liberalismo, que pone por encima a las libertades funcionales al mercado y por debajo a las políticas públicas de igualdad social, económica y cultural). Por tanto, el hablar de derechos humanos como un hecho en lugar de como una norma, puede dar lugar a que los ciudadanos crean que tienen estos derechos asegurados. La complejidad de los derechos humanos aumenta cuando confundimos lo empírico (los derechos que tenemos), con lo normativo (los derechos que debemos tener).

Por si lo anteriormente descrito no fuera suficiente a la hora de añadir complejidad al concepto de derechos humanos, la cultura de la que formamos parte influye enormemente en ellos, de forma que están determinados por la historia, la economía y la política. Reconocer que nuestras categorías e instituciones son afectadas por sesgos culturales nos ayuda a cambiar su naturaleza si se considera conveniente y se tiene el suficiente poder para ello. Si queremos entender la intrínseca complejidad de los derechos humanos, hay que entenderlos como algo inacabado y en constante evolución, en un sistema de valores a partir del cual será más fácil o más difícil su implementación práctica. Otro de los elementos que afectan a esta complejidad es el esencialismo (dar por hecho que los seres humanos ya tienen los derechos), que aplicado a los derechos humanos propicia la ignorancia y la pasividad, en lugar de promover el conocimiento y la acción. La búsqueda filosófica de la esencia nos induce a encontrar la “sustancia” de los fenómenos en un lugar alejado de nuestra naturaleza humana. Sin embargo, hay que indagar en la sustancia real de los derechos: el contexto social, económico, político y cultural en el que esos derechos se dan, huyendo de todo tipo de metafísicas.

Los derechos humanos, como, por lo general, todo fenómeno jurídico y político, están influidos por intereses ideológicos y no pueden ser entendidos al margen de su trasfondo cultural y contextual. Sin embargo, como ocurre cuando un fenómeno se reconoce jurídicamente, se comienza a negar su carácter ideológico, su estrecha vinculación con intereses concretos, y su carácter cultural; es decir, se le saca del contexto, se universaliza y, por ello, se le sustrae su capacidad y su posibilidad de transformarse y transformar el mundo. Esta tendencia es la que permite que el derecho pueda ser objeto exclusivamente de análisis lógico-formales y esté sometido a cierres epistemológicos que lo separan de los contextos y los intereses que necesariamente subyacen al mismo.

Por último subrayar que los derechos humanos en el siglo XXI, deben entenderse de forma distinta a como lo hicieron en la DUDH. En 1948, el problema principal era la descolonización de los países y regiones sometidas a grandes metrópolis y la consolidación de un régimen internacional, necesario tras dos guerras mundiales. Para nosotros, a principios de siglo, el desafío consiste en defendernos de la ideología del neoliberalismo agresivo, destructor de las conquistas sociales de los años 60 y 70. El papel regulador del Estado ha cambiado de un modo radical. Lo mismo ocurre con el trabajo, como forma de acción humana creadora de valor social. El contexto ha cambiado, con lo cual, tiene que cambiar también el concepto de derechos humanos.

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