La Banca Gourmet. CARACTERIZACIÓN PROCEDIMIENTO PARA LIQUIDAR NÓMINA
jasleipraApuntes13 de Marzo de 2018
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La Banca Gourmet.
CARACTERIZACIÓN PROCEDIMIENTO PARA LIQUIDAR NÓMINA
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CARACTERIZACIÓN PROCEDIMIENTO PARA LIQUIDAR NÓMINA
APRENDICES ASESORES:
KAREN MELISSA CANTILLO ATENCIA
ANGIE VANESSA CUADROS PULIDO
DANIELA ALEXANDRA GONZALEZ SANCHEZ
CAMILA ANDREA OSORIO CARRILLO
LAURA SOLEDAD PERDOMO MORENO
INSTRUCTOR ASESOR:
AGHS.A.S.
CENTRO DE GESTION ADMINISTRATIVA
SENA – REGIONAL D.C
FECHA: DICIEMBRE 2016
TABLA DE CONTENIDO
1. INTRODUCCIÓN..................................................................................................
2. OBJETIVOS…………………………………………………………………………….
4. CARACTERIZACIÓN
4.3 MATRIZ DE ACTIVIDADES………………………………………………………….
4.2. NORMOGRAMA………………………………………………………………………
4.3. TERMINOLOGÍA…………………………………………………………………......
4.4. FLUJO GRAMA………………………………………………………………………
4.5.MATRIZ DETALLADA…………………………………………………………….....
4.6. INDICADORES DE GESTIÓN…………………………………………...…………
5. ANEXOS………………………………………………………………………………
- AUTORIZACION DE DESCUENTOS
- CARTA DE NO PRORROGA
- ENTREGA DE DOTACIÓN
- ENTREGA DE E. P.P
- REGISTRO Y COTROL DE NOVEDADES
- LIBRO DE VACACIOES
INTRODUCCIÓN
En el presente documento se dará a conocer la caracterización del procedimiento de nómina para que “La banca gourmet” tenga una adecuada ejecución para liquidación de esta; Este procedimiento es de vital importancia, ya que hace efectivo el pago a los trabajadores por sus labores ejercidas en la organización.
Es muy importante para este procedimiento tener las documentación adecuada, ya que esto genera claridad, agilidad y facilidad a la hora de su ejecución, además evita posibles problemas legales, que se pueden presentar por no llevarla a cabo de acuerdo a la normatividad legal vigente; resaltando que el proceso de nómina tiene como objetivo principal administrar y controlar las operaciones relacionadas con los procesos de liquidación periódica.
OBJETIVOS
Identificar el proceso de nómina de “LA BANCA GOURMET” por medio de una lista de chequeo como instrumento de levantamiento de información.
Generar el flujo grama del proceso de nómina que lleva a cabo la Pyme “LA BANCA GOURMET”
Generar la caracterización del proceso de nómina que lleva a cabo la organización “LA BANCA GOURMET”
Establecer indicadores de gestión que generen acciones de mejora a la pyme “LA BANCA GOURMET”
FUENTES | ENTRADAS | ACTIVIDADES | SALIDAS | CLIENTES |
Funcionarios | Registro de asistencia. | Planear: Elaborar el cronograma para la recepción de novedades pago de nómina. Diseñar el plan de actividades para la elaboración quincenal de la nómina Calcular el presupuesto de Gastos de Personal para cada periodo y seguimiento s Clasificar y codificar las novedades de personal vacaciones y horas extras. Registrar las novedades en la planilla de nómina manual. Ingresar las novedades de nómina al sistema. Generar, revisar y elaborar las nóminas correspondientes. Generar los reportes para el pago de seguridad social, aportes parafiscales Realizar la consolidación de cesantías ,Tramitar autorización para pago de cesantías e intereses Verificar: Revisar que las novedades de personal cumplan con requisitos. Cruzar la nómina contra las novedades. Confirmar que los reportes de las nóminas estén acordes para la realización del pago. Validar los reportes de seguridad social y aportes parafiscales. Verificar las liquidaciones anuales de cesantías Actuar: Tomar las medidas preventivas y correctivas de acuerdo con los resultados de las actividades de verificación. | -Liquidar acorde a los días laborados -Reportes de Pago de Nómina -Nómina del personal de planta. -Nómina del personal de los puntos de venta. | Asistente administrativa contable |
Gestión de nómina y novedades del personal | Documento de novedades del personal | Liquidar adecuadamente las novedades encontradas. | Asistente administrativa contable | |
Parafiscales | Formularios de afiliación y pagos a parafiscales. | Reporte para el pago de aportes parafiscales | -Caja de compensación familiar -ICBF -SENA | |
Seguridad social | Formulario de afiliación a EPS, con registro de incapacidades, licencias de maternidad o paternidad y traslados de fondos | Reportes para el pago se seguridad social Planilla unificada para pago de salud y pensión | -EPS -ARL -SENA -FONDOS DE PENSIÓN |
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4.4 NORMOGRAMA
LEY / DECRETO / RESOLUCIÓN | NÚMERO | AÑO | CONCEPTO |
LEY DOTACIÓN | 11 | 1984 | Todo empleador que habitualmente ocupe (1) o más trabajadores permanentes, deberá suministrar cada (4) meses, (1) par de zapatos y (1) vestido de labor al trabajador. |
LEY CONTRATOS | 50 | 1990 | Se introducen reformas al Código Sustantivo de Trabajo como: Implementación de los contratos a término fijo, el empleo temporal, se crea el salario integral superior a 10 SMLV, se establece los Fondos de Cesantías para administrar las Cesantías de los empleados. |
LEY ART. 24 | 50 | 1990 | Hace referencia a los debidos pagos de los trabajadores, en el recargo nocturno(35%), El trabajo extra diurno con un recargo (25%) sobre el valor del trabajo ordinario diurno, El trabajo extra nocturno con un recargo del (75%) sobre el valor del trabajo ordinario diurno. Cada uno de los recargos antedichos se produce de manera exclusiva, es decir, sin acumularlo con alguno otro. |
LEY | 52 | 1975 | Intereses legales del 12%anual sobre el valor, de la cesantía acumulada del 31 de diciembre de cada año. |
LEY | 100 | 1993 | Por el cual se crea el Sistema General de Seguridad Social, el cual podrán tener acceso los colombianos, garantiza una calidad de vida acorde con la dignidad humana. |
LEY | 1562 | 2012 | Por el cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras dispersiones en materia de Salud Ocupacional |
LEY | 1607 | 2012 | A partir de enero 2013 está vigente la Reforma tributaria, la cual trae cambios en el proceso de nómina, actualmente los parafiscales se liquidan con el 9%, los aportes al SENA e ICBF están exentos, a partir de la nómina del mes de mayo de 2013 para aquellos trabajadores ganen menos de 10 SMLV.
Adiciónese un parágrafo al artículo 204 de la Ley 100 de 1993: Parágrafo 4°. A partir del 1° de enero de 2014, estarán exoneradas de la cotización al Régimen Contributivo de Salud del que trata este artículo, las sociedades y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios, por sus trabajadores que devenguen hasta diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes. |
DECRETO 0099 | 0099 | 2013 | RETENCIÓN EN LA FUENTE PARA EMPLEADOS POR CONCEPTO DE RENTAS DE TRABAJO. Conforme lo establece el artículo 383 del Estatuto Tributario, en concordancia con el artículo 384, la retención en la fuente aplicable por las personas naturales o jurídicas, las sociedades de hecho, las comunidades organizadas y las sucesiones ilíquidas, a las personas naturales pertenecientes a la categoría de empleados de conformidad con lo establecido en el artículo 329 del mismo Estatuto por: i) Pagos gravables, cuando provengan de una relación laboral o legal y reglamentaria o por concepto de pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos laborales de conformidad con lo establecido en el artículo 206, ii) Pagos o abonos en cuenta gravables, cuando se trate de relaciones contractuales distintas a las anteriores, corresponde a la que resulte de aplicar a dichos pagos o abonos en cuenta, según corresponda, |
C.S.T. | ART. 46 | 2012 | El contrato de trabajo a término fijo debe constar siempre por escrito y su duración no puede ser superior a tres años, pero es renovable indefinidamente. |
C.S.T. | ART. 127 | 2012 | Constituye salario no sólo la remuneración ordinaria, fija o variable, sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación directa del servicio, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte, como primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario o de las horas extras, valor del trabajo en días de descanso obligatorio, porcentajes sobre ventas y comisiones |
C.S.T. | ART. 130 | 2012 | 1. Los viáticos permanentes constituyen salario en aquella parte destinada a proporcionar al trabajador manutención y alojamiento; pero no en lo que sólo tenga por finalidad proporcionar los medios de transporte o los gastos de representación. 2. Siempre que se paguen debe especificarse el valor de cada uno de estos conceptos. 3. Son viáticos accidentales aquéllos que sólo se dan con motivo de un requerimiento extraordinario, no habitual o poco frecuente y no constituye salario.
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C.S.T. | ART. 159 | 2012 | Trabajo suplementario o de horas extras es el que excede de la jornada ordinaria, y en todo caso el que excede de la máxima legal. |
C.S.T. | ART. 161 | 2012 | La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo es de ocho (8) horas al día y cuarenta y ocho (48) a la semana, salvo algunas excepciones.
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C.S.T. | ART. 168 | 2012 | 1. El trabajo nocturno por el solo hecho de ser nocturno se remunera con un recargo del treinta y cinco por ciento (35%) sobre el valor del trabajo diurno. 2. El trabajo extra diurno se remunera con un recargo del veinticinco por ciento (25%) sobre el valor del trabajo ordinario diurno. 3. El trabajo extra nocturno se remunera con un recargo del setenta y cinco por ciento (75%) sobre el valor del trabajo ordinario diurno. |
C.S.T. | ART. 249 | 2012 | Todo empleador está obligado a pagar a sus trabajadores, al terminar el contrato de trabajo, como auxilio de cesantía, un mes de salario por cada año de servicios y proporcionalmente por fracción de año. |
C.S.T. | ART. 145 | 2012 | El Salario mínimo es el que todo trabajador tiene derecho a percibir para subvenir a sus necesidades normales y a las de su familia, en el orden material, moral y cultural. |
C.S.T | ART. 187 | 2012 | 15 días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas por cada año de servicio |
C.S.T | ART. 306 | 2012 | Un mes de salario pagadero por semestre calendario así: 15 días los últimos días de junio y los 15 días de los primeros días de diciembre. |
LEY HORARIOS | 789 ART. 25 | 2002 | El cual hace referencia al trabajo ordinario es el que se realiza entre las seis horas (6:00 a.m.) y las veintidós horas (10:00 p.m.), y el Trabajo nocturno es el comprendido entre las veintidós horas (10:00 p.m.) y las seis horas (6:00 a.m. |
DECRETO 2553 | ART.1 | 2015 | Los trabajadores que devenguen hasta 2 salarios mínimos legal vigente tienen derecho al auxilio de transporte con un monto de 77.700 |
DECRETO 1828 | 1828 | 27 agosto de 2013 | Por la cual se reglamenta parcialmente la ley 1607 de 2012 que trata disposiciones en cuanto los beneficios y contribuyentes sujetos del impuestos sobre la renta para la equidad CREE el cual se paga anual y su base de liquidación son los ingresos brutos anuales de la compañía, con el fin de evitar pagos a parafiscales ( ICBF y SENA) y salud para algunas entidades |
LEY | 1468 | 30 de junio de 2011 | Por el cual se reglamentan todos los beneficios a que tiene derecho una mujer en estado de embarazo. |
LEY | 1280 | 5 de enero 2009 | Por la cual se reglamenta la licencia por luto. |
DECRETO | 1919 | 1919 2002 | Se fija el régimen y normas para la liquidación o provisión de prestaciones sociales. |
ARTÍCULO | 149 | 29-diciembre-2010 | El empleador no puede deducir, retener o compensar suma alguna del salario, sin orden suscrita por el trabajador, para cada caso, o sin mandamiento judicial. Quedan especialmente comprendidos en esta prohibición los descuentos o compensaciones por concepto de uso o arrendamiento de locales, herramientas o útiles de trabajo; |
ARTÍCULO | 150 | 29-diciembre-2010 | Son permitidos los descuentos y retenciones por conceptos de cuotas sindicales y de cooperativas y cajas de ahorro, autorizadas en forma legal; de cuotas con destino al seguro social obligatorio, y de sanciones disciplinarias impuestas de conformidad con el reglamento del trabajo debidamente aprobado. |
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