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La Centralizacion


Enviado por   •  10 de Abril de 2014  •  1.755 Palabras (8 Páginas)  •  174 Visitas

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La Centralización

En Venezuela la forma de administración gubernamental admite la Centralización, tanto es así que la Administración Pública Nacional está conformada por una serie de órganos que coadyudan con el ejercicio del Gobierno. Antes de señalar los diversos organismos que conforman la Administración Pública Nacional. La Centralización en su sentido más general puede ser entendida como la acción de reunir o concentrar todos los asuntos de índole político o administrativo en un solo órgano.

La Centralización Gubernamental es aquella en la que el órgano superior tiene todas las funciones, competencias y controles de los demás órganos que integran la administración pública.

Características de la Centralización Gubernamental

Existe un órgano superior que concentra todas las funciones y competencias. Los demás órganos de la administración no tienen autonomía funcional, es decir, no pueden tomar decisiones propias.

En Venezuela los órganos superiores que conforman la Administración Pública son los siguientes:

a. El Presidente de la República.

b. El Vicepresidente Ejecutivo.

c. El Consejo de Ministros

d. Los Ministros(as

e. Los Viceministros(as).

a. El Presidente de la República, quien tiene el carácter de Jefe de Estado y Jefe del Ejecutivo Nacional, tiene la responsabilidad de dirigir la acción de Gobierno así como la Administración Pública Nacional; pero para lograrlo necesita de la colaboración del Vicepresidente de la República.

b. El Vicepresidente de la República, como ya se señaló, es el órgano directo y colaborador del Presidente de la República, y debe coordinar la Administración Pública Nacional, relaciones del Ejecutivo con la Asamblea Nacional, entre otras funciones.

c. El Consejo de Ministros por su parte está conformado por todos los Ministros del Estado, y es presidido por el Presidente de la República. Su función principal es la consideración y aprobación de las políticas públicas que sean competencia del Poder Ejecutivo.

d. Los Ministerios son órganos directos del Ejecutivo Nacional, y cada ministro tiene a su cargo un despacho determinado. Su función principal es formular, adoptar, seguir y evaluar las políticas y proyectos que tienen bajo su responsabilidad. La dirección de los Ministerios está a cargo de un funcionario llamado Ministro, y las competencias inherentes a su cargo se encuentran en los respectivos reglamentos orgánicos.

e. Los Viceministros son los colaboradores inmediatos de los Ministros, y dichos funcionarios son de libre nombramiento y remoción del Presidente de la República.

La Descentralización Gubernamental es aquella que permite la presencia de órganos descentralizados que se encargan de ejecutar, pero dichos órganos deben responder a un órgano centralizado. Sin embargo, en la legislación venezolana se conciben órganos que funcionan de forma descentralizada, estos órganos tienen una forma determinada en la Ley para su constitución, dichos órganos son:

1. Los Institutos Autónomos: Son personas jurídicas de derecho público de naturaleza fundacional, y se crean mediante Ley nacional, estadal u ordenanza municipal. En otras palabras, son órganos independientes, que tienen un patrimonio propio, pero que deben guiarse por la Ley que les dio nacimiento. Un ejemplo de un Instituto Autónomo lo son las Universidades Autónomas, como por ejemplo La Universidad de los Andes, La Universidad Central de Venezuela, La Universidad del Zulia, entre otras.

2. Las Empresas del Estado: Son las sociedades de tipo mercantil, en las que la República, los Estados o los Municipios u otro ente descentralizado, tiene una participación que excede del 50% del capital de la empresa. Son creadas mediante decreto o resolución emanada del Presidente de la República, Gobernadores de Estado o Alcaldes, según corresponda. Un ejemplo particular de una empresa del Estado es P.D.V.S.A (Petróleos de Venezuela y sus Empresas Asociadas), empresa en la cual el Estado tiene la mayor participación, otro ejemplo lo representa la Corporación Venezolana de Guayana (CVG).

3. Las Asociaciones y Sociedades Civiles del Estado: Son aquellas en las que la República o su ente descentralizado posea el 50% o más de las cuotas de participación. Para su creación se necesita la autorización del Presidente de la República mediante decreto, o mediante resolución.

4. Las Fundaciones del Estado: Son los patrimonios que están destinados a la utilidad general, científico, artístico, literario, benéfico o social, y en la que la República, los Estados o Municipios hayan participado para su constitución, y en la cual alguno de estos entes haya aportado para su patrimonio inicial con más del 50%. Un ejemplo de una fundación del Estado lo representa en Museo de Arte Contemporáneo de Caracas Sofía Imber. La existencia de ésta serie de órganos administrativos es una muestra de la descentralización gubernamental, y es una forma ideada por el Ejecutivo Nacional para aliviar el trabajo.

En algunos casos, estos organismos han demostrado su agilidad para desarrollar el trabajo que les corresponde, pero no siempre ha sido de esa forma. Un punto sin duda importante en la creación de los institutos autónomos lo constituye el hecho de que deben crearse por Ley, es decir, que sólo el Poder Legislativo tiene la competencia para crearlos.

Características de la Descentralización Gubernamental:

a. La competencia ya no radica en solamente en un órgano superior.

b. Permite la creación de otros órganos.

c. Cada órgano funciona de forma descentralizada, es decir, tiene sus propias atribuciones y competencias.

d. Los órganos que integran la descentralización gubernamental son de diversos tipos.

Sin duda alguna, la descentralización

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