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La Estafa


Enviado por   •  11 de Septiembre de 2013  •  1.287 Palabras (6 Páginas)  •  360 Visitas

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Estafa

Definición

La estafa puede ser definida como un delito que se ejecuta contra el patrimonio o la propiedad y que se perpetra por medio de un engaño. El estafador se encarga de que la víctima crea en algo que no tiene existencia real. Otra opción es engañar al estafado respecto a las condiciones de una operación comercial.

Penalidad

Art. 405.- Son reos de estafa, y como tales incurren en las penas de prisión correccional de seis meses a dos años, y multa de veinte a doscientos pesos: 1o. los que, valiéndose de nombres y calidades supuestas o empleando manejos fraudulentos, den por cierta la existencia de empresas falsas, de créditos imaginarios o de poderes que no tienen, con el fin de estafar el todo o parte de capitales ajenos, haciendo o intentando hacer, que se les entreguen o remitan fondos, billetes de banco o del tesoro, y cualesquiera otros efectos públicos, muebles, obligaciones que contengan promesas, disposiciones, finiquitos o descargos; 2o. los que para alcanzar el mismo objeto hicieran nacer la esperanza o el temor de un accidente o de cualquier otro acontecimiento quimérico.

ELEMENTOS CONSTITUTIVOS

Conforme a la doctrina, los elementos que componen el delito de estafa son cuatro:

Los medios empleados.

Entrega o remisión de cosas determinadas.

La existencia de un perjuicio.

La intención fraudulenta.

La estafa acompañada de circunstancias agravantes.

a) Una primera circunstancia agravante está prevista en el artículo 405 por la ley No.5224, del 29 de Septiembre de 1959:"Cuando los hechos incriminados en este artículo sean cometidos en perjuicio del Estado Dominicano o de sus instituciones, los culpables serán castigados con pena de reclusión si la estafa no excede de RD$5,000.00".

b) Otra circunstancia agravante ha sido establecida en el mismo párrafo. La ley prevé la hipótesis en que la estafa alcance una suma superior a los RD$5,000.00. La pena en este caso es la de reclusión.

En ambos casos, se sancionan al culpable con la devolución del valor que envuelve la estafa y a una multa no menor de ese valor ni mayor del triple del mismo.

Proyecto del código penal

Art. 382.- (313) Se califica estafa el uso de un falso nombre o calidad, el abuso de una calidad verdadera, o el empleo de maniobras fraudulentas, para engañar a una persona física o moral y convencerla así, en su perjuicio o en perjuicio de un tercero o tercera, para que entregue fondos, valores o un bien cualquiera, o provea un servicio o consienta un acto que opere obligación o descargo.

La estafa se sancionará con las penas de cinco años de prisión y cinco y media vez el salario mínimo del sector público de multa.

Abuso de confianza

Definición

En Derecho, el abuso de confianza es un delito en el que el delincuente abusa de la confianza depositada por la víctima. Uno de los abusos de confianza más comunes es la apropiación indebida de bienes, aprovechando que la víctima le concede el uso o la tenencia de dicho bien.

Base legal

Art. 408.- Son también reos de abuso de confianza y como tales incurren en las penas que trae el artículo 406, los que, con perjuicio de los propietarios, poseedores o detentadores, sustrajeren o distrajeren efectos, capitales, mercancías, billetes, finiquitos o cualquier otro documento que contenga obligación o que opere descargo, cuando estas cosas les hayan sido confiadas o entregadas en calidad de mandato, depósito, alquiler, prenda, préstamo a uso o comodato o para un trabajo sujeto o no a remuneración, y cuando en éste y en el caso anterior exista por parte del culpable la obligación de devolver o presentar la cosa referida, o cuando tenía aplicación determinada.

Elementos constitutivos.

El hecho material de sustraer o distraer.

El carácter fraudulento de la sustracción.

Perjuicio

La naturaleza del Objeto (carácter mobiliar).

La entrega del objeto a titulo precario.

Que la entrega tenido lugar mediante uno de los contratos enumerado por el art.408 del código penal.

Pena aplicable

Párrafo.- En todos los casos de abuso de confianza, cuando el perjuicio causado exceda de mil pesos, pero sin pasar de cinco mil pesos, la pena será de tres a cinco años de eclosión y del máximum de la

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