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La Muerte Jurídicamente


Enviado por   •  18 de Abril de 2015  •  1.072 Palabras (5 Páginas)  •  405 Visitas

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Concepto de Muerte

La muerte es la cesación definitiva e irreversible de la actividad cerebral del ser humano o de la función cardio-respiratoria. Su constatacion es de responsabilidad del médico que la certifica.

La muerte es entendida como la irrupción de la vida. Es el fin del ciclo vital de cualquier ser vivo, ya sean vegetales, animales o humanos. En el caso de estos últimos, la posibilidad de muertes cerebrales (atributo que no tienen ni vegetales ni animales) que sin embargo permiten que otros órganos vitales funciones- como el corazón- han despertado numerosos debates acerca de cuándo una persona se considera muerta.

En principio, diremos que la muerte es el último eslabón del ciclo de vida, que supone que cualquier ser vivo nace, crece, se reproduce y finalmente, muere. Ocurre con todos los vegetales, animales y asimismo con los humanos. Con estos últimos, sin embargo, la muerte está impregnada de otros significados, puesto que no sólo se trata meramente de un concepto o proceso biológico si no que la fe y la religión, por ejemplo, han esgrimido sus concepciones respecto de la muerte.

La muerte en el derecho mexicano

Como contrapunto del nacimiento, nuestro Código Civil establece en el artículo 32 que “la personalidad civil se extingue por la muerte de las personas”.

Las consecuencias de la muerte son claras: al extinguirse la personalidad del difunto, lógicamente todas las situaciones o relaciones sociales a él atinentes habrán de darse igualmente por extinguidas. Por ello, entre otras razones, resulta necesario precisar el momento del fallecimiento y, en tal sentido, establece la Ley de Registro Civil que la inscripción de defunción hace fe de la fecha, la hora y el lugar en que acontece la muerte y que, para proceder a la inscripción de defunción, será necesaria certificación médica de la existencia de señales inequívocas de muerte, con indicación de la causa.

Médicamente, la muerte es la cesación de las actividades fisiológicas del organismo humano aun cuando subsista con vida algún órgano principal.

Jurídicamente, la muerte es el estado en que el cuerpo humano ha concluido su personalidad.

La muerte es un proceso porque las funciones se van apagando sucesivamente hasta que el último órgano deje de funcionar.

Muerte por accidente. ¿Cuándo una persona muere en accidente automovilístico o de otra naturaleza o bien muere en circunstancias especiales que hagan presumir la comisión de un delito, quien tiene que certificar?

La certificación de la muerte lo tiene que dar el medico-forense (medico-abogado) previa autopsia legal con la intervención del fiscal de distrito. Esto en las ciudades y capitales de departamento ya que en estas existen Cortes Superiores De Distrito y estas están dotadas por lo general de un medico-forense.

En las provincias donde no hay medico-forense la autopsia lo realiza el medico del lugar, quien extenderá un certificado, documento con el interesado, mas dos testigos, se presenta ante un Oficial de Registro Civil, con el cual el oficial labra un Certificado De Defunción que extiende que será prueba idónea de la muerte.

La muerte y su prueba

¿Como se prueba científicamente la efectividad de la muerte?

1. Con un electroencefalograma. Un registro electroencefalográfico plano en una persona en coma traduce ausencia de actividad cerebral, y por

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