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Legalidad o Ilegalidad del Decreto 780 de 2016


Enviado por   •  18 de Octubre de 2018  •  Ensayos  •  1.528 Palabras (7 Páginas)  •  109 Visitas

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Legalidad o Ilegalidad del Decreto 780 de 2016


Índice

Objetivo        3

Desarrollo Temático        3

Facultad legislativa del legislativo        3

Decretos        4

Decretos de contenido legislativo        4

Que decretos puede expedir el ejecutivo        4

Qué diferencia hay entre decreto ejecutivo y decreto ley        4

Decretos compiladores        5

¿Qué clase de decreto es el decreto 1072 de 2015?        6


Objetivo

Realizar un análisis de la legalidad del decreto 1072 del 2015

Desarrollo Temático

Este ensayo pretende brindar una contextualización general de la posición del decreto 1072 del 2015 en Colombia y así mismo concluir si es legal o no; para ellos se conceptualiza una serie de ítems representativos que ahondarán en los procesos más importantes para poder comprender la situación y obtener con claridad una respuesta.

Facultad legislativa del ejecutivo

Se debe empezar por definir que el poder ejecutivo es aquella rama dentro del sistema jurídico que evita que el país sea una dictadura debido a que evita que todas las decisiones sean única y exclusivamente tomadas por la voluntad del presidente la república y así mismo, deban someterse a la voluntad de un proceso llevado en el congreso. (Urrego-Ortiz & Quinche Ramirez, 2008, pág. 56)

Facultad legislativa del legislativo

El poder legislativo tiene como función dentro de la constitución de dictar decretos que buscan el control de la constitucionalidad o en conmoción pues es la rama que compete directamente al congreso y al presidente de la república en conmoción.

En los párrafos anteriores de ha definido a groso modo la facultad legislativa y ejecutiva, pero esto incluye un tema que a consideración es el más importante y es los tipos de decretos que se expiden.

Decretos

Los decretos en Colombia han generado una serie de problemáticas porque si bien existen unos que son nombrado inclusive en la constitución de 1991, hay unos que hay ssido creados por invención y es allí en donde se encuentra el meollo del asunto, de acuerdo con esto los decretos son según la C.P:

Decretos de contenido legislativo

Son aquellos que son expedidos por el Gobierno Nacional cuyo alcance es tan fuerte que pueden posteriormente derogarlas o subrogarlas, dentro de las cuales se derivan el decreto ley, el decreto legislativo, el decreto del plan nacional de desarrollo, los estatutarios y los reglamentos autónomos.

Que decretos puede expedir el ejecutivo

El decreto ejecutivo por su lado de acuerdo con lo que indica en inciso cuatro del art. 115 de la C.P, en donde los decretos ejecutivos son los actos mediante el cual el Gobierno Nacional da cumplimiento a una sanción a instancias de autoridad competente, por ejemplo, cuando se suspende a un gobernador por incurrir en desacato, fallo de tutela, tiempo en el cual se llama según Decreto 327 de 2007 "el pabellón Nacional a media asta en todos los edificios públicos del país". (Urrego-Ortiz & Quinche Ramirez, 2008)

Qué diferencia hay entre decreto ejecutivo y decreto ley

Es importante aclarar como dicen Ortiz & Quinche (2008), en este caso que los decretos leyes son textos normativos dictados con base en una ley de facultades extraordinarias según el numeral 10 del art. 150 de la C.P, por medio de la cual se habilita al presidente de la República para legislar mediante decretos. (pág. 57)

A diferencia del ejecutivo, en cual sus decretos no tienen permanencia en el tiempo como si lo tiene el decreto ley debido a que siguen vigentes luego de cesar las facultades extraordinarias en virtud de las cuales fueron expedidos.

De acuerdo con lo dicho anteriormente sobre la invención de decretos, el Gobierno Nacional se ha inventado el decreto compilatorio, buscando tener más potestad reglamentaria ajenas al sistema constitucional y es el siguiente:

Decretos compiladores

La C.P la delegación legislativa deberá otorgarse mediante una Ley de bases cuando su objeto sea la formación de textos articulados o por una Ley de bases cuando su objeto sea la formación de textos articulados por una Ley ordinaria, es decir, esta competencia para refundir textos legales tiene como objetivo reconducir a unidad la normativa dispersa y fragmentarla, el documento que se genera por el Gobierno se llama PUBLICACIÓN EN UN SOLO TEXTO y es puesto en vigencia mediante el decreto legislativo.

Hay que añadir que en Colombia como complacencia del Congreso se compilan en el Decreto 111 de 1996 la Ley 38 de 1989, la Ley 179 de 1994 y la Ley 225 de 1995. Este decreto tuvo origen en la autorización que el legislador, en el artículo 24 de la Ley 225 de 1995, otorgó al Gobierno Nacional para que compilara las normas de esta ley, así como las Leyes 38 de 1989 y 179 de 1994, sin cambiar su redacción ni contenido. Piezas normativas, como el Decreto 111 de 1996 han sido llamados por la jurisprudencia como Decretos compiladores, los que como toda práctica inconstitucional son expedidos con frecuencia y sin control eficaz alguno. (Urrego-Ortiz & Quinche Ramirez, 2008)

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