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MECANISMOS ALTERNOS DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS EN MATERIA PENAL


Enviado por   •  4 de Octubre de 2018  •  Ensayos  •  954 Palabras (4 Páginas)  •  149 Visitas

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MECANISMOS ALTERNOS DE SOLUCION DE CONTROVERSIAS EN MATERIA PENAL

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Una vez que se acepta el contrato social, se aceptan también las formalidades que impone el estado en la exigencia de justicia, misma que recae sobre nuestros derechos humanos, jurídicos y patrimoniales, la cual ejecuta a través de sus instituciones, las que por tantos años han luchado para establecer mecanismos que reduzcan la criminalidad que vulneran el orden y la paz pública.

Sin embargo es poco lo que ha podido hacerse respecto al tema, pues las diversas formas de criminalidad obstaculizan el progreso político, económico, social, y cultural de los pueblos, amenazan los derechos humanos, las libertades, la paz, la estabilidad y seguridad nacional. (Correa García, 2015)

Otro problema es que se ha estudiado el crimen desde la perspectiva represiva de la conducta, olvidándose así de las necesidades sociales e individuales de restauración de los daños ocasionados, considerándolo al igual que los estudiosos de la materia como el camino viable para acceder a una verdadera justicia.

Si bien es cierto que el crimen organizado y el narcotráfico son males sociales arraigados en nuestro país, son los delitos del fuero común los que laceran en todo momento la esfera jurídica del ciudadano, la probabilidad de sufrir alguno está latente, problema serio al ser en su mayoría sobre los bienes patrimoniales y jurídicos, necesarios e indispensables para desenvolverse con tranquilidad.

La necesaria e incipiente transformación de nuestro sistema de justicia penal trajo consigo la llamada justicia restaurativa, la cual presenta mecanismos alternativos de solución de controversias que ayudan a que el ciudadano sienta la complacencia de la restitución del mal ocasionado.

Cuya ley se reglamenta a partir de lo que enuncia el artículo 17 constitucional en su párrafo 5º:

Las leyes preverán mecanismos alternativos de solución de controversias. En la materia penal regularán su aplicación, asegurarán la reparación del daño y establecerán los casos en los que se requerirá supervisión judicial

Debe aclararse que solo puede llevarse a cabo en delitos cuyo impacto no entrañen un peligro sustancial a la sociedad, fácil de entender al no encontrarse dentro de los que la propia Constitución asigna la prisión preventiva oficiosa, que de acuerdo al artículo 19 párrafo segundo:

El juez ordenará la prisión preventiva, oficiosamente, en los casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, así como delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.

Fuera de ello pudiera ser que la mayoría de los delitos pueden tener un acuerdo reparatorio o la búsqueda de métodos alternativos de solución del conflicto, tal es el caso de daño a la propiedad, fraude, robo simple, lesiones que no pongan en peligro la vida, abuso de confianza, despojo, etc., en fin todos los delitos no graves.

A continuación se muestran los mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal y los principios que los rigen de acuerdo con (CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN , 2014):

PRINCIPIOS RECTORES

  • Información
  •  Confidencialidad
  • Flexibilidad y simplicidad
  •  Imparcialidad
  • Equidad
  • Honestidad

MEDIACIÓN

Mecanismo voluntario mediante el cual los Intervinientes, en libre ejercicio de su autonomía, buscan, construyen y proponen opciones de solución a la controversia, con el fin de alcanzar la solución de ésta.

El Facilitador propicia la comunicación y el entendimiento mutuo entre los Intervinientes.

CONCILIACIÓN

Es el mecanismo voluntario mediante el cual los Intervinientes, en libre ejercicio de su autonomía, proponen opciones de solución a la controversia en que se encuentran involucrados.  

Además de propiciar la comunicación entre los Intervinientes, el Facilitador podrá, sobre la base de criterios objetivos, presentar alternativas de solución diversas.

JUSTICIA RESTAURATIVA

Mecanismo mediante el cual la víctima u ofendido, el imputado y, en su caso, la comunidad afectada, en libre ejercicio de su autonomía, buscan, construyen y proponen opciones de solución a la controversia, con el objeto de lograr un Acuerdo que atienda las necesidades y responsabilidades individuales y colectivas, así como la reintegración de la víctima u ofendido y del imputado a la comunidad y la recomposición del tejido social.

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