MODIFICACIONES A LOS ARTICULOS 73,113 135 DEL CODIGO PENAL
17 de Julio de 2014
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Articulo 73
Artículo 73
Frac. X. Hidrocarburos, minería, cinematografía, comercio, apuestas y sorteos,
servicios financieros, energía eléctrica y nuclear, trabajo.
Frac. XVII. Vías generales de comunicación, postas y correos y
aprovechamiento de las aguas de jurisdicción Federal.
Frac. XVIII. Establecer casas de moneda, sus condiciones, fijar el valor relativo
de la moneda extranjera y adoptar un sistema general de pesas y medidas.
Frac. XXIX-C. Establecer la concurrencia de los tres niveles de gobierno en
asentamientos humanos.
Frac. XXIX-D. Planeación nacional del desarrollo económico y social.
Frac. XXIX-E. Acciones de orden económico, abasto, producción de bienes y
servicio social, nacionalmente necesarios.
Frac. XXIX-F. Promoción de inversión mexicana regulación de la extranjera,
transferencia de tecnología y conocimientos científicos y tecnológicos.
Frac. XXIX-G. Concurrencia de los tres niveles de gobierno sobre protección al
ambiente y equilibrio ecológico.
Frac. XXIX-I. Coordinación de los tres niveles de gobierno en protección civil.
Facultades del Congreso.
“Funciones del Parlamento en el Estado Contemporáneo.
Desde el punto de vista teórico la enumeración y clasificación de las funciones
parlamentarias es una tarea compleja, lo que explica por qué los parlamentos son
considerados instrumentos políticos del principio de soberanía popular, misión
que les confiere inevitablemente el derecho y el deber de intervenir, de diversas
maneras, en la conducción de los asuntos públicos, según el régimen en que
actúen y el grado de desarrollo político de cada pueblo.
En virtud de los numerosos criterios para identificar y clasificar las funciones
parlamentarias, procede mencionar las características, según criterio enunciativo
y no limitativo, sin desatender la necesidad de una sistematización lógica y
coherente de ellas.”1
Clasificación de las facultades del Congreso.
“Las funciones del Congreso pueden ser “representativas, deliberativas,
financieras, legislativas, de control, políticas (en sentido estricto, dado que todas
las funciones del parlamento tienen este carácter), de inspección, jurisdiccionales,
de indagación, de comunicación, y educativas, entre otras.
Como es evidente, estas funciones no siempre son ejercidas en el orden
mencionado y algunas de las acciones que sirven para una de ellas pueden
también ser aplicadas en otras, de tal manera que entretejen, en la realidad, los
fenómenos políticos inherentes al ejercicio de una representación auténtica del
electorado y de las distintas fuerzas sociales y económicas que cada nación
genera, mismas que han de ser evaluadas, controladas, conciliadas y
coordinadas con el fin de que permanezcan integrando un todo coherente,
constituido por la nación soberana”.2
3“ La doctrina constitucional ha clasificado las facultades de las Cámaras desde
dos puntos de vista:
a) Por su forma de actuación las facultades que ejercitan las Cámaras pueden
ser estudiadas:
1.- Conforme al ejercicio de las que les corresponde de manera propia y
exclusiva a cada una de ellas, y que ejercitan de manera separada pero no
sucesiva (artículos 74 y 76 constitucionales).
2.- Conforme a su funcionamiento como Congreso General ejercitando sus
facultades de manera separada y sucesiva ( artículo 73 constitucional)...;
3.- Actuando como asamblea única, situación en la cual las Cámaras ejercitan
sus facultades de manera conjunta y simultánea (artículo 69, 84, 85, y 87
constitucionales).
4.- Conforme el ejercicio de aquellas facultades que son comunes a ambas y se
actualizan de forma separada y no sucesiva (artículo 77 constitucional).
b) Desde el punto de vista de la naturaleza de sus actos, las facultades del
Congreso se clasifican en legislativas, administrativas y jurisdiccionales.
FACULTADES LEGISLATIVAS.
Básicamente estas facultades se refieren a la naturaleza misma del Congreso,
como órgano a quien compete la elaboración de las normas jurídicas que
conocemos con el nombre de leyes o decretos, con su carácter general, abstracto
e impersonal y que, desde el punto de vista material y formal se determinan como
tales. Además, el Congreso puede ejercer facultades que, como ya hemos
apuntado, pueden ser formalmente legislativas y materialmente administrativas o,
en su caso, jurisdiccionales. Las materias en las que ejerce facultad legislativa el
Congreso de la Unión son conforme al orden sucesivo y creciente de las
fracciones que integra el artículo 73 constitucional:
Materia económica.
Las facultades que se comprenden bajo este mismo rubro, básicamente son de
una doble naturaleza, a saber:
a) Economía y Planeación del desarrollo económico y social.
..., paulatinamente se ha presentado la necesidad de sustraer de las entidades
federativas algunas materias que eran de su competencia, esto es, se han
"federalizado" ciertos rubros económicos.”
Las fracciones que a continuación se presentan, determinan la intervención del
legislador, debido a la importancia que revisten para la economía nacional, el
comercio, seguridad pública y relaciones a nivel doméstico e internacional, y que
son motivo de regularización federal:
S.I.I.D.
Servicio de Investigación y Análisis
División de Política Interior 9
Facultades establecidas como federales
Artículo 73
Frac. X. Hidrocarburos, minería, cinematografía, comercio, apuestas y sorteos,
servicios financieros, energía eléctrica y nuclear, trabajo.
Frac. XVII. Vías generales de comunicación, postas y correos y
aprovechamiento de las aguas de jurisdicción Federal.
Frac. XVIII. Establecer casas de moneda, sus condiciones, fijar el valor relativo
de la moneda extranjera y adoptar un sistema general de pesas y medidas.
Frac. XXIX-C. Establecer la concurrencia de los tres niveles de gobierno en
asentamientos humanos.
Frac. XXIX-D. Planeación nacional del desarrollo económico y social.
Frac. XXIX-E. Acciones de orden económico, abasto, producción de bienes y
servicio social, nacionalmente necesarios.
Frac. XXIX-F. Promoción de inversión mexicana regulación de la extranjera,
transferencia de tecnología y conocimientos científicos y tecnológicos.
Frac. XXIX-G. Concurrencia de los tres niveles de gobierno sobre protección al
ambiente y equilibrio ecológico.
Frac. XXIX-I. Coordinación de los tres niveles de gobierno en protección civil.
Materia financiera.
En virtud de la actividad que el Estado desarrolla con el objeto de procurarse los
medios necesarios para los gastos públicos destinados a la satisfacción de las
necesidades también públicas y, en general, a la realización de sus propios fines,
así como para administrar el patrimonio, determinar y recaudar los atributos,
conservar, destinar o invertir las sumas asignadas, la actividad financiera puede
ser tratada en dos aspectos: financiero, stricto sensu, y financiero-tributario.4
a) Son de naturaleza financiera las facultades consignadas en las siguientes
fracciones:
Facultades financieras
Artículo 73
Frac. VIII. Dar bases al Ejecutivo para celebrar empréstitos.
Frac. X. Legislar sobre ... intermediación y servicios financieros,...
Respecto a la facultad que señala la fracción VIII del artículo 73, “...se establece
una limitante y tres excepciones; así, ningún empréstito podrá celebrarse sino
para la ejecución de obras que directamente produzcan un incremento en los
ingresos públicos, salvo los que se realicen con propósito de regularización
monetaria, las operaciones de conversión y los que se contraten durante una
emergencia declarada por el presidente de la República en los términos del
artículo 29.
b) Son de naturaleza financiera-tributaria las atribuciones del Congreso
contenidas en las fracciones VII Y XXIX.
Facultades financieras tributarias
Artículo 73
Frac. VII. Imponer contribuciones que cubran el presupuesto.
Frac. XXIX. Establecer contribuciones sobre: comercio exterior,
aprovechamiento y explotación de recursos naturales,
instituciones de crédito y sociedades de seguros, servicios
públicos concesionados o explotados directamente por la
Federación.
Especiales sobre: energía eléctrica; producción y consumo de tabacos
labrados, gasolina y otros productos derivados del petróleo; cerillos y fósforos;
aguamiel y productos derivados de su fermentación, explotación forestal;
producción y consumo de cerveza, de los cuales participarán las Entidades
Federativas y los municipios.
“Son de tal naturaleza dado que, primero,
...