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NUEVO CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES


Enviado por   •  30 de Junio de 2014  •  4.548 Palabras (19 Páginas)  •  404 Visitas

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CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

PROCESO LEGISLATIVO

Primero. Con fecha 18 junio de 2008, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reformaron artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22; las fracciones XXI y XXIII del artículo 73; la fracción VII del artículo 115 y la fracción XIII del apartado B del artículo 123, todos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, mediante la cual se dispuso un nuevo sistema de justicia penal de corte acusatorio y oral. En este sentido, en su artículo segundo transitorio se dispuso un plazo de ocho años contado a partir del día siguiente a la publicación del Decreto para implementar dicho sistema penal.

Segundo. Con el objetivo de cumplir con dicho mandato constitucional, en el ámbito federal se presentaron tres iniciativas con proyecto de Decreto que proponen la expedición de un Código Federal de Procedimientos Penales, como a continuación se indica:

a) El 22 de septiembre de 2011, fue presentada por el Ejecutivo Federal, ante la Cámara de Diputados, la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide el Código Federal de Procedimientos Penales.

b) El 02 de octubre de 2012, fue presentada por el Senador Pablo Escudero Morales, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), junto con otros Senadores, integrantes de la LXII Legislatura, ante el Senado de la República, la Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se expide el Código Federal de Procedimientos Penales.

c) El 5 de febrero de 2013, fue presentada por los Senadores Roberto Gil Zuarth, y Manuel Camacho Solís, integrantes, respectivamente, de los Grupos Parlamentarios del Partido Acción Nacional (PAN) y del Partido de la Revolución Democrática (PRD) de la LXII Legislatura, ante el Senado de la República, la Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se expide el Código Federal de Procedimientos Penales.

Tercero. El 07 de febrero de 2013, la Comisión de Justicia del Senado de la República, con fundamento en los artículos 1, 117, 129, 133, 136 y 150 del Reglamento del Senado de la República, celebró el “Acuerdo por el que se aprobó la convocatoria y metodología para la celebración de cuatro audiencias públicas respecto de las Iniciativas presentadas en torno a la expedición del Nuevo Código de Procedimientos Penales”. El Senado de la República señala que las audiencias públicas tuvieron como objetivo enriquecer el trabajo legislativo con opiniones técnicas y la participación de expertos, autoridades, profesionales y representantes de la sociedad civil, abriéndose un espacio de discusión pública en el que fueron compartidas distintas perspectivas y pronunciamientos respecto de las iniciativas presentadas.

Cuarto. El 07 de febrero de 2013, el Senado precisa que en virtud del Acuerdo antes mencionado, se instauró la creación de un Consejo Técnico, con el propósito de proporcionar a la Comisión de Justicia la asistencia técnica necesaria durante la celebración de las audiencias públicas y durante el proceso de dictaminación de las iniciativas en la materia. El Consejo Técnico fue conformado por personas con reconocida experiencia, y especialidad en la materia.

Quinto. El 06 de marzo de 2013, se celebró la Primera audiencia pública y en el mismo acto quedó insaturado el Consejo Técnico. El tema de la audiencia fue el análisis de coincidencias y divergencias estructurales entre las iniciativas sobre el Nuevo Código de Procedimientos Penales a dictaminar en el proceso legislativo.

Sexto. El 13 marzo 2013, se celebró la Segunda audiencia pública. El tema de la audiencia fue la deliberación del modelo general, actos procedimentales y criterios que regirán la fase de Investigación de los delitos.

Séptimo. Los días 20 de marzo y 03 de abril de 2013, se celebró la Tercera audiencia pública. El tema de la audiencia fue la deliberación del modelo general, actos procedimentales y criterios que regirán, por un lado, la aplicación de Mecanismos Alternativos de Resolución de Conflictos y, por el otro, el Proceso Penal.

Octavo. El 10 de abril de 2013, se celebró la Cuarta audiencia pública. El tema de la audiencia fue la deliberación del modelo, reglas y principios generales que se observarán durante la audiencia de juicio oral, así como de los Procedimientos Especiales.

Noveno. Durante los meses de febrero y abril del 2013, fueron presentadas tres iniciativas cuyo objetivo fue dotar al Congreso de la Unión de facultades para emitir un Código Único en materia procedimental penal y también leyes nacionales en materia de ejecución de sanciones y mecanismos alternativos de solución de controversias:

a) El 14 de febrero de 203, fue presentada por el Senador Roberto Gil Zuarth, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, ante el Senado de la República, la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de los artículos 17 y 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

b) El 09 de abril de 2013, fue presentada por las Senadoras y Senadores María del Pilar Ortega Martínez, Roberto Gil Zuarth, Raúl Gracia Guzmán, Carlos Mendoza Davis y José María Martínez Martínez, todos integrantes del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, ante el Senado de la República, la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de los artículos 20, 73 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

c) El 24 de abril de 2013, fue presentada por la Senadora Arely Gómez González, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, y los Senadores Roberto Gil Zuarth, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Manuel Camacho Solís, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, y Pablo Escudero Morales, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, ante la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión, la Iniciativa que contiene Proyecto de Decreto por el que se reforma y adiciona la fracción XXI del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Décimo. El 30 de abril de 2013, fue aprobada por el Pleno del Senado de la República una iniciativa de reforma constitucional que, a través de una adición al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, faculta al Congreso de la Unión para expedir un Código Nacional de Procedimientos Penales.

Décimo Primero. Fueron presentadas ante el Senado de la República tres iniciativas, cuyo objetivo era la expedición de un Código

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