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ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL PODER LEGISLATIVO PERUANO


Enviado por   •  15 de Noviembre de 2014  •  8.299 Palabras (34 Páginas)  •  184 Visitas

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CAPITULO I

HISTORIA DEL PODER LEGISLATIVO PERUANO

Plaza Mayor de Lima en los inicios de la República

El Perú nace como una nación libre e independiente luego de un largo proceso emancipador, iniciado desde las primeras rebeliones de indígenas y criollos. Ese proceso tuvo uno de sus momentos cumbres en la declaración de la independencia nacional el 28 de julio de 1821.

Los fundamentos doctrinarios del proceso emancipador estuvieron directamente vinculados al ideario democrático por el que se buscaba garantizar la plena vigencia de los derechos y deberes de los ciudadanos, la consolidación del ordenamiento jurídico y político del país, el respeto a la constitución y las leyes, el bienestar de la población y la irrestricta vigencia de las garantías y los derechos individuales.

Uno de los principales medios para concretar ese ideario y garantizar el cumplimiento de sus objetivos es la división del poder en tres esferas distintas: ejecutiva, legislativa y judicial, autónomas e independientes entre sí. El Poder Legislativo, específicamente, reside en el Congreso de la República, cuyos miembros son elegidos por la ciudadanía en comicios y, por lo tanto, ejercen sus funciones representando la voluntad popular.

La primera convocatoria a congreso constituyente fue realizada por el general don José de San Martín mediante el Decreto Nº 146, del 27 de diciembre de 1821. Para dar cumplimiento al dispositivo mencionado se conformó una comisión encargada de preparar el reglamento de elecciones y se fijó el número de diputados -79 propietarios y 38 suplentes-, los cuales serían elegidos con arreglo al cálculo de la población de cada departamento.

Los primeros diputados se reunieron el 20 de setiembre de 1822, a las 10 a.m., en el palacio de gobierno. Desde allí se dirigieron a la catedral a solicitar la asistencia divina, mediante la misa votiva del Espíritu Santo, que celebró el Deán Gobernador Eclesiástico del arzobispado de Lima, doctor Francisco Javier de Echagüe. Concluida esta se entonó el himno Veni Sancte Spiritus; después, el Deán hizo una exhortación a los diputados sobre la protestación de la fe y el juramento que debían prestar. En seguida, el ministro de Estado y Relaciones Exteriores, doctor. Francisco Valdivieso, pronunció la fórmula de juramento:

«¿Juráis conservar la santa religión católica, apostólica, romana, como propia del Estado; mantener en su integridad el Perú; no omitir medio para libertarlo de sus opresores; desempeñar, fiel y legalmente, los poderes que os han confiado los pueblos; y llenar los altos fines para que habéis sido?"

Los diputados respondieron: «Sí, juramos».

Después de ello pasaron de dos en dos a tocar el libro de los Santos Evangelios. Para finalizar el acto, San Martín añadió:

«Si cumpliereis lo que habéis jurado, Dios os premie; y, si no, Él y la Patria os lo demanden».

A continuación, el gobernador eclesiástico entonó el Te Deum, seguido por el coro. En ese momento resonó en la plaza mayor una salva de 22 cañonazos, repetida en el Callao y en los buques de la armada. En la ciudad se produjo un repique general de campanas hasta la llegada de los diputados al recinto de la Universidad de San Marcos. El primer congreso constituyente se instaló el 20 de setiembre de 1822 en la capilla de la universidad, ubicada entonces en parte del terreno que corresponde actualmente al Palacio del Congreso. Ante él renunció San Martín para dejar a la nación en libertad para decidir su destino. En aquella oportunidad el Protector pronunció la siguiente alocución:

«Peruanos:

Desde este momento queda instalado el Congreso Soberano y el pueblo reasume el poder supremo en todas sus partes».

Una vez retirado San Martín de la sede del Congreso, los diputados eligieron como Presidente y Secretario momentáneos a los doctores Toribio Rodríguez de Mendoza y José Faustino Sánchez Carrión. En seguida, se procedió a realizar la elección de la primera junta directiva del Congreso. Resultaron elegidos: Presidente, el doctor Francisco Javier de Luna Pizarro; Vicepresidente, don Manuel Salazar y Baquíjano ; Primer Secretario, el doctor José Faustino Sánchez Carrión; y Segundo Secretario, el doctor Francisco Javier Mariátegui. En dicha oportunidad el Presidente del Congreso sostuvo:

"El Congreso Constituyente del Perú queda solemnemente constituido e instalado; la soberanía reside en la Nación, y su ejercicio, en el Congreso, que legítimamente la representa".

Ante la renuncia irrevocable de San Martín, el Congreso asumió provisionalmente el ejercicio del Poder Ejecutivo. Para ello designó una comisión, denominada Junta Gubernativa del Perú, compuesta por tres de sus miembros: José de la Mar, Felipe Antonio Alvarado y Manuel Salazar y Baquíjano.

Los diputados, para asegurar el funcionamiento del Congreso, procedieron a nombrar a sus primeros servidores, encabezados por el Oficial Mayor, don Manuel Herrera y Oricaín, cuyo nombramiento fue aprobado en la sesión del 12 de octubre de 1822.

Desde los primeros días de existencia del Congreso sus labores fueron intensas. Ejemplos de ello son la elaboración del Reglamento de la Junta Gubernativa; el otorgamiento del título de Generalísimo a don José de San Martín; la aprobación del Reglamento Interno del Congreso; la definición de las Bases de la Constitución Política del Perú, promulgadas el 17 de diciembre de 1822, y la primera Constitución Política del Perú, sancionada el 12 de noviembre de 1823.

En nuestra primera Constitución los diputados señalaron a Dios como fuente de inspiración suprema y, como objetivo de su acción, la consolidación de las libertades y la felicidad de los pueblos:

«En el nombre de Dios, por cuyo poder se instituyen todas las sociedades y cuya sabiduría inspira justicia a los legisladores.

Nos el Congreso Constituyente del Perú, en ejercicio de los poderes que han conferido los pueblos a todos y cada uno de sus Representantes, para afianzar sus libertades, promover su felicidad, y determinar por una ley fundamental el Gobierno de la República, arreglándonos a las bases reconocidas y juradas.

Decretamos y sancionamos la siguiente Constitución: ...».

Estas han sido y aún son las máximas que regulan el accionar parlamentario, alimentando el espíritu de la institución con una vocación permanente de servicio a la nación.

«Desde el punto de vista

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