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Origen Del Divorcio


Enviado por   •  6 de Enero de 2013  •  2.125 Palabras (9 Páginas)  •  927 Visitas

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El Divorcio:

Se puede definir como "la disolución del vínculo matrimonial que deja a los cónyuges en la posibilidad de contraer otro matrimonio".

También puede ser definido "El Divorcio es la ruptura del vínculo conyugal, pronunciado por tribunales, a solicitud de uno de los esposos (Divorcio por causa determinada) o de ambos (Divorcio por mutuo consentimiento) sanción resultante de una acción encaminada a obtener la disolución del matrimonio".

Es decir que el divorcio es sinónimo de rompimiento absoluto y definitivo del vínculo matrimonial entre los esposos, por la intervención de una autoridad judicial facultada por las leyes.

Ley de Divorcio No.1306-Bis, "Art. 1.- el Matrimonio se disuelve por la muerte de uno de los cónyuges o por el divorcio."

ORIGEN DEL DIVORCIO

En el Derecho Romano, la disolución del matrimonio se conocía como Divortium y se producía por diversas razones, entre las cuales podemos señalar:

• Por incapacidad matrimonial de cualquiera de los contrayentes;

• Por la muerte de uno de ellos;

• Por Capitis Diminutio;

• Por el incestus superveniens, que ocurría cuando el suegro adoptaba como hijo a su yerno y los cónyuges quedaban en condición de hermanos.

• Por llegar al cargo de Senador quien estuviese casado con una liberta,;

• Por la cesación de la Affetio Maritalis, consistente en la voluntad de ambos cónyuges de poner término al matrimonio.

En la legislación Francesa no estaba permitido el Divorcio, el matrimonio era considerado indestructible, eclesiástico y sagrado, pero a partir de la Revolución de 1739, se abrió la posibilidad de dar por terminado al matrimonio mediante el Divorcio-Contrato y posteriormente surge el Divorcio-Sanción. Fueron asimilando varias ordenanzas que planteaban la posibilidad de pedir el divorcio en los casos de:

• Adulterio,

• Por la muerte de unos de los cónyuges,

• Por la condena a pena criminal,

• El abandono del hogar,

• Los excesos

• Sevicias,

• Las injurias graves del uno para con el otro,

Es decir todo lo que hiciera intolerable el mantenimiento del vínculo conyugal.

EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL DIVORCIO EN LA REPÚBLICA DOMINICANA:

La instauración del divorcio en la República Dominicana fue sometida por un proyecto de ley del diputado García Martínez, en la sesión del Congreso Nacional del 29 de abril de 1895, en sustitución de la separación personal establecida y reglamentada por los códigos civil y de procedimiento civil, mientras que el divorcio les ofrecía el medio de romper el vínculo que los unía y el de aspirar, a un nuevo matrimonio.

Con la recopilación, traducción y adecuación de los Códigos franceses esta figura no estaba incluida en los mismos y sólo estaba previsto lo relativo a la separación personal. A pesar de la oposición de la iglesia y de los sectores conservadores de la época, el 6 de mayo de 1897 entró en vigencia la "Ley Sobre Divorcio Y Separación De Cuerpos Y Bienes". Durante los primeros años de vigencia de esta ley la mayoría del pueblo Dominicano tuvo abstención y muchos prejuicios, debido a los cuestionamientos religiosos en cuanto a la disolución del vínculo.

El Divorcio como figura jurídica está contenido en un instrumento de regulación especial, a la cual se le han introducido varias modificaciones en los años 1921, 1929, y luego en 1935 con la Ley 843 y para concluir con la Ley 1306-Bis de fecha 21 de mayo del 1937 y sus modificaciones, que es la que actualmente nos rige en materia de divorcio. Es conveniente señalar, sin embargo, que nuestro derecho es supletorio y por vía de consecuencia, tanto el juez como las partes pueden recurrir a disposiciones generales contenidas en el Código Civil y en el Código de Procedimiento Civil, básicamente lo que tiene que ver con los informativos testimoniales, los emplazamientos, lo relativo a los bienes y a otros aspectos que pueden desprenderse de un proceso de divorcio y que la misma ley, en muchos casos lo contempla.

Dentro de las modificaciones más importantes que se han realizado a la Ley de Divorcio podemos citar la Ley 3937 que instituye la separación personal entre los cónyuges y la Ley 142 del 4 de junio de 1971 sobre Divorcio Rápido, a vapor o acelerado. Así como la Resolución No. 3874 del Congreso Nacional que aprueba el Concordato y el Protocolo Final suscrito entre la República Dominicana y la Santa Sede, publicada en la Gaceta Judicial No.7720.

CAUSAS DE DIVORCIO:

Las causas de divorcio están contenidas en el Capitulo II, Art. 2. de la Ley 1306-bis, sobre Divorcio (Mod. por la Ley No. 2669), el cual se plantea como motivo de divorcio, de manera expresa, excluyente y limitativa las siguientes causales:

1)- El mutuo consentimiento de los esposos.

2)- La incompatibilidad de caracteres justificada por hechos cuya magnitud como causa de infelicidad de los cónyuges y de perturbación social, suficientes para motivar el divorcio, será apreciada por los jueces.

3)- La ausencia decretada por el tribunal de conformidad con las prescripciones contenidas en el capítulo II del título IV del libro primero del Código Civil.

4)- El adulterio de cualquiera de los cónyuges.

5)- La condenación de uno de los esposos a una pena criminal.

No podrá pedirse el divorcio por esta causa si la condenación es la sanción de crímenes políticos.

6)- Las sevicias o injurias graves cometidas por uno de los esposos respecto del otro.

7)- El abandono voluntario que uno de los esposos haga del hogar, siempre que no regrese a el en el término de dos años. Este plazo tendrá como punto de partida la notificación auténtica hecha al cónyuge que ha abandonado el hogar por el otro cónyuge.

8)- La embriaguez habitual de uno de los esposos, o el uso habitual o inmoderado de drogas estupefacientes.

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