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PERIODO DE PRUEBA Y ESTABILIDAD LABORAL


Enviado por   •  6 de Julio de 2014  •  2.680 Palabras (11 Páginas)  •  200 Visitas

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“UNIVERSIDAD CATÓLICA LOS ÁNGELES DE CHIMBOTE”

FACULTAD DE INGENIERÍA

TEMA: “PERÍODO DE PRUEBA Y ESTABILIDAD LABORAL”

POR

VICTOR LÓPEZ RIERA

2. DEDICATORIA

Quiero dedicarle este trabajo a Dios quien me ha dado la vida y la fortaleza para poder ser alguien de provecho, a mis padres, a mis hermanos, a mi profesor y a todos mis compañeros por su apoyo moral e incondicional.

3. ÍNDICE GENERAL

Portada ..…………………………………………………… 01

Dedicatoria .…………………………………………………… 02

Índice General ……………………………………………….. 03

Introducción ………………………………………………… 04

Cuerpo del trabajo ………………………………………………… 05

Conclusiones …………………………………………………….. 14

Anexos …………………………………………………….. 15

Bibliografía ………………………………………………………... 16

4. INTRODUCCIÓN

La estabilidad laboral es un tema que ha generado siempre polémica en los diversos países del mundo como en el Perú, sean los trabajadores, o empleadores, siempre será agenda pendiente de esclarecer, los trabajadores desearán que siempre haya una legislación protectora de la estabilidad laboral, más que todo que ésta sea absoluta, por el contrario los empleadores desearán que la legislación laboral, sea flexible para el cese del trabajador.

5. CUERPO

La estabilidad laboral, significa en si la permanencia en el empleo, que el contrato de trabajo que una persona tiene con su empleador, esta se mantenga en el tiempo, que no termine de un momento a otro sin motivo.

Como es natural, todo persona, desea tener un trabajo estable, que no esté preocupado que al día siguiente deje de trabajar, es decir la estabilidad se dará siempre y cuando haya un contrato de trabajo. Sea este un contrato de trabajo a plazo indeterminado o plazo fijo, en el primer caso tendrá que una persona laborar cotidianamente, sin fecha de término del contrato, salvo las causales legales de terminación del contrato, en el segundo caso, el trabajador permanecerá dentro del plazo fijado en el contrato, la misma que debe ser respetada por el empleador, salvo que exista causal legal para la finalización de ésta.

Históricamente se ha considerado que el contrato de trabajo, es un contrato de tracto sucesivo, que hay prestaciones que cumplir tanto del trabajador como del empleador, uno de prestar los servicios en el tiempo, en una jornada, por su parte la otra parte de cumplir con el pago de esa jornada de trabajo, es decir hay un principio de continuidad de la labor del trabajador subordinado. Martín Carrillo, ¹ laboralista peruano nos indica sobre el tema “ ..es del principio de continuidad de donde dimana el concepto de la estabilidad que opera en los dos extremos de la relación laboral: en la contratación ( con la llamada “ estabilidad de entrada”) y en el despido ( con la llamada “ estabilidad de salida” ).”

Esto nos conlleva que en inicio un trabajador debe primero adquirir la estabilidad, la estabilidad de entrada y ésta la adquiere superando el período de prueba que en el Perú es de tres meses, en el régimen laboral privado. Es decir no es suficiente que uno labore continuamente para adquirir la estabilidad, es necesario cumplir los requisitos legales para ello, más aun cuando la legislación laboral peruana y comparada permite al empleador, que dentro del período de prueba pueda prescindir unilateralmente al trabajador.

El artículo 10º del Decreto Supremo Nº 003-97-TR. Ley de Productividad y Competitividad Laboral, sobre el periodo de prueba expresa: “ El período de prueba es de tres meses, a cuyo término el trabajador alcanza derecho a la protección contra el despido arbitrario. Las partes pueden pactar un término mayor en caso las labores requieran de un período de capacitación o de adaptación o que por su naturaleza o grado de responsabilidad tal prolongación pueda resultar perjudicada. La ampliación del periodo de prueba debe constar por escrito y no podrá exceder, en conjunto con el periodo inicial, de seis meses en el caso de trabajadores calificados o de confianza y de un año en el caso de personal de dirección.”

En si la norma laboral indicada, permite que el período de prueba pueda prorrogarse por acuerdo de las partes, trabajador y empleador, cuando así se consideren más que todo en trabajadores calificados. En casos de que se le prescinda sus servicios a un trabajador que se encuentra dentro del período de prueba, que labore mínimamente cuatro horas, tiene derecho a que se le abone el pago de su compensación por tiempo de servicios y vacaciones truncas.

Explicando el tema de la estabilidad en el empleo, Alonso Garcia² laboralista español, las cuales las comparto indica que los ordenamientos jurídicos acusan su tendencia protectora del trabajador, y que la estabilidad del empleo se adquiere en ciertos casos, cuando el contrato de trabajo es por tiempo indefinido. Por su parte Neves Mujica³ , ayuda a complementar la idea de la estabilidad de entrada, cuando sostiene que en ésta se da preferencia por la contratación

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