ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

POLÍTICA MINERA


Enviado por   •  21 de Mayo de 2013  •  12.223 Palabras (49 Páginas)  •  240 Visitas

Página 1 de 49

1. INTRODUCCIÓN

El análisis de políticas públicas sugiere un ejercicio el cual hace referencia a la producción de información, acerca de una problemática determinada, para consecuentemente llevar a cabo una interpretación que concluya en una solución, enmarcada dentro de la normatividad jurídica de inmediato cumplimiento. Con ello se hace referencia a un conjunto de acciones, que tienen como finalidad la modificación de un conjunto social determinado. En este sentido los gobiernos se enfrentan a un complejo sistema de decisión, ya que dichas decisiones articulan una variedad de intereses, pertenecientes a diversos sectores sociales, en los cuales se interrelacionan distintas estructuras, tanto institucionales como civiles de la sociedad.

De acuerdo a ello, el presenta trabajo presenta como marco de referencia, la Ley 685 de 2001, correspondiente a la ley de minas, en donde se analizará, el proceso de formulación y agendación, reconociendo los roles y las interacciones entre el Estado y la sociedad.

2. AGENDACIÓN DE LA POLÍTICA PÚBLICA

a. ¿Cómo surgió la política pública?

Easton propone un modelo de política, en el cual se incluyen decisiones vinculantes, dentro del ejercicio político, a través de las políticas públicas, en las cuales se articulan los problemas sociales, que de alguna forma entraron al sistema político, como demandas, para luego producir outputs como solución a los mismos. En este sentido se da la creación de una agenda, en donde confluyen diversos actores y se define y priorizan las problemáticas a resolver.

A partir de lo expuesto anteriormente, entraremos a analizar, el proceso que cumple el tema minero, para obtener una inclusión dentro de la agenda pública del gobierno, en el momento que es considerado como una problemática a la cual se debía priorizar.

Antecedentes Históricos

La minería en Colombia, al igual que en América Latina, ha constituido un importante pilar, en el desarrollo de las economías, al registrarse como países de alta productividad de materias primas, dentro de las cuales se encuentra la minería. Consecuentemente, desde la época de la colonización, se ha encontrado una serie de legislaciones y regulaciones sobre la minería, al entenderse como un factor de gran importancia dentro de las economías de la época, pasando por las diferentes épocas de la historia, donde la minería, ha ocupado un importante papel dentro de la agenda política nacional.

De esta manera, la explotación minera en Colombia, se constituye en un pilar importante dentro de la producción nacional de materias primas, junto con la agricultura, lo cual ha estimulado como se dijo anteriormente el crecimiento económico, mediante un crecimiento tecnológico, al igual que la inversión extranjera.

Como se puede establecer en las líneas anteriores, la importancia de la minería es de alto grado, por lo cual el Estado colombiano ha propugnado por el desarrollo en este sector, en vista de que es un foco de desarrollo económico nacional y regional.

Coyuntura minera

Durante el siglo XX Colombia paso por distintos modelos económicos de desarrollo, pasando por un modelo netamente de producción del sector primario, con fines de exportación, para luego pasar a un sistema de sustitución de importaciones para el desarrollo de la industrialización, y finalmente a mediados de siglos, se empiezan a dar avances sobre la apertura económica, en donde el Estado se ve en la obligación de crear un sistema de regulación de la actividad minera. El resultado de este proceso, se consagra en la constitución de 1991, en donde se crea un avance en cuanto a la normatividad jurídica que regía la explotación de recursos naturales, en una coyuntura política de apertura extranjera mayor a la mencionada anteriormente, ya que se permitió la entrada de empresas explotadoras extranjeras. La materialización del proceso se consagra el 17 de Agosto de 2001, en donde el congreso de la republica aprueba el Codigo de Minas, mediante la ley 685, durante el mandato de Andrés Pastrana Arango .

Esta legislación, pretendía ejercer un control sobre los sectores privados, el Estado y la sociedad civil, en relación con el sistema minero. En el 2009 se presenta un intento reformista por parte del entonces presidente, Álvaro Uribe Vélez, con la finalidad de favorecer el interés privado, usando como cortina de humo la pretensión de aumentar la inversión extranjera.

La administración del Presidente Santos, ha incluido dentro de su plan de desarrollo el tema minero, lo cual es reprochable, ya que en diversas ocasiones, se han presentado irregularidades del proceso, por lo cual demanda mayor control.

Normatividad jurídica

- Constitución de 1863: En la cual se declaró que las minas son patrimonio de los Estados soberanos.

- Artículo 332 de la Constitución de 1991: El Estado es propietario del subsuelo y de los recursos naturales no renovables.

- Artículo 334 de la Constitución de 1991: “La dirección general de la economía estará a cargo del Estado. Este intervendrá, por mandato de la ley, en la explotación de los recursos naturales, en el uso del suelo, en la producción, distribución, utilización y consumo de los bienes, y en los servicios públicos y privados, para racionalizar la economía con el fin de conseguir el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo y la preservación de un ambiente sano”.

- Decreto 2222 de 1993: Por el cual se expide el Reglamento de Higiene y Seguridad en las Labores Mineras a Cielo Abierto.

- Ley 141 de 1994: Por la cual se crean el Fondo Nacional de Regalías, la Comisión Nacional de Regalías, se regula el derecho del Estado a percibir regalías por la explotación de recursos naturales no renovables, se establecen las reglas para su liquidación y distribución y se dictan otras disposiciones.

- Ley 366 de 1997: Por la cual se regula la liquidación, retención, recaudo, distribución y transferencias de las rentas originadas en la explotación de metales preciosos.

- Decreto 1320 de 1998: Por el cual se reglamenta la consulta previa con las comunidades indígenas y negras para la explotación de los recursos naturales dentro de su territorio.

A partir de las consideraciones anteriores, se puede afirmar que la inclusión de esta Política Pública (en forma de Ley de la República) en la agenda, se llevó a cabo a través de distintos mecanismos -externos e internos- a las instituciones

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (78.9 Kb)  
Leer 48 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com