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PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DE LAS CONTRIBUCIONES


Enviado por   •  16 de Septiembre de 2013  •  1.310 Palabras (6 Páginas)  •  532 Visitas

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PRINCIPIOS CONSTICUCIONALES DE LA CONTIBUCIONES

Tienen su fundamentación legal en el artículo 31 constitucional fracción IV, los principios son los siguientes:

Principio de legalidad: Establece que para que el impuesto sea valido debe de estar consignado en la ley.

Principio de generalidad: Articulo 31 fracción IV constitucional; “son obligaciones de todos los mexicanos contribuir para los gastos públicos...” Sin embargo no es una obligación absoluta, simplemente los que tengan alguna capacidad contributiva estarán obligados a pagar impuestos.

Principio de obligatoriedad: Se refiere a que “toda persona que se ubique en alguna de las hipótesis normativas previstas en una ley tributaria expedida por el Estado Mexicano, automáticamente adquiere la obligación de cubrir el correspondiente tributo, dentro del plazo que la misma ley establezca.

PRINCIPIOS CONSTICUCIONALES DE LA CONTIBUCIONES

Tienen su fundamentación legal en el artículo 31 constitucional fracción IV, los principios son los siguientes:

Principio de legalidad: Establece que para que el impuesto sea valido debe de estar consignado en la ley.

Principio de generalidad: Articulo 31 fracción IV constitucional; “son obligaciones de todos los mexicanos contribuir para los gastos públicos...” Sin embargo no es una obligación absoluta, simplemente los que tengan alguna capacidad contributiva estarán obligados a pagar impuestos.

Principio de obligatoriedad: Se refiere a que “toda persona que se ubique en alguna de las hipótesis normativas previstas en una ley tributaria expedida por el Estado Mexicano, automáticamente adquiere la obligación de cubrir el correspondiente tributo, dentro del plazo que la misma ley establezca.

Principio de proporcionalidad: Es la correcta disposición entre las cuotas, tasas o tarifas previstas en las leyes tributarias y la capacidad económica de los sujetos pasivos por ellas gravados.

Principio de equidad: Las leyes tributarias deben otorgar el mismo tratamiento a todos los sujetos pasivos que se encuentren colocados en idéntica situación, sin llevar a cabo discriminaciones indebidas y, por ende, contrarias a toda noción de justicia.

PRINCIPIOS CONSTICUCIONALES DE LA CONTIBUCIONES

Tienen su fundamentación legal en el artículo 31 constitucional fracción IV, los principios son los siguientes:

Principio de legalidad: Establece que para que el impuesto sea valido debe de estar consignado en la ley.

Principio de generalidad: Articulo 31 fracción IV constitucional; “son obligaciones de todos los mexicanos contribuir para los gastos públicos...” Sin embargo no es una obligación absoluta, simplemente los que tengan alguna capacidad contributiva estarán obligados a pagar impuestos.

Principio de obligatoriedad: Se refiere a que “toda persona que se ubique en alguna de las hipótesis normativas previstas en una ley tributaria expedida por el Estado Mexicano, automáticamente adquiere la obligación de cubrir el correspondiente tributo, dentro del plazo que la misma ley establezca.

Principio de proporcionalidad: Es la correcta disposición entre las cuotas, tasas o tarifas previstas en las leyes tributarias y la capacidad económica de los sujetos pasivos por ellas gravados.

Principio de equidad: Las leyes tributarias deben otorgar el mismo tratamiento a todos los sujetos pasivos que se encuentren colocados en idéntica situación, sin llevar a cabo discriminaciones indebidas y, por ende, contrarias a toda noción de justicia.

VPRINCIPIOS CONSTICUCIONALES DE LA CONTIBUCIONES

Tienen su fundamentación legal en el artículo 31 constitucional fracción IV, los principios son los siguientes:

Principio de legalidad: Establece que para que el impuesto sea valido debe de estar consignado en la ley.

Principio de generalidad: Articulo 31 fracción IV constitucional; “son obligaciones de todos los mexicanos contribuir para los gastos públicos...” Sin embargo no es una obligación absoluta, simplemente los que tengan alguna capacidad contributiva estarán obligados a pagar impuestos.

Principio de obligatoriedad: Se refiere a que “toda persona que se ubique en alguna de las hipótesis normativas previstas en una ley tributaria expedida por el Estado Mexicano, automáticamente adquiere la obligación de cubrir el correspondiente tributo, dentro del plazo que la misma ley establezca.

Principio de proporcionalidad: Es la correcta disposición entre las cuotas, tasas o tarifas previstas en las leyes tributarias y la capacidad económica de los sujetos pasivos por ellas gravados.

Principio de equidad:

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