PROSTITUCIÓN EN MEXICO ¿ABOLICIÓN O REGLAMENTACIÓN?
ivhc.199Tesina13 de Octubre de 2021
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PROSTITUCIÓN EN MEXICO ¿ABOLICIÓN O REGLAMENTACIÓN?
PROTOCOLO DE LA INVESTIGACIÓN JURIDICA
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CONTENIDO: | |
INTRODUCCIÓN | 1 |
ANTECEDENTES | 1 |
UBICACIÓN DEL TEMA EN LA CIENCIA JURIDICA | 3 |
PERIODO DE LA INVESTIGACIÓN | 3 |
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA | 3 |
JUSTIFICACIÓN Y RELEVANCIA | 5 |
HIPOTESIS | 5 |
OBJETIVOS | 7 |
MARCO EPISTEMOLÓGICO | 7 |
MARCO TEORICO | 7 |
MARCO METODOLÓGICO | 12 |
INDICE PROVISIONAL | 12 |
CRONOGRAMA PROVISIONAL | 13 |
REFERENCIAS | 13 |
ANEXOS | 15 |
INTRODUCCIÓN:
Este trabajo pretende hacer un análisis teórico del tema con el fin de comparar las opciones disponibles para el país dado que nunca ha existido una legislación formal acerca del tema. Tomando como base los beneficios que ha traído la abolición de la prostitución en vez de la regularización en algunos países y como ha funcionado bastante bien la regularización de la prostitución en otros, podremos hacer un análisis comparado de ambas opciones con base al contexto mexicano. Aunque desde nuestra perspectiva podemos considerar que la prostitución nunca es una actividad en donde hay libertad de decisión dado que es practicada mayormente por personas en estado de vulnerabilidad ya sea, económica, psíquica o cultural, no ignoramos el hecho de que existe un porcentaje de personas que llevan a cabo esta actividad de manera “voluntaria”, por lo que analizaremos ambas vertientes, la prostitución voluntaria y la forzada que va de la mano con la trata de personas con fines de explotación sexual.
Analizaremos varios conceptos de forma más detallada para ponernos en perspectiva y poder comprender mejor el tema, también abarcaremos un poco el ámbito histórico y social que será de gran importancia para saber que podría pasar con la prostitución en México.
ANTECEDENTES:
La prostitución es conocida como “el oficio más antiguo que existe”. Según la real academia española se puede definir a la prostitución como: “la actividad de quien mantiene relaciones sexuales con otras personas a cambio de dinero”. Entrando en el contexto histórico de México donde gran parte de la población vive en condiciones de pobreza o con no más que lo necesario para sobrevivir, mercantilizar sus cuerpos podría parecer un camino fácil, pero ¿realmente es fácil? Y sobre todo, ¿lo hacen con libertad?
Hablamos de una actividad en donde para las mujeres que sí deciden hacerlo sin ser forzadas su principal interés es la retribución económica, no obtener una relación sexual, por lo tanto podemos entender que hay consentimiento pero no voluntad en el acto, lo que en otro contexto o desde otra perspectiva podría verse como un permiso para ser violadas a cambio de dinero, lo que significa un menoscabo en la dignidad humana de las personas que llevan a cabo esta actividad. Y ni hablar de las personas que son forzadas a practicar la prostitución ya que se ven obligadas a hacerlo ya sea por supervivencia, por comida o por un lugar en donde dormir, lo cual evidentemente es una explotación sexual. Por lo tanto existen dos vertientes en modelos normativos de los países, los cuales son la reglamentación y la abolición. Hablamos de reglamentación cuando se obliga a las personas a actuar en base a lo que ordena un reglamento; según la real academia española un reglamento es una “Colección ordenada de reglas o preceptos, que por la autoridad competente se da para la ejecución de una ley o para el régimen de una corporación, una dependencia o un servicio”, en este caso hablamos de la prostitución como una actividad o servicio en el cual se habilitan reglas laborales, de higiene y salubridad para las prostitutas, porque contra ellas serán las sanciones en caso de no cumplir con su reglamento. Por otro lado existe la abolición, de acuerdo con su autor, Guillermo Cabanellas de Torres, la definición de Abolición proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental es: “La anulación, extinción, abrogación o anonadamiento de una cosa, especialmente de una ley, uso o costumbre” lo cual quiere decir que se deje de permitir la prostitución, pero no desde una perspectiva prohibicionista, sino desde una donde se trata de darle otras opciones a las personas que se dedican a la prostitución y se castiga severamente a los proxenetas, “clientes”, etc.
Poniendo el panorama sobre México, desde hace varios años en algunos estados del país existe un tipo de reglamentación de la prostitución. “En nuestro país existen 13 estados que han regulado -desde un discurso higienista, no laboral- el ejercicio de la prostitución. Los estados en comento son: Aguascalientes, Baja California Sur, Coahuila, Colima, Chiapas, Durango, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Nuevo León, Querétaro, Sinaloa y Zacatecas. En el caso de Chiapas y Querétaro se emplea ya el término de sexo servicio”1. En cuanto al país en general no existe una ley que regule la prostitución como un trabajo, es decir, no existe reglamento o legislación en materia laboral y teóricamente es legal mientras sea practicada libremente y por personas mayores de edad, pero al no existir legislación al respecto podemos hablar de abuso de poder por parte de las autoridades, por proxenetas y por los mismos “clientes”, además que se desliga totalmente la prostitución de la trata de personas cuando son cuestiones que van de la mano unas con otras. El abolicionismo es un tema reciente dentro del país y nunca ha sido implementado, en el pasado la esclavitud del hombre era legal y era una costumbre que se vendieran personas para todo tipo de trabajos sin importar las violaciones a sus derechos humanos, actualmente los derechos de las personas tienen una
mayor importancia sin distinción de raza, genero, estatus social, etc. Es por esto que para nosotros analizar ambas vertientes es de gran relevancia, desde el abolicionismo de la prostitución en México porque no todo lo legal es correcto y porque no todo lo que va encubierto de progresismo realmente lo es y desde la reglamentación para salvaguardar la integridad y los derechos de las personas que deciden libremente dedicarse a esta actividad.
UBICACIÓN DEL TEMA EN LA CIENCIA JURIDICA:
Este tema tiene relevancia para el derecho público en materia penal, laboral y sobre todo en materia de derechos humanos porque la prostitución es una actividad en donde quienes la practican se encuentran en una condición de vulnerabilidad en donde pueden ser abusados, extorsionados u obligados por otras personas y compete al estado castigar esas conductas. En materia laboral podría ser de interés puesto que es una actividad que genera ganancias a un grupo de personas y debe haber un control tanto de derechos laborales como en materia fiscal y dentro de esos derechos laborales se encontrarían los derechos humanos de las personas que se dedican a prestar esos servicios, buscando siempre que se respete su libertad y autonomía.
PERIODO DE LA INVESTIGACIÓN:
La investigación abarcará el periodo del 2010 al 2021 para analizar los reglamentos en materia de prostitución que ya se han implementado, las tesis y jurisprudencias que se han aplicado al tema en México y sobre todo el contexto que ha existido recientemente acerca del tema.
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA:
En nuestro país nunca ha existido una legislación formal ni a favor ni en contra de la prostitución, realmente es un tema que no se ha abordado porque hablamos de un sector discriminado dentro de la sociedad que prácticamente a nadie le interesa. México es un país que se ha construido a base de muchas luchas, que es muy diverso en cultura, raza y género, pero también es un país bastante conservador que en vez de enriquecerse de la variedad que hay en él clasifica a las personas como merecedoras o no de respeto si no entran dentro de los estándares de la sociedad, porque además de ser conservador, podemos hablar también que de forma religiosa cerca del 80%1 de la población pertenece a la iglesia católica y aunque el estado teóricamente hablando es independiente de la religión (según la CPEUM) y
todas las personas tienen libertad para elegir su religión o creencias, como diría Vives Antón, 1995 “una determinada regla de moralidad no puede imponerse al individuo, por más que sea aceptada y practicada por la mayoría de la comunidad a que pertenece, a menos que su quebrantamiento lesione o ponga en peligro bienes jurídicos de otra índole” la realidad es que por la cultura general del país, en cuestión de derechos humanos muchas veces caen en querer imponer sus creencias sobre los derechos de otras personas, tal como ha sido con el matrimonio igualitario, la ley del aborto, el derecho a una muerte digna, entre otros temas que no son de relevancia en este proyecto por lo únicamente son mencionados para dar ejemplo.
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