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PRÁCTICA 1: PERFIL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESPAÑOLA EN EL SIGLO XIX


Enviado por   •  26 de Marzo de 2020  •  Prácticas o problemas  •  3.017 Palabras (13 Páginas)  •  97 Visitas

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PRÁCTICA 1: PERFIL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESPAÑOLA EN EL SIGLO XIX

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GRUPO 1

ALUMNOS GRUPO:

Alfredo Martínez Iglesias

Pablo Lapresa Bravo

Álvaro Barrero Requejo

David Torrecillas Arriero

 

Fecha: 01 de marzo de 2020

Profesor: Jorge, Crespo González

SUMARIO.

 

Páginas

  1. Introducción………………………………………………………………….2-3
  2. El perfil de las administraciones públicas en el Siglo XIX……………………………………………………………………………3-9
  3. Conclusiones …………………………………………………………………9-10
  4. Bibliografía…………………………………………………...........................10

 1.                  Introducción.

Para comenzar a hablar del perfil de las Administraciones Públicas en España lo primero que debemos es situar sus bases. Es difícil saber cuándo se produce este hecho, no existe una respuesta veraz o clara sobre si el Cuerpo de funcionarios español es origen de nuestro ordenamiento propio o es una creación del sistema francés, pero nos vamos a situar en la época de los oficios y la monarquía para saber cómo se comienzan a dar relaciones administrativas entre administración y administrado.

Para ello en esta práctica, vamos a desarrollar en el siguiente punto cuál fue el perfil de la Administración Pública haciendo un repaso de los principales hitos con relevancia histórica sobre la administración pública y sus empleados.

Es importante profundizar más en el Estado Liberal, dónde se sitúan las mejores aportaciones sobre el modelo de gestión pública. Finalmente, iremos a 1978 con la proclama de la Constitución Española de ese mismo año.

Para todo ello, vamos a citar fuentes históricas que han ejercido un papel fundamental en la gestión de las administraciones públicas durante el siglo  XIX, y que podemos afirmar que han tenido una gran influencia sobre las actuales normas que regulan la administración pública en España, sobre todo en determinadas cuestiones concretas.

De esta forma podremos ver la evolución que ha llevado a cabo la Administración Pública, desde principios del siglo XIX., en todo lo que tiene que ver con su funcionamiento, es decir, tipo de acceso a la función pública, temporalidad en los puestos de trabajo, promoción, derechos y obligaciones, caciquismo, dependencia política, expedienteo, empleomanía, burocracia, cesantías, etc.

En el siguiente punto, se van a especificar cuál fueron las características básicas de la Administración Pública en el siglo XIX.

2.                  Perfil de las administraciones públicas en el Siglo XIX.

 Algunos autores sitúan las bases de las administraciones públicas a partir de la enajenación de los oficios de la antigua monarquía, que se definían como concesiones administrativas que el monarca otorgaba al pueblo. Los investigadores del tema afirman que la función pública desde su perspectiva como organización corporativa nace en la vida militar con una filosofía eclesiástica especialmente con la religión católica.

Estos oficios eran vendidos por la monarquía a los ciudadanos, pero podemos decir que era una forma de autofinanciación de los otorgantes, dado que al cabo del tiempo podían recuperarlos, es decir, podían revertir la concesión de esos oficios comparándolos a un precio tasado muy por debajo del precio de mercado, y posteriormente los podían volver a vender de nuevo a un precio más caro. Es por ello, que podemos decir que ya se establecía una relación administrativa entre monarquía y ciudadanos en cuanto al uso de estos oficios.

1812 es la fecha en la que se proclama en España la primera Constitución política de la Monarquía Española, de corte liberal y tradicionalmente denominada la Pepa. Es aquí donde se producen diferentes decretos de las Cortes de Cádiz que tienen que ver con la desaparición de los privilegios y del concepto de cesantías. Se trata del Decreto de las Cortes de Cádiz de 6 de agosto de 1811 con respecto al término de señoríos, vinculaciones y figuras similares, y del Decreto 11 de agosto de 1812 que regula el primer eslabón de las cesantías.

Los señoríos provienen de la Edad Media, y se relacionan mayormente con la relación entre individuos y territorios, donde una persona que era dueña de tierras podía alquilar la misma a estas personas, o cobrar por el paso de lindes, etc. No obstante, para que desaparecieran estos privilegios en cuanto a los señoríos tuvo que pasar tiempo. Esto sucede principalmente con las desamortizaciones en los casos religiosos, donde las tierras son vendidas y ya no pueden ser recuperadas.

Aparece ya en 1812 la figura del cesante o cesantías. Las Cortes de Cádiz emiten un decreto (11 de agosto de 1812), en el que consideran a los cesantes como profesionales de la administración pública que son removidos de su empleo una vez cambia quien manda en la organización. En algún cuestionario se plantean preguntas a los ciudadanos como “¿Qué entiende por cesantía?” y ya la contestación era “la situación de un empleado, que ha sido removido por causas políticas”.

Esto no quiere decir que se quedaran sin empleo todos los empleados cesados, porque como contempla Carrasco, los cesantes eran empleados, en definitiva, no estaban tajantemente separados, hay conciencia de una cierta estabilidad. Si hubieran sido removidos totalmente o no habrían tenido audiencia en el estado de opinión o hubieran sido personal activo, en cualquier sector de la economía, pero según parece esto no se produjo. No todos los cargos son amovibles, los llamados cuerpos especiales consiguen su permanencia en los estatutos particulares durante el siglo XIX.

Según Carrasco (La Burocracia en la España del siglo XIX, 1931), y relacionado con las cesantías se encuentra el concepto de inamovilidad en los puestos de la administración. Planteaba que eran siempre los mismos funcionarios los que accedían a los cargos públicos y ocupaban los puestos en sus respectivas carreras, pues intuitivamente, y a pesar de las purgas políticas, había dos turnos de provisión a los que accedían por motivos políticos según su influencia, recomendación o adscripción política, estableciendo un perfil conservador y otro liberal, que se turnaban con los partidos en el poder, pasando a la situación de cesantes en cada cambio político.

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