Plan anual de contrataciones de Argentina
Mirko Esteves NicolichEnsayo4 de Enero de 2020
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TABLA DE CONTENIDO
- Antecedentes 02
- Orígenes de las contrataciones del Estado (Argentina) 02
- Marco Teórico 05
2.1 Estructura de las contrataciones de Argentina 05
2.1.1 La Misión 05
2.1.2 Alcances 06
2.1.3 Organigrama (autoridades) 07
2.1.4 Acuerdos Marco 07
2.1.5 Catálogo de Bienes y Servicios 08
2.1.6 Contrataciones Electrónicas 10
2.1.7 Proveedores 11
2.1.8 Precios de Referencia 12
2.1.9 Difusión de Contrataciones 13
2.2 Evolución de las contrataciones de Argentina 14
2.3 Apreciación critica de las contrataciones de Argentina 18
2.3.1 Procedimientos de Selección 18
2.3.2 Autorización y Aprobación de Gastos 20
2.3.3 Publicidad y Difusión del Llamado 20
2.3.4 Evaluación de las Ofertas 21
2.3.5 Sistema de Información de Proveedores 21
2.3.6 Sistema de Catalogación de Bienes 22
2.4 Cuadro comparativo: Perú – Argentina 23
- Conclusiones 30
- Recomendaciones 31
- Referencias 32
- Anexos 33
6.1 Acuerdo Marco “Adquisición de Escáneres” 33
Antecedentes
Orígenes de las contrataciones del Estado (Argentina)
Según la Revista Argentina del Régimen de la Administración Pública (2002). El 31 de diciembre de 1956, el gobierno de facto de Pedro Aramburu, mediante el Decreto-ley N° 23.354/56 aprobó las disposiciones de la “Ley de Contabilidad y Organización del Tribunal de Cuentas de la Nación y de la Contaduría General de la Nación”, luego ratificado por Ley N° 14.467. Derogado por Ley 24.156 se encuentran vigentes los capítulos V De la gestión de los bienes del Estado (art. 51 al 54) y VI De las contrataciones (art. 55 al 64) El Capítulo VI De las Contrataciones (art. 55 al 64) de dicho cuerpo normativo, dispuso el marco por el cual se regirían las contrataciones del Estado nacional. Bajo el gobierno de Alejandro A. Lanusse, el Decreto N° 5720/72 -de fecha 28 de agosto de 1972-, reglamentó el Capítulo VI del citado decreto-ley, convirtiéndose en el “Reglamento de las Contrataciones del Estado”, el cual estuvo vigente durante casi tres décadas. Llegada la democracia, el gobierno del Dr. Raúl Alfonsín introduce diversas modificaciones a dicho reglamento, a través de los Decretos N° 825/88, 826/88 y 827/88, mediante los cuales se implementa un Padrón de Proveedores del Estado y Registro de sancionados, se modifica el régimen de publicidad del Estado, y se determinan criterios para la confección de pliegos y selección de las ofertas.
El 30 de septiembre de 1992, la Ley N° 24156 –Ley de Administración Financiera y Control del Sector Público Nacional- deroga el Decreto-ley N° 23.354/56, pero mantiene vigente los capítulos V y VI referidos a la gestión patrimonial de bienes y a las contrataciones del Estado respectivamente, como así también sus decretos reglamentarios. Si bien el Programa de Reforma de la Administración Financiera Gubernamental que dio origen a la ley 24.156, preveía la reforma del sistema de contrataciones, los sucesivos proyectos de ley presentados al Congreso desde el año 1992, a la fecha no lograron ser sancionados. Documento de la Secretaría de Hacienda de la Nación, Asociación Argentina de Presupuesto Público, Revista N° 21, octubre de 1992. Continuando con el programa de reforma, el 31 de agosto de 1994, mediante el artículo 26 del Decreto N° 1545/94 se crea el Sistema de Contrataciones del Sector Público Nacional, y por su artículo 27, se crea la Oficina Nacional de Contrataciones (ONC), como órgano rector de dicho sistema, bajo la órbita del entonces Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos.
Actualmente bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete de Ministros. Actualmente Ministerio de Economía. No habiéndose podido sancionar una nueva ley de contrataciones, el 07/12/99 (dos días antes de abandonar el gobierno), el Poder Ejecutivo Nacional aprueba mediante Decreto N° 1547/99 la sustitución de la reglamentación vigente por el nuevo “Reglamento para la contratación de Suministros y Servicios del Estado Nacional”. Asumido el nuevo gobierno, el 23 de diciembre de 1999 mediante Decreto N° 137/99, suspende la entrada en vigencia del nuevo régimen de contrataciones, continuando por consiguiente en vigencia el Decreto N° 5720/72. El 30 de mayo del 2000, el Poder Ejecutivo Nacional mediante Decreto N° 436/2000, dispuso finalmente el reemplazo de dicho régimen por el nuevo “Reglamento para la Adquisición, Enajenación y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional”.
En los primeros meses del año 2001, el Poder Ejecutivo Nacional elaboró un nuevo anteproyecto de ley, cuyo texto fue publicado en consulta en la página web de la Oficina Nacional de Contrataciones, como “Anteproyecto de Ley de Contrataciones versión febrero 2001”.
Finalmente, el gobierno nacional decidió disponer un nuevo marco legal, mediante un decreto de delegación legislativa con base en la Ley N° 25.444, registrado como Decreto N° 1023/01 de fecha 13 de agosto de 2001. Este nuevo marco legal, que entrará en vigencia el 15/10/01, deroga los artículos 55 al 63 del Decreto ley N° 23.354/56, dispone el régimen general para la contratación de bienes y servicios de la Administración Pública, habilita las contrataciones públicas electrónicas, suprime regímenes especiales aprobados por ley, y modifica la Ley N° 13.064 -Ley Nacional de Obras Públicas.
Marco Teórico
Estructura de las contrataciones de Argentina
La organización se encuentra a Cargo de la Secretaria de Coordinación Administrativa y Evaluación Presupuestaria Jefatura de Gabinete de Ministros:
- La Oficina Nacional de Contrataciones (ONC) es el Órgano Rector del Sistema de Contrataciones de la Administración Pública Nacional.
- Funciona en el ámbito de la Secretaría de Coordinación Administrativa y Evaluación Presupuestaria de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
- El Sistema Nacional de Contrataciones y la ONC fueron creados por Decreto Nº 1545 el 31 de agosto de 1994.
- El Sistema se rige por el principio de centralización normativa y descentralización operativa.
- La ONC es responsable de establecer las normas, sistemas y procedimientos que rigen las contrataciones, mientras que la gestión de compras es realizada por los Organismos de la Administración Pública Nacional.
La Misión
La Misión de la Oficina Nacional de Contrataciones (ONC) es lograr que la Administración Pública Nacional realice sus contrataciones con eficiencia y transparencia.
Para ello propone las políticas y establece las normas, sistemas y procedimientos operativos que regirán la gestión de las contrataciones; difunde, capacita y asesora a las entidades que intervienen en el proceso; y elabora y organiza estadísticas e información sobre las contrataciones para que estén a disposición de los distintos participantes y de la ciudadanía en general.
La Misión de la ONC se halla detallada en los decretos 1545/1994 y 624/2003, y en la Resolución 20/2004 de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
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