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Presidencialismo EL PRESIDENCIALISMO EN EL ESTADO


Enviado por   •  5 de Mayo de 2018  •  Apuntes  •  4.873 Palabras (20 Páginas)  •  126 Visitas

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INSTITUTO UNIVERSITARIO DEL ESTADO DE MÉXICO[pic 1]

EL PRESIDENCIALISMO EN EL ESTADO

MEXICANO

MAESTRIA EN DERECHO CONSTITUCIONAL Y AMPARO

AXEL DANIEL GALLARZA OVANDO

MAESTRA EN DERECHO MARICELA REYES HERNANDEZ


Contenido

INTRODUCCIÓN        2

EL PRESIDENCIALISMO EN EL ESTADO MEXICANO        3

PRESIDENCIALISMO        3

1.        PRESIDENCIALISMO        3

COMPOSICIÓN DEL PRESIDENCIALISMO        3

CARACTERÍSTICAS PRESIDENCIALISMO        4

CARACTERÍSTICAS PRESIDENCIALISMO EN AMÉRICA LATINA        5

TIPOLOGÍAS DEL SISTEMA DE PRESIDENCIALISMO        7

REGIMEN DE PRESIDENCIALISMO PURO        7

RÉGIMEN DE PRESIDENCIALISMO ATENUADO        8

RÉGIMEN DE PRESIDENCIALISMO AUTORITARIO        9

REGIMEN SEMIPRESIDENCIAL        9

RÉGIMEN DE PRESIDENCIALISMO APROXIMADO        13

RÉGIMEN DEL PRESIDENCIALISMO DEL GOBIERNO COLEGIAL DE URUGUAY        14

RÉGIMEN SOCIALISTA CUBANO        14

RÉGIMEN DE PRESIDENCIALISMO DIRIGIDO        15

EL PRESIDENCIALISMO EN MÉXICO        15

CONCLUSIÓN        18

BIBLIOGRAFÍA        19

INTRODUCCIÓN

Dentro del presente trabajo podremos desarrollar las naciones básicas y necesarias para poder analizar con detenimiento en tipo de Sistema Político que tenemos en México ya que a pesar de considerarse por muchos un Presidencialismo Puro no es así, nos encontramos frente a distintas tipologías que han surgido a través de la historia, la cual abre una pauta a distintas variantes que podría tener el Sistema Político Mexicano, ya que podríamos encontrarnos frente a un semipresidencialismo en el que a pesar de contar con un presidente electo de manera popular, nos encontramos con la vertiente de un Congreso que genera el contrapeso suficiente, o tal vez aun nos encontramos en un presidencialismo dirigido, para poder descifrar esa incógnita indagaremos en la historia internacional y local, dando pie así a la correcta designación de nuestra forma de gobierno

EL PRESIDENCIALISMO EN EL ESTADO MEXICANO

El presidencialismo es una forma de gobierno moderna el cual tiene demasiadas variantes adaptables según el país en el que se dé su desarrollo; el Estado Mexicano es parte de estas variaciones, pero alguna vez te has preguntado ¿Qué tipografía del presidencialismo en la que se aplica en México?, para poder responder esta cuestión es necesario conocer desde el concepto básico de presidencialismo, hasta las tipografías empleadas a lo largo de la historia del presidencialismo, para de esta manera si México esta concretamente caracterizado en estos modelos, solo los ejemplifica parcialmente, o si nos encontramos ante una nueva variante del presidencialismo.

PRESIDENCIALISMO

  1. PRESIDENCIALISMO

A diferencia del parlamentarismo el antecedente histórico del presidencialismo es encontrado de una manera mas tajante en la constitución de los Estados Unidos de Norteamérica de 1787, este surgió de una manera muy banal debido a que los Estados Unidos de América no buscaban crear un nuevo régimen de Gobierno, si no, gracias a que al tratar de imitar un modelo de la monarquía inglesa, se encontraron con la problemática de un Jefe de Estado hereditario; para resolver el tema crearon un nuevo sistema en el que el Jefe de Estado es electo popularmente y con tiempo límite de gobierno bajo lo cual encontramos la figura presidencial siento aquel modelo perfecto para el momento pues no era designado mediante un linaje.

COMPOSICIÓN DEL PRESIDENCIALISMO

Los sistemas de Presidencialismo están contemplados de la siguiente manera:

Presidente electo por el pueblo, tiene un tiempo límite en el poder, en su persona se encuentra reunido el Jefe de Estado (es el representante y responsable del país ante el pueblo y el mundo.)  y el Jefe de Gobierno (es la persona que ejerce la dirección del poder ejecutivo y se responsabiliza del Gobierno de un Estado o de una subdivisión territorial de este).

CARACTERÍSTICAS PRESIDENCIALISMO

Las características del Presidencialismo son un poco más sencillas y podemos hablar de las siguientes:

  1. Existe la separación de los poderes antes propuesta por Montesquieu, pues los dividimos en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, bajo lo cual encontramos un sistema equilibrado pues en este desarrollo encontramos el equilibrio pertinente que debe existir en un pais.
  2. Dentro de esta idiosincrasia el poder ejecutivo normalmente adopta el control total de la composición de su gabinete y de sus administraciones, esto regularmente se da en los países con esta forma de gobierno, pues como en México el presidente es quien elige las personas que van a conformar su gabinete.
  3. En la elección de presidente no hay inferencia alguna por parte del poder Legislativo, si no únicamente es elegido por el pueblo, pues si esto no de diera así ocurriría un desbalance en el equilibrio de poderes pues el legislativo se encontraría por encima de los otros dos poderes; además de contar con una injerencia directa en la decisión del mismo.
  4. La figura de Jefe de Estado y Jefe de Gobierno se encuentran adscritas a la misma persona, facilitando de esta manera el desarrollo de las funciones que este debe ejercer.
  5. Solo mediante un juicio político y dados casos concretos muy específicos puede ser destituido; en el caso del Estado Mexicano el presidente puede ser renunciable por causa grave, esto analizado previamente por el Congreso de la Unión, pues ellos son los que aceptan o rechazan la renuncia, esto según el articulo 86 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
  6. El poder Legislativo esta constituido por distintos grupos políticos, estos no necesariamente tienen que ser los mismos que el del presidente pues son su contrapeso; en la legislación mexicana en su artículo 50 encontramos que este será integrado por 300 diputados que son electos por una mayoría relativa, es decir estos son aquellos elegidos por el pueblo mexicano y 200 diputados de representación popular, estos segundos son el contrapeso para que no solo un partido domine el congreso. La segunda parte que integra esta legislatura según el articulo 56 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es la cámara de Senadores, esta es compuesta por 128 miembros.
  7. El presidente solo es electo por un corto tiempo, y regularmente este no puede reelegirse, en la norma mexicana podemos encontrarlo en el articulo 86 constitucional; el cual nos indica que únicamente se estará 6 años en el cargo, y que ninguna persona, aunque solo fuera presidente interino, puede volver a ocupar este cargo.
  8. El presidente es una figura independiente del poder Legislativo, gracias a esto su existencia solo depende de sí mismo, como es indicado por Montesquieu, y como es indicado por la normatividad mexicana en su artículo número 59, donde nos habla de la separación de los poderes de la Unión.
  9. El poder Ejecutivo no esta forzado a aprobar los proyectos de ley que provengan del poder Legislativo y viceversa, este modelo podemos encontrarlo de igual manera en el sistema mexicano, en su artículo 72 constitucional apartado C, nos indica que los proyectos de ley o decretos pueden ser desechados todo o en parte por el poder ejecutivo.
  10. La figura Presidencial nombra libremente a sus Secretarios de Estado para ser apoyado dentro de su gobierno, como las anteriores características podemos encontrar esta en la norma mexicana donde se indica en el artículo 89 fracción II el ejecutivo puede elegir y remover libremente a los miembros de su gabinete.
  11. Ni el presidente, ni sus Secretarios de Estado pueden pertenecer al Congreso de la Unión.

CARACTERÍSTICAS PRESIDENCIALISMO EN AMÉRICA LATINA

  1. Las constituciones de la América Latina otorgan le hacen entrega al presidente de una gama de facultades y atribuciones aún más amplias que las que tiene acceso el presidente de los Estados Unidos de América, puesto que sus sistemas presidenciales recaen en un extremo de un presidencialismo totalitario, claro existen excepciones.
  2. A diferencia de en otros países el presidente cuenta con una atribución colegisladora, bajo lo cual tiene facultades legislativas, podemos designarla como una invasión de esferas de poder pues el ejecutivo tiene facultades para poder presentar iniciativas de ley, así como el Derecho de veto el cual se desarrolla cuando la propuesta de ley esta en una de sus ultimas etapas y el poder ejecutivo desecha parcial o totalmente esta.
  3. Para facilitar los programas gubernamentales, las constituciones latinas otorgan al presidente la facultad de iniciar proyectos de ley, pues así puede marcar el camino para los primeros, como se menciona en el párrafo anterior, aunque esto causa un desequilibrio en los poderes de la unión pues existe una invasión de es esferas.
  4. Otros países cuentan con una iniciativa de ley del presidente, la cual les da la facilidad de encaminar los gastos públicos, así como la economía de la nación, en el sistema mexicano encontramos estas atribuciones en el articulo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos donde se da mención de las facultades que tiene el poder ejecutivo de este país.
  5. A diferencia del Derecho de veto que tiene el presidente de Norteamérica, no solo se tiene Derecho a un veto total, sino que, se puede realizar de igual forma de manera parcial sobre los proyectos de ley, para así mantener un control sobre los proyectos de ley presentados, para después de esto sean regresados a la cámara revisora en donde serán tomadas en cuanta las observaciones realizadas por el poder ejecutivo.
  6. Un rasgo particular que existe en las legislaciones latinas es aquella atribución que le permite al presidente la facultad de legislar por medio de un decreto, claro esta atribución limitada por el parlamento, además de poder presentar iniciativas de ley.
  7. Al otorgar tantas atribuciones en un mismo individuo, se trata de mantener un medio de defensa para así evitar su transformación en un tirano o dictador, esto mediante la duración del poder, además de encontrar un contrapeso en los otros dos poderes, un ejemplo de ello es el juicio política el cual podría retirar del cargo al ejecutivo.
  8. La duración del periodo Presidencial en América Latina normalmente ronda entre los 4 y 6 años de mandato, como se nos indica en párrafos anteriores en el Estado Mexicano la duración del periodo presidencial es de 6 años, solo en casos específicos estos pueden ser menores y nos encontraríamos ante un poder ejecutivo interino.
  9. En la mayoría de los países, a excepción de Republica Dominicana y Paraguay, cuentan con un sistema de no relección, unos solo durante un periodo, otros siempre y cuando pasen dos periodos, y algunos otros la tienen prohibida.
  10. Para beneficio de la población las constituciones Latinas establecen que aquel poseedor del poder ejecutivo debe rendir cuenta de lo realizado, así como asumir las consecuencias de lo mismo, con ello hacemos referencia a la soberanía que poseen los pueblos, en el caso de los mexicanos el fundamento constitucional de esta soberanía se encuentra en los artículos 39, 40 y 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

TIPOLOGÍAS DEL SISTEMA DE PRESIDENCIALISMO

Estas tipologías se desarrollan principalmente en América Latina, de acuerdo a las necesidades de cada país estas se han ido adaptando y rediseñando para poder funcionar de manera mas eficiente en el país que se les emplea, puesto que mediante el derecho comparado podemos encontrar que cada país de acuerdo a sus necesidades lo apropie, a continuación, desarrollaremos las tipologías presidencialistas más destacadas:

REGIMEN DE PRESIDENCIALISMO PURO

En este tipo de sistema nos encontramos con una estructura que desde su normatividad le otorga al presidente una función centralizada del poder, manteniéndose como Jefe de Estado y Jefe de Gobierno, de una elección directa y los miembros de su gabinete son personas removibles a la voluntad de este, en otras palabras, podemos percibir una total supremacía del presidente sin ningún contrapeso lo suficientemente fuerte, en donde encontramos a un Congreso con facultad colegisladora, bajo lo cual podemos intuir principios de una tiranía pues en esencia solo la voluntad de una persona es la que se lleva a cabo, ya que aunque existan los poderes legislativo y judicial resultan nulos o casi nulos ante la supremacía del poder ejecutivo pues no son equiparables.

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