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Primer parcial de derecho civil 1


Enviado por   •  21 de Septiembre de 2015  •  Exámen  •  451 Palabras (2 Páginas)  •  503 Visitas

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Primer parcial de derecho penal 1

1) La Escuela Toscana concibe al hombre como un ser inteligente y libre, y sostienen que el delito resulta de una serie de fuerzas que chocan con la ley. La fuerza física objetiva: la acción debe ser antijurídica; la fuerza física subjetiva: la acción debe ser exterior; la fuerza moral objetiva: debe mediar un daño político o social; y la fuerza moral subjetiva: la acción debe ser moralmente imputable al sujeto. La violación del derecho debe venir de una voluntad libre e inteligente. Es así que esta Escuela de pensamiento concibe al delincuente como una persona con libre albedrío, que decide cometer un crimen, y no como un ser predestinado a delinquir.

Para el Positivismo Criminológico, el objeto de estudio es el delincuente y su personalidad desviada. El fundamento de la intensidad de la pena es la peligrosidad del sujeto. Lombroso sostiene que existe una categoría, los delincuentes natos, que pueden ser detectados por ciertas características físicas, especialmente desviaciones en la forma del cráneo y del cerebro, entre otras. 

2) Las normas primarias: dirigidas a los ciudadanos a quienes prohíben la realización de ciertas conductas. Ejemplo: pretende prohibir a los ciudadanos que maten a otro, salvo que concurran a una causa de justificación.

Las normas secundarias: dirigidas a los jueces ordenándoles la imposición de sanciones en el caso de que se cometan delitos. Ejemplo: la disposición que conmina abstractamente la pena del homicidio, literalmente sólo expresa la norma que obliga al juez a castigar al homicida.

3) el derecho penal estructurado sobre el principio de reserva, se opone a edificado sobre el principio rector de una justicia penal sustancial, inspirada en la lucha efectiva contra los llamados enemigos de la sociedad o  del estado. Revivida en el aspecto político por los Estados totalitarios, sin obstáculos legales, para luchar contra el delito, modifica radicalmente la posición de las partes que están en juego en la realización de la facultad punitiva.

Parte practica

1

  1. Es infracción de Derecho común:  porque asesinar a  una persona configura un homicidio, y es un delito, ya que atenta contra un bien jurídico protegido de otro individuo, en este caso quitándole la vida.
  2. Es una infracción de Derecho contravencional:  ya que en mayor o menor medida también protege la seguridad jurídica, reprime porque determinadas acciones transgreden al no cooperar con ellas, la actividad administrativa, cuyo objeto es la prosperidad social y bienestar colectivo. Viola el deber de conducta positiva que le imponen las normas.

 2)

En este caso se aplicaría el código penal no en forma directa, pero indirectamente encuentra acogida a través del art. 12 de la ley de extradición (24.767), para que sea juzgado por  su país, por la estafa cometida.

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